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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 435-14

que modifica los Decretos Nos. 332-14, 333-14, 385-14, y nombra varios funcionarios en distintas dependencias del Estado. Deroga el Art. 2 del Dec. No. 361-14 del 9 de octubre de 2014

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 nov de 2014fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10782Gaceta Oficial del 14 nov de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 435-14 que modifica los Decretos Nos. 332-14, 333-14, 385-14, y nombra varios funcionarios en distintas dependencias del Estado. Deroga el Art. 2 del Dec. No. 361-14 del 9 de octubre de 2014. G. O. No. 10782 del 14 de noviembre de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 435-14 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O Artículo 1. Se modifica el Artículo 10 del Decreto No. 333-14, del 15 de septiembre de 2014, para que en lo adelante rece de la siguiente manera: ‘’Articulo 10. El Ingeniero Franklin Mairení Castillo Astacio, queda designado Viceministro de Desarrollo y Fomento de Turismo, del Ministerio de Turismo, en sustitución del Lic. Rafael Barón Duluc Rijo’’. Artículo 2. Se modifica el Artículo 5 del Decreto No. 385-14, del 10 de octubre de 2014, para que en lo adelante rece de la siguiente manera: ‘’Articulo 5. El Ingeniero José Onésimo Reyes Peralta, queda designado Director de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Puerto Plata (CORAAPLATA)’’. Artículo 3. Se modifican los artículos 4 y 5 del Decreto No. 332-14, del 15 de octubre de 2014, para que en lo adelante recen de la siguiente manera: ‘’Articulo 4. El Ingeniero Agrónomo Emilio Antonio Toribio Olivo, queda designado Director del Instituto Agrario Dominicano (IAD)’’. ‘’Articulo 5. El Ingeniero Alfonso Radhamés Valenzuela, queda designado Viceministro de Agricultura para la Producción’’. Artículo 4. Queda derogado el Artículo 2, del Decreto No. 361-14, del 9 de octubre de 2014. Artículo 5. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014); años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona