Texto de la norma
Dec. No. 274-14 que deroga varios decretos que designaron funcionarios diplomáticos
y consulares en el servicio exterior y en el Ministerio de Relaciones Exteriores. G. O.
No. 10769 del 18 de agosto de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 274-14
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E TO:
ARTÍCULO 1.- Queda derogado el Decreto número 133-07, de fecha 22 de marzo de
2007, que designa un Ministro Consejero, Encargado de la Sección Consular en la
Embajada de la Republica Dominicana en la Federación Rusa.
ARTÍCULO 2.- Queda derogado el Artículo 1 del Decreto número 479-06, de fecha 17 de
octubre de 2006, que designa un Ministro Consejero adscrito al Ministerio de Relaciones
Exteriores.
ARTÍCULO 3.- Queda derogado el Decreto número 96-14, de fecha 18 de marzo de 2014,
que designa una Consejera adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTICULO 4.- Queda derogado el Artículo 1 del Decreto número 504-10, de fecha 31 de
agosto de 2010, que designa una Embajadora adscrita al Ministerio de Relaciones
Exteriores.
ARTICULO 5.- Queda derogado el Artículo 2 del Decreto número 381-11, de fecha 13 de
junio del 2011, que designa un Consejero adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTICULO 6.- Queda derogado el Artículo 3, del Decreto número 156-10 de fecha 19 de
marzo de 2010, que designa una Consejera adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTICULO 7.- Queda derogado el Artículo 2, del Decreto número 1123-04 de fecha 7 de
septiembre de 2004, que designa un Embajador adscrito al Ministerio de Relaciones
Exteriores.
ARTICULO 8.- Queda derogado el Artículo 1, del Decreto número 13-08 de fecha 16 de
enero de 2008, que designa una Consejera adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTICULO 9.- Queda derogado el Artículo 2, del Decreto número 188-12 de fecha 17 de
abril de 2012, que designa un Ministro Consejero de la Embajada de la República
Dominicana en el Reino de los Países Bajos, Holanda.
ARTICULO 10.- Queda derogado el Artículo 1, del Decreto número 597-08 de fecha 20
de septiembre de 2008, que designa un Consejero de la Embajada de la República
Dominicana en Canadá.
ARTICULO 11.- Queda derogado el Decreto número 477-06 de fecha 17 de octubre de
2006, que designa un Ministro Consejero Subencargado de Inspecciones de Embajadas y
Consulados.
ARTICULO 12.- Queda derogado el Artículo 2, del Decreto número 188-09, de fecha 10
de marzo de 2009, que designa un Vicecónsul de la Republica Dominicana en Jamaica.
ARTICULO 13.- Queda derogado el Artículo 4, del Decreto número 723-11 de fecha 26
de noviembre de 2011, que designa una Vicecónsul de la República Dominicana en New
Orleans, Louisiana, Estados Unidos de Norteamérica.
ARTICULO 14.- Envíese a el Ministerio de Relaciones Exteriores, a los fines
correspondiente.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto del año dos mil catorce (2014); años
171 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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