Texto de la norma
Dec. No. 343-14 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 10775 del 23 de septiembre de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 343-14
VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones
cooperativas:
A.-Cooperativa
de
Ahorros,
Créditos
y
Servicios
Múltiples
La
Canela
(COOPANELA), con su asiento principal en la Carretera Santiago-Mao, kilometro 16,
Plaza Israel, Modulo 2, distrito municipal La Canela, República Dominicana, y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha seis (6) del mes de
julio del año dos mil trece (2013).
B.-Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Da Vinci (COOPVINCI),
con su asiento principal en la calle Eusebio Manzueta esquina Ramón Dubert, Plaza El
Café, Módulo 207, 2do. Nivel, Los Jardines provincia Santiago, República Dominicana, y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha dos (2) del
mes de septiembre del año dos mil doce (2012).
C.-Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Productores Orgánicos
Dominicanos (COOPRODOM), con su asiento principal en la Carretera Santiago-Licey,
kilometro 4 ½, provincia Santiago, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintiuno (21) del mes de julio del
año dos mil trece (2013).
D.-Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples para el Desarrollo de la
Provincia de Puerto Plata, (COOPDEPOP), con su asiento principal en la Avenida Luís
Ginebra, Plaza Corona, Local 105, Puerto Plata, República Dominicana, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintiséis (26) del mes de
abril del año dos mil catorce (2014).
E.-Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de los Empleados de la
Compañía Brugal Zona Norte, (COOPBRUZONORTE), con su asiento principal en la
Carretera Luperón, kilometro 3 ½, provincia Puerto Plata, República Dominicana, y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veinticuatro (24)
del mes de agosto del año dos mil trece (2013).
Artículo 2.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil
catorce (2014), años 171 de la Independencia y 152 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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