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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 417-14

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 nov de 2014fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10782Gaceta Oficial del 14 nov de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 417-14 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10782 del 14 de noviembre de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 417-14 VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones cooperativas: A.- Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Productores y Vendedores de Productos Artesanales de la Provincia La Altagracia (COOPDEPAL), con su asiento principal en la calle Duvergé No. 44, Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva, celebrada el veintiocho (28) de noviembre de dos mil nueve (2009). B.- Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Empleados de la Comisión Nacional de Energía (COOP-GNE), con su asiento principal en la Avenida Rómulo Betancourt número 361, Bella Vista, Distrito Nacional, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva, celebrada el veinticinco (25) de marzo de dos mil doce (2012). C.- Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples para el Desarrollo de los Productores de Invernaderos (COOPINVERNA), con su asiento principal en la calle Santo Tomás de Aquino, número 171, Zona Universitaria, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva, celebrada el veintiuno (21) de septiembre de dos mil doce (2012). D.- Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de la Tecnología (TECNOCOOP), con su asiento principal en la calle 4ta., número 10, Buena Vista, Santo Domingo Norte, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva, celebrada el catorce (14) de septiembre de dos mil trece (2013). E.- Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Villa Trina (COOPVILLATRINA), con su asiento principal en la calle Imbert, distrito municipal de José Contreras, Villa Trina, Moca, provincia Espaillat, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada el catorce (14) de junio de dos mil trece (2013). Artículo 2.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014); años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona