Texto de la norma
Dec. No. 416-14 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 10782 del 14 de noviembre de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 416-14
VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones
cooperativas:
A.-Cooperativa Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de los Servidores del Ministerio
de Salud Pública (COOPSEMISAP), con su asiento principal en la Avenida Héctor
Homero Hernández, esquina Avenida Tiradentes, República Dominicana, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada el veinte (20) de marzo de dos mil
catorce (2014).
B.-Cooperativa
Agropecuaria
y
Servicios
Múltiples
“Rancho
Arriba”
(COOPERARRIBA), con su asiento principal en la calle Ezequiel Medina número 24,
sector Proyecto Banilejo, Rancho Arriba, San José de Ocoa, República Dominicana, y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada el diecinueve (19) de
octubre de dos mil trece (2013).
C.-Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Comunicadores y
Afines para Crecer Unidos (COOP-UNIDOS), con su asiento principal en la calle
Caonabo esquina Pedro A. Lluberes, Suite 101-A, Gazcue, República Dominicana, y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada el dieciséis (16) de
marzo de dos mil catorce (2014).
Artículo 2.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014);
años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.