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Decreto

Decreto 223-14

que modifica varios poderes especiales otorgados al Director General de Bienes Nacionales, sobre asignación de inmuebles del Estado

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 jul de 2014fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10764Gaceta Oficial del 18 jul de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 223-14 que modifica varios poderes especiales otorgados al Director General de Bienes Nacionales, sobre asignación de inmuebles del Estado. G. O. No. 10764 del 18 de julio de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 223-14 VISTO: El oficio No.00670, del 23 de mayo de 2014, donde el Director General de Bienes Nacionales solicita al Poder Ejecutivo la corrección del Poder del 14 de noviembre del 1995. VISTO: El oficio No.00672, del 23 de mayo de 2014, donde el Director General de Bienes Nacionales solicita al Poder Ejecutivo la corrección del Poder del 6 de diciembre del 1976. VISTO: El oficio No.00684, del 27 de mayo de 2014, donde el Director General de Bienes Nacionales solicita al Poder Ejecutivo la corrección del Poder del 17 de julio del 1989. VISTO: El oficio N0.00697, del 27 de mayo de 2014, donde el Director General de Bienes Nacionales solicita al Poder Ejecutivo la corrección del Poder No.229-04, del 12 de marzo de 2004. VISTO: El oficio No.00755, del 29 de mayo de 2014, donde el Director General de Bienes Nacionales solicita al Poder Ejecutivo la corrección del Poder del 15 de agosto del 1996. En virtud de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO Artículo 1. Se modifica el Numeral 7, del Poder Especial del 14 de noviembre del 1995, para que en lo adelante se lea como sigue: “7.- A ILEANA MERCEDES TERESITA DE JS CERDA MARCELINO, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el local comercial No.2-8, Edificio No.l-A, Manzana “1”, del Proyecto Habitacional José Contreras, valorado en la suma de ciento veintisiete mil quinientos pesos dominicanos (RD$127,500.00)" para ser pagados con un inicial de diez mil pesos dominicanos (RD$10,000.00), y la cantidad restante en mensualidades iguales y consecutivas de cuatrocientos noventa pesos dominicanos (RD$490.00) cada una”. Artículo 2. Se modifica el Numeral 59, del Poder Especial del 6 de diciembre del 1976, para que en lo adelante se lea como sigue: “59.- A MARÍA RAMONA BALDERA ABRÉU, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el apartamento No.2-1, del Edificio No.3, Manzana "D”, del Proyecto Habitacional Paris-Francisco Henríquez y Carvajal, del sector Villa Francisca, del Distrito Nacional, valorado en la suma de doce mil pesos dominicanos (RD$12,000.00)”. Artículo 3. Se modifica el Numeral 331, del Poder Especial del 17 de julio del 1989, para que en lo adelante se lea como sigue: “331.- A EDELMIRA AZUCENA CASADO, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el apartamento No.301, del Edificio No.41, Tipo "C”, del Proyecto Habitacional Los Farallones, del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo”. Artículo 4. Se modifica el Numeral 5, del Poder Especial No.229-04, del 12 de marzo de 2004, para que en lo adelante se lea como sigue: “5.- Al señor JU LIN ZHEN, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el apartamento marcado con el No.2-A, del Edificio No.7, Bloque I, del Residencial Panamericano, de la provincia Santo Domingo Este, República Dominicana”. Artículo 5. Se modifica el Numeral 25, del Poder Especial del 15 de agosto de 1996, para que en lo adelante se lea como sigue: “25. ANDRÉS RAMOS, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], el apartamento No.l-A, del Edificio No.9- M-2, del Proyecto Habitacional Ciudad El Almirante I y II Etapa, del municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo”. Artículo 6. Envíese a la Dirección General de Bienes Nacionales para los fines y correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del años dos mil catorce (2014), años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona