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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 159-14

que traspasa pensiones del Estado dominicano a varias personas y modifica el Art. 1 del Dec. No. 146-13

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 may de 2014fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10756Gaceta Oficial del 26 may de 2014
Poder Ejecutivoórgano
18personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Genaro Hernández PascalPensión—
Pedro Antonio Mota RodríguezPensión—
Sene Juan Francisco Leyba MorenoPensión—
Rafael Leonidas Guerrero FernándezPensión—
Piro Marcelino AlmontePensión—
Luis Báez RiveraPensión—
Vetilio Antonio Suncar RojasPensión—
José del Carmen Batista ConcepciónPensión—
Blanca Margarita De Los Santos ManzanoPensión—
Raimundo Silverio VenturaPensión—
Ramón Hernández HernándezPensión—
Francisco Antonio Alejo MejíaPensión—
Rafael Augusto Sánchez MolanoPensión—
José Altagracia SalvadorPensión—
Pía Antonia Rodríguez LópezPensión—
Mercedes SuncarPensión—
Altagracia Deschamps F. de MolinaPensión—
Antonio de Jesús MorelPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 159-14 que traspasa pensiones del Estado dominicano a varias personas y modifica el Art. 1 del Dec. No. 146-13. G. O. No. 10756 del 26 de mayo de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 159-14 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Genaro Hernández Pascal, a favor de la señora Ángela Hernández Javier, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 2. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Pedro Antonio Mota Rodríguez, a favor de la señora Juana Emilia Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 3. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Sene Juan Francisco Leyba Moreno, a favor de la señora Lidia Reynoso Q. de Leyba, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 4. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Rafael Leonidas Guerrero Fernández, a favor de la señora Migdalia de la Altagracia Ventura Devers, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 5. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Piro Marcelino Almonte, a favor de la señora Miguelina Peguero O de Almonte, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 6. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Luis Báez Rivera, a favor de la señora Carmen Aura Durán, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 7. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Vetilio Antonio Suncar Rojas, a favor de la señora Marina Yolanda Moloon Bou, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 8. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor José del Carmen Batista Concepción, a favor de la señora Miledis Altagracia Concepción Reinoso de Batista, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], y la misma se eleva a la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales. ARTÍCULO 9. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano a la señora Blanca Margarita De Los Santos Manzano, a favor de la señora Carmen Alejandra Manzano De los Santos, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 10. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Raimundo Silverio Ventura, a favor de la señora Ana Delia Barclay Cueto de Silverio, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 11. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Ramón Hernández Hernández, a favor de la señora María Estevanía Pérez Martínez de Hernández, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 12. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Francisco Antonio Alejo Mejía, a favor de la señora María Rosario Sanz Gómez de Alejo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 13. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Rafael Augusto Sánchez Molano, a favor de la señora Virginia Nereyda Inoa Peña de Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 14. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor José Altagracia Salvador, a favor de la señora Eleonsa Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 15. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano a la señora Pía Antonia Rodríguez López, a favor del señor Danilo Omar Goris Rodríguez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 16. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano a la señora Mercedes Suncar, a favor del señor José Ramón Honrado Jiménez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 17. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano a la señora Altagracia Deschamps F. de Molina, a favor del señor Leandro Alberto Peláez Deschamps, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 18. Se traspasa la pensión otorgada por el Estado dominicano al señor Antonio de Jesús Morel, a favor de la señora Tomasina Eponima Rodríguez Peña de Morel, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTÍCULO 19. Se modifica el Artículo 1, del Decreto No.146-13, del 27 de mayo de 2013, que autoriza al Ministerio de Hacienda a realizar los trámites de lugar, a los fines de ingresar dentro de la nómina de los jubilados y pensionados civiles del Estado, a los pensionados del Plan de Retiro y Pensiones de los Ayuntamientos y de la Liga Municipal Dominicana, para que bajo el título Liga Municipal Dominicana, donde figura el señor Ramón Antonio Peralta Reyes, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de RD$12,000.00, se lea de la siguiente manera: NOMBRE / PUEBLO CÉDULA MONTO LIGA MUNICIPAL DOMINICANA RAMÓN ANTONIO PERALTA RODRÍGUEZ [cédula] 12,000.00 ARTÍCULO 20. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda. ARTÍCULO 21. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de mayo del año dos mil catorce (2014); años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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