Texto de la norma
Dec. No. 226-14 que modifica los decretos Nos. 333-13, 366-13, 369-13, 6-14, 8-14, 79-
14 y 101-14, que declararon de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser
destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10764 del 18 de julio de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 226-14
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
Artículo 1. Se modifica el Numeral 31, del Artículo 1, del Decreto No.366-13, del 18 de
diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
“31. Una porción de terreno de ocho mil seiscientos cuarenta metros
cuadrados (8,640.00 mts.2), ubicada dentro de la Parcela No.159-Ref-
E, del Distrito Catastral No.7, Moca, provincia Espaillat, , la cual
tiene un área total de 04 Has, 57 As, 40 Cas, amparado por el
Certificado de Título No.73-465, con las siguientes colindancias: al
Norte: Arroyo Cacique; al Este: Parcela No.172, separada en parte
por el callejón y Parcela No.173; al Sur: carretera Moca- Salcedo y al
Oeste: Parcela No.159-Ref-B, Parcela No.158 y Parcela No.159-C,
propiedad del señor LUIS MANUEL COMPRES FERMIN”.
Artículo 2. Se modifica el Numeral 73, del Artículo 1, del Decreto No.6-14, del 30 de
enero de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“73. Una porción de terreno de diez mil metros cuadrados (10,000.00
mts2), ubicada dentro de la Designación Catastral No.[cédula],
identificado mediante Certificado de Título Matricula No.1900010043,
ubicada en el municipio de San Francisco de Macorís, provincia
Duarte, expedido a favor de los señores MARTIN PAYANO
PAULINO Y ELIDO PAYANO PAULINO, por el Registrador de
Títulos de San Francisco de Macorís”.
Artículo 3. Se modifica el Numeral 18, del Artículo 1, del Decreto No.79-14, del 6 de
marzo de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“18. 1) La Parcela No.1-B-REF-15-M, del Distrito Catastral No.6,
con una extensión superficial de dos mil cincuenta y un punto setenta y
siete metros cuadrados (2,051.77 mts.2), ubicada en la provincia Santo
Domingo, identificada mediante Certificado de Título No.96-7501,
expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, emitido a
favor de la razón social Corporación de Zona Franca Industrial de
Santo Domingo, C. POR A., con las colindancias siguientes: al Norte:
Parcela No.1-B-REF-15-N; al Este: calle interna; al Sur: Parcela
No.1-B-REF-15-L y al Oeste: Av. La Pista; 2) La Parcela No.1-B-Ref-
15-N, del Distrito Catastral No.6, con una extensión superficial de dos
mil cuarenta y siete punto dieciocho metros cuadrados (2,047.18
mts.2), ubicada en la provincia Santo Domingo, identificada mediante
el Certificado de Título No. 96-7502, expedido por el Registro de
Títulos del Distrito Nacional, emitido a favor de la razón social
Corporación de Zona Franca Industrial de Santo Domingo, C. POR
A., con las colindancias siguientes: al Norte: Parcela No.1-B-REF-
RESTO; al Este: calle interna; al Sur: Parcela No.1-B-REF-15-M y Al
Oeste: Av. La Pista”.
Artículo 4. Se modifica el Numeral 61, del Artículo 1, del Decreto No.6-14, del 30 de
enero de 2014, para que se lea de la manera siguiente:
“61. La porción de terreno donde está levantada una mejora
consistente en una casa construida de madera y techada de zinc,
ubicada en el municipio y provincia de San Pedro de Macorís, con los
linderos siguientes: Al Sur: el señor Sonde, Al Norte: el señor Gollo
Pérez, Al Este: la señora Palmira Paredes y al Oeste: el señor Gollo,
propiedad de la señora YRIS CELESTE MERCEDES”.
Artículo 5. Se modifica el Numeral 14, del Artículo 1, del Decreto No.333-13, del 10 de
diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
“14. Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil
ochocientos metros cuadrados (2,800.00 mts2), ubicada en la Parcela
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.