Texto de la norma
Dec. No. 283-14 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a
varias personas. G. O. No. 10769 del 18 de agosto de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 283-14
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias Nos.15141, del 13 de noviembre de 2013; 15265, del 15 de
noviembre de 2013; 1878, del 11 de febrero de 2014; 2996, 2997, del 3 de marzo de 2014;
3559, 3562, del 12 de marzo de 2014; 5087, del 8 de abril de 2014; 5392, del 11 de abril de
2014; 6169, del 29 de abril de 2014; 6211,6212, 6213, del 30 de abril de 2014;5510, 5511,
del 3 de mayo de 2014; que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al
Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las
personas que se indican a continuación:
1.
Al señor Maksim Aleksandrovich Iagniukov, de nacionalidad rusa.
2.
Al señor Juan Antonio Roque Delgado, de nacionalidad cubana.
3.
A la señora Cuimei He, de nacionalidad china.
4.
Al señor Luis María López Recarte, de nacionalidad española.
5.
Al señor José Fiestas Ruana, de nacionalidad española.
6.
A la señora Yadira Adelaida Marín González, y su hija menor, Laura Natalia Heredia
Marín, ambas de nacionalidad colombiana.
7.
A la señora Yi-Jou Chiu (Yi-Jou Chou), de nacionalidad china.
8.
Al señor Daniel Charles Franfois End, de nacionalidad suiza.
9.
Al señor Juan Antonio Tapia Servin, de nacionalidad mexicana.
10.
Al señor Mohamad Darwich Darwich, de nacionalidad palestina.
11.
Al señor David Ryan Porter, de nacionalidad estadounidense.
12.
Al señor José Javier Albuja Puyol, de nacionalidad ecuatoriana.
13.
Al señor Jack Lañe Delman, de nacionalidad estadounidense.
14.
Al señor Iván Pérez Carrión, de nacionalidad cubana.
15.
Al señor Rafael Gómez López, de nacionalidad cubana.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto del año dos mil catorce (2014); años
171 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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