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Decreto

Decreto 169-14

que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 2014fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10757Gaceta Oficial del 28 may de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

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Dec. No. 169-14 que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10757 del 28 de mayo de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 169-14 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y por la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE). CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio. CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Párrafo III, del Artículo 8, del Decreto No.625-12, el Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de entregar al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), la relación de la totalidad de las obras a construir durante el año 2013, así como los diseños arquitectónicos de los prototipos de aulas y los solares donde se ubicarán las escuelas. CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones escolares, para el año 2013, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias porciones de terrenos, propiedad de particulares, cuya adquisición por parte del Estado amerita ser declaradas de utilidad pública e interés social. VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. VISTO: El Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, que crea el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales serán utilizadas para construir las edificaciones escolares contempladas en los planes de construcción del año 2013: 1. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil metros cuadrados (6,000.00 mts2), ubicada dentro de la Parcela No.51, del Distrito Catastral No.20, provincia San Cristóbal, República Dominicana, provista de la correspondiente Constancia Anotada del Certificado de Título No.16551 emitido a nombre de JUAN TOLEDO. 2. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil doscientos metros cuadrados (7,200.00 mts2), ubicada en la Parcela No.2374, del Distrito Catastral No.7, Peravia, República Dominicana, provista del correspondiente Certificado de Título Matricula No.0500021535, emitido a nombre de EMILY MARTÍNEZ. 3. Una porción de terreno con una extensión superficial de veinticuatro (24) áreas, trece punto tres (13.3) Centiáreas, dentro del ámbito de la Parcela No. 148-A, del Distrito Catastral No. 17, Distrito Nacional, amparado el derecho de propiedad por el Certificado de Título No.73-5065, equivalente a un área total de dos mil cuatrocientos trece punto treinta metros cuadrados (2,413.30 mts.2), emitida a nombre de FRANCISCO CORPORAN DE LOS SANTOS. 4. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil metros cuadrados (3,000.00 mts.2), ubicada en la Parcela No.1225, del Distrito Catastral No.4, del municipio de Neyba, de la provincia Bahoruco, República Dominicana, la cual tiene una extensión superficial de dos (2) hectáreas, noventa y uno áreas (91), cuarenta y cinco (45) centiáreas equivalentes a veintinueve mil cien punto cuarenta y cinco metros cuadrados (29,100.45 mts.2) y con los siguientes linderos: al Norte: Parcela 1204,1226 y 1230; al Sur: Canal Las Marías y Parcela No.1224; al Este: Parcela 1 Canal Las Marías y al Oeste: Parcela 1224, con sus mejoras consistentes en vergas pangola y cerca de alambres de púas y maderas provista del Certificado de Título No.7137, emitida a nombre de DUARTE OCTAVIO FELIZ HERASME. 5. El inmueble con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de ocho mil dieciocho punto cero tres metros cuadrados (8,018.03 mts.2), ubicado en el municipio y provincia Santiago, identificada mediante el Certificado de Título Matricula No.0200072975, expedido por el Registro de Títulos de Santiago, emitido a favor del señor FÉLIX RAFAEL PEÑA RECIO. 6. Una porción de terreno de tres mil quinientos treinta y seis metros cuadrados (3,536.00 mts.2), no registrada, ubicada en municipio San Juan de la Maguana, provincia San Juan, propiedad del señor JAVIER SANTANA ECHAVARRIA. 7. Una porción de terreno de siete mil novecientos cincuenta y seis punto setenta metros cuadrados (7,956.70 mts.2), no registrada, ubicada en el municipio de Sabana Iglesia, provincia Santiago de los Caballeros, con los linderos colindantes siguientes: Al Norte: el play; Al Sur: camino; Al Este: una cañada y al Oeste: la carretera de Sabana Iglesia, propiedad de los señores RAMÓN SÁNCHEZ RODRÍGUEZ Y ROSA MARIA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ. 8. Una porción de terreno con una extensión superficial de cinco mil quinientos cincuenta y siete punto cincuenta y cuatro metros cuadrados (5,557.54 mts.2), distribuida de la manera siguiente: A) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos setenta y seis punto treinta y seis metros cuadrados (276.36 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista del Certificado de Título Matricula No.0300022338, expedido por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; B) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos quince punto setenta y cinco metros cuadrados (215.75 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022339, expedido por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; C) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos diecinueve punto dieciséis metros cuadrados (219.16 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022340, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; D) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos veinte y dos punto noventa y cinco metros cuadrados (222.95 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022341, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; E) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos veinte seis punto cincuenta y cuatro metros cuadrados (226.54 mts.2), ubicada en el municipio Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022342, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; F) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta punto cero nueve metros cuadrados (230.09 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022343, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; G) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y tres punto sesenta y ocho metros cuadrados (233.68 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022344, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; H) La Designación No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y dos punto ochenta y tres metros cuadrados (232.83 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022345, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; I) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos veintiocho punto setenta y dos metros cuadrados (228.72 