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Decreto

Decreto 448-14

que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 nov de 2014fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10786Gaceta Oficial del 2 dic de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 448-14 que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10786 del 2 de diciembre de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 448-14 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias relacionadas del Ministerio de Obras Pública y Comunicaciones y por la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE); CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio; CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones escolares para el año 2013-2014, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias porciones de terrenos propiedad de particulares, cuya adquisición por parte del Estado amerita ser declaradas de utilidad pública e interés social; VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación; VISTO: El Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, que crea el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC); En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la Republica, dicho el siguiente: DECRETO ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales serán utilizadas para construir edificaciones escolares: 1. Una porción de terreno ubicada en la Designación Catastral No. [cédula], que tiene una superficie de nueve mil cuatrocientos treinta y tres punto cero siete metros cuadrados (9,433.07 mts.2), ubicada en Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, con matricula No. 0100177300, expedida a favor del señor DIEGO AUGUSTO JOSE DE MOYA CANAAN, por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional y Propiedad de la Sociedad CANULA, S.R.L. 2. Dos porciones de terrenos: a) una porción de terreno con una extensión superficial de ocho mil cuatrocientos quince punto diez metros cuadrados (8,415.10 mts. 2), ubicada dentro de la Parcela No. 50, del Distrito Catastral No.2, de la provincia Monseñor Nouel, provista de la Carta-Constancia del Certificado de Título Matricula No.0700030084, expedida por el Registro de Títulos de Monseñor Nouel, emitido a favor de la razón social PEREZ VELASQUEZ, C. POR A., y b) una porción de terreno con una extensión superficial de mil diecisiete punto noventa metros cuadrados (1,017.90 mts.2), ubicada dentro de la Parcela No. 50, del Distrito Catastral No. 2, de la provincia Monseñor Nouel, provista de la Carta-Constancia del Certificado de Titulo Matricula No.0700030085, expedido por el Registro de Títulos de Monseñor Nouel, a favor de la razón social PEREZ VELASQUEZ, C. POR A. 3. Los derechos por concepto de arrendamiento que posee la SRA. ANDREA MOTA SANTANA, sobre un solar con en una extensión superficial de doscientos trece punto veintiuno metros cuadrados (213.21 mts2), teniendo diez (10) punto treinta (30) metros de frente y veinte (20) punto setenta (70) metros de fondo, ubicado en la calle Sánchez, sector Los Hoyitos, provincia El Seibo, con los linderos siguientes: al norte, Jose Cueto; al sur, Ramón Tavárez; al este, Emilio Garcia y Ulises De Beras; y al oeste, su frente a la calle Sanchez. 4. Una porción de terreno de diez mil metros cuadrados (10,000 mts2), ubicada en el municipio de San Francisco de Macorís, provincia Duarte, con la Designación Catastral No.[cédula], identificado mediante el Certificado de Titulo Matricula No. 1900010042, expedido a favor de los SRES. MARTIN PAYANO PAULINO y ELIDO PAYANO PAULINO, por el Registrador de Títulos de San Francisco de Macorís. 5. Una porción de terreno de ocho mil setecientos sesenta y siete punto setenta y cinco metros cuadrado (8,767.75 mts2), ubicada dentro de la Parcela No. 91, del Distrito Catastral No.2, municipio y provincia Elías Pina, avalado por la Certificación de Estatus Jurídico del 5 de junio de 2014, expedida a favor del SR. JULIO ELADIO PEREZ DÍAZ, por el Registrador de Títulos de San Juan de la Maguana. 6. Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil seiscientos metros cuadrados (2,600.00 mts2), no registrada, ubicada en la calle Padre Eugenio Mayoral, del distrito municipal La Guázara, municipio Santa Cruz de Barahona, provincia Barahona, con los siguientes linderos: al norte; propiedad de Luis Alberto Urbáez Garó; al sur: calle Padre Eugenio Mayoral; al este: propiedad de Luis Emilio Urbáez y al oeste: propiedad de Delfin Manolo Gómez, propiedad de Luis Emilio Cuello, Denni de Jesús Peña Lafontaine y Bienvenido Medina Perez. 7. Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil trescientos metros cuadrados (4,300.00 mts2), ubicada en la Parcela No.15, del Distrito Catastral No.6, del municipio de Yamasa, provincia Monte Plata, provisto de la Resolución No.5799, del Tribunal Superior de Tierras, del 10 de junio del 1975, a favor del SR. AURELIO DE LA CRUZ. 8. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil quinientos metros cuadrados (1,500.00 mts2), ubicada en la parcela No.1202, del Distrito Catastral No.6, del municipio de San Francisco de Macorís, en la sección Mata Larga, provincia Duarte, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Titulo No.82-126 y con matricula actualizada No.1900025588 emitida a nombre de AGROPECUARIA TOBIAS GONZALEZ, C. POR A. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014); años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona