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Dec. No. 261-14 que modifica varios numerales de los decretos Nos. 8-14, 166-14, 169-
14, 170-14, 184-14, 186-14, que declararon de utilidad pública e interés social, por
parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la
construcción de edificaciones escolares G. O. No. 10766 del 4 de agosto de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 261-14
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
Artículo 1. Se modifica el Numeral 13, del Artículo 1, del Decreto No.186-14, del 26 de
mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“13. Una porción de terreno con una extensión superficial de cinco
mil novecientos veinticinco punto cincuenta y dos metros cuadrados
(5,925.52 mts.2), dentro del ámbito de la Parcela NO. 1- C, del
Distrito Catastral No.02, municipio y provincia Santiago Rodríguez,
provisto en el Certificado de Título Matrícula No.3000134568, según
certificación de estatus jurídico de inmueble expedido por el Registro
de Títulos de Santiago Rodríguez, del 7 de abril de 2014, a favor de la
razón social INMOBILIARIA ANTOMAR S.R.L.”.
Artículo 2. Se modifica el Numeral 12, del Artículo 1, del Decreto No.186-14, del 26 de
mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“12. Una porción de terreno con una extensión superficial de once mil
seiscientos cuarenta metros cuadrados (11,640.00 mts2), ubicada
dentro del ámbito de la Parcela No.91, del Distrito Catastral No.02,
municipio San Juan de la Maguana, provincia San Juan, provisto en el
Certificado de Título No.1850, expedido por el Registro de Títulos de
San Juan de la Maguana, a favor de la razón social FRANCISCO
ESTEPAN MELO, C. POR A.”.
Artículo 3. Se modifica el Numeral 21, del Artículo 1, del Decreto No.170-14, del 16 de
mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“21. Una porción de terreno con una extensión superficial de
trescientos seis metros cuadrados (306.00 mts.2), ubicada en la
Parcela No.49, del Distrito Catastral No.2, del municipio Hato Mayor
del Rey, provincia Hato Mayor, provisto en el Certificado de Título
No.77-6, expedido por el Registro de Títulos de El Seibo, emitido a
favor de la razón social Compañía NOVA HNOS. Y CÍA., C. POR
A.”.
Artículo 4. Se modifica el Numeral 4, del Artículo 1, del Decreto No.169-14, del 16 de
mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“4. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil
metros cuadrados (3,000.00 mts.2), ubicada en la Parcela No.1225,
del Distrito Catastral No.4, del municipio de Neyba, de la provincia
Bahoruco, República Dominicana, la cual tiene una extensión
superficial de dos (2) hectáreas, noventa y uno áreas (91), cuarenta y
cinco (45) centiáreas equivalentes a veintinueve mil ciento cuarenta y
cinco metros cuadrados (29,145.00 mts.2) y con los siguientes
linderos: al Norte: Parcela 1204, 1226 y 1230; al Sur: canal Las
Marías y Parcela No.1224; al Este: Parcela 1 canal Las Marías y al
Oeste: Parcela 1224, con sus mejoras consistentes en vergas pangola
y cerca de alambres de púas y maderas provisto del Certificado de
Título No.7137, emitido a nombre del señor DUARTE OCTAVIO
FELIZ HERASME”.
Artículo 5. Se modifica el Numeral 6, del Artículo 1, del Decreto No.169-14, del 16 de
mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“6. Una porción de terreno de tres mil quinientos treinta y seis metros
cuadrados (3,536.00 mts.2), no registrada, ubicada en municipio San
Juan de la Maguana, provincia San Juan, propiedad del señor
JAVIEL SANTANA ECHAVARRIA”.
Artículo 6. Se modifica el Numeral 14, del Artículo 1, del Decreto No.169-14, del 16 de
mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“14. Una porción de terreno de cinco mil quinientos noventa y ocho
punto treinta y ocho metros cuadrados (5,598.38 mts.2), ubicada
dentro de la Parcela No.434, del Distrito Catastral No.3, con
matricula actualizada No.3000124885, ubicada en el municipio y
provincia de San Cristóbal, identificado mediante Certificado de
Título No.6980, expedido a favor del señor MARTIN AQUINO por el
Registrador de Títulos de San Cristóbal.
Artículo 7. Se modifica el Numeral 50, del Artículo 1, del Decreto No.8-14, del 30 de
enero de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“50. Una porción de terreno con una extensión superficial de ocho mil
seiscientos cuarenta metros cuadrados (8,640.00 mts2), ubicada en la
Parcela No.93-B-2-C, del Distrito Catastral No.17, de la provincia
Santo Domingo, provisto en el Certificado de Título No.87-7593,
expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, a favor de la
señora EMENENCIA FORTUNATO”.
Artículo 8. Se modifica el Artículo 8, del Decreto No.166-14, del 19 de mayo de 2014,
que a su vez modificaba el Numeral 7, del Artículo 1, del Decreto No.45-14, del 10 de
febrero de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“7. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil
quinientos setenta y tres metros cuadrados (1,573.00 mts2), ubicada en
la parcela No.223, del Distrito Catastral No.02, provincia Espaillat,
provisto en el Certificado de Titulo No.69, expedido por el Registro de
Títulos de Espaillat, a favor de las señoras ARELYS MERILIN
BATISTA SIMÓN Y NAYA MARIA SIMÓN LÓPEZ”.
Artículo 9. Se modifica el Numeral 13, del Artículo 1, del Decreto No.169-14,
del 16 de mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“13. 1) una porción de terreno mil ochocientos sesenta y siete punto
ochenta y tres metros cuadrados (1,867.83 mts.2), identificado
mediante el Certificado de Título Matricula No.1100022598, ubicada
en la Parcela No.[cédula]; 2) una porción de terreno mil
ochocientos veintidós punto ochenta y siete metros cuadrados
(1,822.87 mts.2), identificado mediante el Certificado de Título
Matricula No.1100028959, ubicada en la Parcela No.[cédula],
ambas ubicadas en el Distrito Catastral No.2, municipio de Gaspar
Hernández, provincia Espaillat, expedido a favor del señor Yorky
Jiménez Rodríguez, por el Registrador de Títulos de Moca”.
Artículo 10. Se modifica el Numeral 9, del Artículo 1, del Decreto No.169-14,
del 16 de mayo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“9. Una porción de terreno de ocho mil seiscientos cuarenta metros
cuadrado (8,640.00 mts.2), dentro de la totalidad de ciento ochenta y
ocho mil seiscientos cincuenta y cinco punto cincuenta y un metros
cuadrados (188,655.51 mts.2), identificada mediante el Certificado de
Título Matricula No.3000121782, municipio Higüey, provincia La
Altagracia, expedida a favor de los señores JUAN ANTONIO
BURGOS
GUERRERO,
MARIA
DEL
PILAR
BURGOS
GUERRERO DE JÚPITER, ROCIO MARGARITA BURGOS
GUERRERO DE VALDEZ Y LOURDES JOSEFINA DE LA A.
CRESTAR GUERRERO, por el Registrador de Títulos de Higüey”.
Artículo 11. Se modifica el Artículo 10, del Decreto No. 184-14, del 26 de mayo
de 2014, que a su vez modificaba el Numeral 22, del Artículo 1, del Decreto
No.7-14, del 30 de enero de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“22. 1) Designación Catastral No.[cédula], con una
extensión superficial de doscientos sesenta y siete punto
setenta y un metros cuadrados (267.71 mts.2), ubicada en la
provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de Título
Matricula
No.1800047280;
2)
Designación
Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
nueve punto cero un metros cuadrados (309.01 mts.2),
ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto en el
Certificado
de
Titulo
Matricula
No.1800047281;
3)
Designación Catastral No.[cédula], con una extensión
superficial de trescientos ocho punto noventa y cinco metros
cuadrados (308.95 mts.2), ubicada en la provincia San
Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo Matrícula
No.1800047282; 4) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos nueve punto
trece
metros
cuadrados (309.13 mts.2), ubicada en la
provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de Título
Matricula
No.1800047283;
5)
Designación
Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
ocho punto ochenta y tres metros cuadrados (308.83 mts.2),
ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto en el
Certificado
de
Título
Matricula
No.1800047284;
6)
Designación Catastral No.[cédula], con una extensión
superficial de trescientos nueve punto trece metros cuadrados
(309.13 mts.2), ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto en
el
Certificado
de
Titulo
Matricula
No.1800047285;
7)
Designación Catastral No.[cédula], con una extensión
superficial de trescientos ocho punto noventa y tres metros
cuadrados (308.93 mts.2), ubicada en la provincia San
Cristóbal, provisto en el certificado de Titulo Matricula
No.1800047286; 8) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos nueve punto cero
un metros cuadrados (309.01 mts.2), ubicada en la provincia
San Cristóbal, Provisto en el Certificado de Titulo Matricula
No.1800047287; 9) Designación Catastral No.[cédula], con
una extensión superficial de trescientos nueve punto cero un
metros cuadrados (309.01 mts.2), ubicada en la provincia San
Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo Matricula
No.1800047288; 10) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos nueve punto cero
nueve metros cuadrados (309.09 mts.2), ubicada en la provincia
San Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo Matricula
No.1800047289; 11) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos nueve punto doce
metros cuadrados (309.12 mts.2), ubicada en la provincia San
Cristóbal, provisto en
el Certificado
de Titulo Matricula
No.1800047290; 12) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos ocho punto noventa y
siete metros cuadrados (308.97 mts.2), ubicada en la provincia
San Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo Matricula
No.1800047291; 13) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos nueve punto cero un
metros cuadrados (309.0l mts.2), ubicada en la provincia San
Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo Matricula
No.1800047292; 14) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de doscientos noventa y cinco punto
cuarenta y un metros cuadrados (295.41mts.2), ubicada en la
provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo
Matricula
No.1800047293;
15)
Designación
Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
nueve punto setenta metros cuadrados (309.70 mts.2), ubicada en
la provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo
Matricula
No.1800047294;
16)
Designación
Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
nueve punto treinta y seis metros cuadrados (309.36 mts.2),
ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado
de Titulo Matricula No.1800047295; 17) Designación Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
nueve punto sesenta y dos metros cuadrados (309.62 mts.2),
ubicada en
la provincia San
Cristóbal,
provisto en
el
Certificado de Titulo Matricula No.1800047296; 18) Designación
Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de
trescientos nueve punto cuarenta y cuatro metros cuadrados
(309.44 mts.2), ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto
en el Certificado de Titulo Matricula No.1800047297; 19)
Designación Catastral No.[cédula], con una extensión
superficial de trescientos nueve punto setenta metros cuadrados
(309.70 mts.2), ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto
en el Certificado de Titulo Matricula No.1800047298; 20)
Designación Catastral No.[cédula], con una extensión
superficial de trescientos nueve punto treinta y siete metros
cuadrados (309.37 mts.2), ubicada en la provincia San
Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo Matricula
No.1800047299; 21) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos nueve punto
cuarenta y nueve metros cuadrados (309.49 mts.2), ubicada
en la provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de
Titulo Matricula No.1800047300; 22) Designación Catastral
No.[cédula],
con
una
extensión
superficial
de
trescientos nueve punto cincuenta y seis metros cuadrados
(309.56 mts.2), ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto
en el Certificado de Titulo Matricula No.1800047301; 23)
Designación Catastral No.[cédula], con una extensión
superficial de trescientos nueve punto cuarenta y nueve
metros cuadrados (309.49 mts.2), ubicada en la provincia San
Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo Matricula
No.1800047302; 24) Designación Catastral No.[cédula],
con una extensión superficial de trescientos nueve punto
cuarenta y nueve metros cuadrados (309.49 mts.2), ubicada en la
provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de Título
Matrícula
No.1800047303;
25)
Designación
Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
nueve punto cuarenta y cuatro metros cuadrados (309.44 mts.2),
ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado
de Título Matricula No.1800047304; 26) Designación Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
nueve punto setenta metros cuadrados (309.70 mts.2), ubicada
en la provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de Titulo
Matricula
No.1800047305;
27)
Designación
Catastral
No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos
nueve punto cero un metros cuadrados (309.01 mts.2), ubicada en
la provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado de Título
Matricula
No.1800047306
y
28)
Designación
Catastral
No.[cédula], con una ex tensión superficial de trescientos
nueve punto cuarenta y cuatro metros cuadrados (309.44 mts.2),
ubicada en la provincia San Cristóbal, provisto en el Certificado
de Titulo Matricula No.18000 47327, expedidos por el Registro de
Títulos de San Cristóbal, a favor de
la
Razón
Social
RESIDENCIAL DON ALFONSO, C. POR A.”.
Artículo 12. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al
Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento
y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de julio del año dos mil catorce
(2014), años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.