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022364, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; J) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y ocho punto cuarenta y cinco metros cuadrados (238.45 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022359, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; K) La Designación Catastral No. [cédula], con una extensión superficial de doscientos veinte siete punto treinta y siete metros cuadrados (227.37 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022361, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; L) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y tres punto setenta y seis metros cuadrados (233.76 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022360, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; M) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y tres punto cero cuatro metros cuadrados (233.04 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022362, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; N) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos veinticuatro punto veintiséis metros cuadrados (224.26 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022363, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ;O) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y tres punto dieciocho metros cuadrados (233.18 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022365, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; P) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de seiscientos treinta y tres punto ochenta y dos metros cuadrados (633.82 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022366, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; Q) La Designación Catastral No. [cédula], con una extensión superficial de doscientos ochenta y seis punto setenta y cuatro metros cuadrados (286.74 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022349, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; R) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y cinco punto cuarenta y seis metros cuadrados (235.46 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022353, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; S) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta uno punto cincuenta y siete metros cuadrados (231.57 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022350, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; T) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y dos punto ochenta y nueve metros cuadrados (232.89 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022351, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; U) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y cuatro punto veinte metros cuadrados (234.20 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022352, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ; V) La Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos treinta y seis punto setenta y dos metros cuadrados (236.72 mts.2), ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, provista en el Certificado de Título Matricula No.0300022354, expedida por el Registro de Títulos de La Vega, a favor de la señora MARINA SURIEL SANCHEZ. 9. Una porción de terreno de ocho mil seiscientos cuarenta metros cuadrado (8,640.00 mts.2), dentro de la totalidad de ciento ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y cinco punto cincuenta y un metros cuadrados (188,855.51 mts.2), identificados mediante el Certificado de Título Matricula No.3000121782, municipio Higüey, provincia La Altagracia, expedida a favor de los señores JUAN ANTONIO BURGOS GUERRERO, MARIA DEL PILAR BURGOS GUERRERO DE JÚPITER, ROCIO MARGARITA BURGOS GUERRERO DE VALDEZ Y LOURDES JOSEFINA DE LA A. CRESTAR GUERRERO, por el Registrador de Títulos de La Altagracia. 10. Una porción de terreno de cuatro mil doscientos dos metros cuadrados (4,202 mts.2), ubicada dentro de la Parcela No.2203, del Distrito Catastral No.3, ubicada en el municipio de Jarabacoa, provincia La Vega, identificado mediante la Carta Constancia del Certificado de Título No.242, expedido a favor del señor Luis Manuel Rosado, por el Registrador de Títulos de La Vega. 11. Una porción de terreno de dos mil ochocientos cinco metros cuadrados (2,805 mts.2), ubicada dentro de la Parcela No.194, del Distrito Catastral No.3, en el municipio de Tenares, provincia Hermanas Mirabal, anteriormente Salcedo, mediante Certificado de Título No.01-85, expedido a favor del señor JOSÉ ANÍBAL GARCÍA. 12. Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil metros cuadrados (2,000 mts.2), no registrada y una mejora consistente en una casa de block, con piso de cemento y techada de zinc, con las colindancias siguientes: al Norte: la Escuela San Antón; al Sur: la señora Joselyn Alexis; Al Este: la señora Ivelisse García y al Oeste: el señor Juan Calendario, propiedad del señor JORGE MORLA LLUBERES. 13. 1) una porción de terreno de mil ochocientos sesenta y siete punto ochenta y tres metros cuadrados (1,867.83 mts.2), identificado mediante el Certificado de Título Matricula No.1100022598, ubicada en la Parcela No.[cédula], Distrito Catastral No.2, municipio de Moca, provincia Espaillat, expedido a favor del señor YORKY JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, por el Registrador de Títulos de Moca; 2) una porción de terreno de mil ochocientos veintidós punto ochenta y siete metros cuadrados (1,822.87 mts.2), identificada mediante el Certificado de Título Matricula No.1100028959, ubicada en la Parcela No.[cédula], Distrito Catastral No.2, municipio de Moca, provincia Espaillat, expedida a favor del señor YORKY JIMÉNEZ RODRÍGUEZ. 14. Una porción de terreno de cinco mil quinientos noventa y ocho punto treinta y ocho metros cuadrados (5,598.38 mts.2), ubicada dentro de la Parcela No.434, del Distrito Catastral No.3, con Matricula actualizada No.300012885, ubicada en el municipio y provincia San Cristóbal, identificado mediante Certificado de Título No.6980, expedido a favor del señor MARTIN AQUINO. ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación de las mismas. PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho de propiedad, al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación. PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública, mediante el presente Decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar, de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos por el Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, modificada por la Ley No.700, del 31 de julio del 1974. ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto por la Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943. ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, a los Registradores de Títulos correspondientes, y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de mayo del año dos mil catorce (2014), años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona