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Decreto

Decreto 408-14

que modifica el Párrafo I de los artículos 3 y 6 del Decreto No. 260-14, que creó la Comisión Presidencial para la rehabilitación, saneamiento, preservación y uso sostenible de la cuenca de los ríos Ozama e Isabela

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 nov de 2014fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10782Gaceta Oficial del 14 nov de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No 408-14 que modifica el Párrafo I de los artículos 3 y 6 del Decreto No. 260-14, que creó la Comisión Presidencial para la rehabilitación, saneamiento, preservación y uso sostenible de la cuenca de los ríos Ozama e Isabela. G. O. No. 10782 del 14 de noviembre de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 408-14 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 260-14 de fecha 23 de julio del año 2014, “se declara de alta prioridad nacional la rehabilitación, saneamiento, preservación y uso sostenible de la cuenca alta, media y baja de los ríos Ozama e Isabela, así como el desarrollo integral de los asentamientos humanos circundantes”. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 260-14 fue creada la Comisión Presidencial para la rehabilitación, saneamiento, preservación y uso sostenibles de la cuenca de los ríos Ozama e Isabela y el desarrollo integral de los asentamientos humanos circundantes. CONSIDERANDO: Que el Decreto 260-14 en el Párrafo I del Artículo No. 6 establece que el Presidente de la República designará un Director Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 201-14, de fecha 16 de junio del corriente año, fue creada la Unidad Ejecutora para la Readecuación de La Barquita y Entornos (URBE). CONSIDERANDO: Que para el mejor beneficio de las poblaciones asentadas en las márgenes de los ríos Ozama e Isabela resulta conveniente la mayor coordinación entre los esfuerzos que adelantan diversas instituciones públicas, privadas y comunitarias. VISTA: La Constitución de la República Dominicana proclamada el 26 de enero del 2010. VISTO: El Decreto No. 260-14, del 23 de julio del 2014. VISTO: El Decreto No. 201-14, de fecha 16 de junio del 2014. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1.- Se modifica el Párrafo I del Artículo 3 del Decreto No. 260-14, de fecha 23 de julio de 2014, para que diga de la siguiente manera: “PARRAFO 1: Esta Comisión será presidida por el Ministerio de la Presidencia y tendrá una Vicepresidencia, la cual suplirá las ausencias temporales del Presidente. La Vicepresidencia será designada por la Comisión en su primera reunión oficial”. Artículo 2.- Se modifica el Párrafo I del Artículo 6, del Decreto No. 260-14, para que diga de la siguiente manera: “PARRAFO 1: La Comisión Presidencial en pleno en su primera reunión oficial, designará el Director Ejecutivo de la misma, quien tendrá a su cargo la conducción de la Coordinación Ejecutiva”. Artículo 3.- La Unidad Ejecutora para la Readecuación de La Barquita, creada mediante el Decreto 201-14, queda designada como integrante de la Comisión creada mediante el Decreto 260-14 del 16 de junio de 2014 y como integrante de su Coordinación Ejecutiva. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2014), años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona