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Decreto

Decreto 154-14

que autoriza a los ayuntamientos de Moca, del Distrito Nacional y del municipio de Santiago a vender varias porciones de terrenos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 may de 2014fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10756Gaceta Oficial del 26 may de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (15,459 caracteres)
Dec. No. 154-14, que autoriza a los ayuntamientos de Moca, del Distrito Nacional y del municipio de Santiago a vender varias porciones de terrenos. G. O. No. 10756 del 26 de mayo de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 154-14 VISTA: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios. VISTA: La Ley No.4381, del 10 de febrero del 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional. VISTO: El Literal d, del Numeral 3, del Artículo 128, de la Constitución de la República, el cual establece como atribución del Presidente de la República, en tanto Jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales. VISTA: La Resolución No.24-2012, del 19 de diciembre de 2012, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de ciento catorce metros cuadrados y cincuenta y nueve decímetros cuadrados (114.59 Mts.2), a favor de Ramón María Guzmán Candelario, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal de Moca. VISTA: La Resolución No.25-2012, del 19 de diciembre de 2012, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de trescientos metros cuadrados (300.00 Mts.2), a favor de Jacqueline Del Carmen Ureña Rivas, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca VISTA: La Resolución No.26-2012, del 19 de diciembre de 2012, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de trescientos metros cuadrados (300.00 Mts.2), a favor de Sixto Batista Díaz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.27-2012, del 19 de diciembre de 2012, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de trescientos metros cuadrados (300.00 Mts.2), a favor de Juana Masiel Martínez García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por el Secretarío del Concejo Municipal de Moca. VISTA: La Resolución No.28-2012, del 19 de diciembre de 2012, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de cuatrocientos metros cuadrados (400.00 Mts.2), a favor de José María Hernández Martínez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.29-2012, del 19 de diciembre de 2012, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de trescientos setenta y cinco metros cuadrados (375.00Mts.2), a favor de Diómedes Marisol Tavárez Mercedes, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.41-2013, del 23 de julio de 2013, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de doscientos ochenta y cuatro metros cuadrados y cincuenta decímetros cuadrados (284.50Mts.2), a favor de Luis Emilio Almánzar Sánchez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.43-2013, del 23 de julio de 2013, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de doscientos setenta y ocho metros cuadrados (278.00Mts.2), a favor de Juan Starlyn Gonzalez Rojas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.44-2013, del 23 de julio de 2013, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de doscientos setenta y ocho metros cuadrados (278.00Mts.2), a favor de Alberto Antonio Reinoso, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.45-2013, del 23 de julio de 2013, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de doscientos setenta y ocho metros cuadrados (278.00Mts.2) a favor de Alipio Ramón Bencosme Ovalles, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.48-2013, del 18 de noviembre de 2013, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de ciento setenta y ocho metros cuadrados y noventa y tres decímetros cuadrados (178.93Mts.2), a favor de Yocelin Altagracia García Grullón, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.03-2014, del 31 de enero de 2014, del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio de Moca, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de ciento dieciocho metros cuadrados y treinta y siete decímetros cuadrados (118.37Mts.2), a favor de Dilena Roselia Peña Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], debidamente certificada por la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Moca. VISTA: La Resolución No.49/2009, del 16 de junio de 2009, del Concejo Municipal del Distrito Nacional, que autoriza al Ayuntamiento a vender una porción de terreno de tres mil cuatrocientos diez (3,410.00Mts.2), desafectada mediante el Numeral 1, del Artículo 2, de la Ley No.49-10, del 18 de marzo de 2010, a favor de la empresa Agrifeed, S.A.S., provista del Registro Nacional de Contribuyente (RNC) No.[RNC], representada por el señor Rodrigo Vitienes Valdés, debidamente certificada por el Secretario del Concejo Municipal del Distrito Nacional. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento de Moca a vender a varios particulares las siguientes porciones de terreno: a) Al señor Ramón María Guzmán Candelario, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de ciento catorce metros cuadrados y cincuenta y nueve decímetros cuadrados (114.59 Mts.2), dentro del Solar No.5, Manzana No.161, del Distrito Catastral No.01, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.2; Sur, calle Dr. Guerrero; Este, solar No.6; Oeste, solar No.4. b) A la señora Jacqueline Del Carmen Ureña Rivas, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliada y residente en el municipio de Moca, provincia Espaillat, una porción de terreno con un área superficial de trescientos metros cuadrados (300.00 Mts.2), dentro del Solar No.2, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.1; Sur, solar No.3; Este, solar No.11; Oeste, calle Penetración. c) Al señor Sixto Batista Díaz, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de trescientos metros cuadrados (300.00 Mts.2), dentro del Solar No.3, Parcela No.[cédula], Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.2; Sur, solar No.4; Este, solares Nos.10 y 11; Oeste, calle Penetración. d) A Juana Masiel Martínez García, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliada y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de trescientos metros cuadrados (300.00 Mts.2), dentro del Solar No.4, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.3; Sur, solar No.5; Este, solares Nos.09 y 10; Oeste, calle Penetración. e) Al señor José María Hernández Martínez, dominicano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de cuatrocientos metros cuadrados (400.00Mts.2), dentro del Solar No.5, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.4; Sur, solar No.6; Este, solares Nos.8 y 9; Oeste, calle Penetración. f) A la señora Diómedes Marisol Tavárez Mercedes, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliada y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de trescientos setenta y cinco metros cuadrados (375.00Mts.2), dentro del Solar No.6, Parcela No.[cédula], Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.5; Sur, calle; Este, solar No.7; Oeste, calle Penetración. g) Al señor Luis Emilio Almánzar Sánchez, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], una porción de terreno con un área superficial de doscientos ochenta y cuatro metros cuadrados y cincuenta decímetros cuadrados (284.50Mts.2), dentro del Solar No.1, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, calle; Sur, solar No.2; Este, solar No.12; Oeste, calle Penetración. h) Al señor Juan Starlyn González Rojas, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliad y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de doscientos setenta y ocho metros cuadrados (278.00Mts.2), dentro del Solar No.8, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.9; Sur, solar No.7; Este, calle; Oeste, solares Nos.5 y 6. i) Al señor Alberto Antonio Reinoso, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de doscientos setenta y ocho metros cuadrados (278.00Mts.2), dentro del Solar No.9, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.10; Sur, solar No.8; Este, calle; Oeste, solares Nos.4 y 5. j) Al señor Alipio Ramón Bencosme Ovalles, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], una porción de terreno con un área superficial de doscientos setenta y ocho metros cuadrados (278.00Mts.2), dentro del Solar No.10, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.09, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar No.11; Sur, solar No.9; Este, calle; Oeste, solares Nos.3 y 4. k) A la señora Yocelin Altagracia García Grullón, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliada y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial ciento setenta y ocho metros cuadrados y noventa y tres decímetros cuadrados (178.93Mts.2), dentro del Solar No.3-B, Parcela No.[cédula] (antigua Parcela No.196), del Distrito Catastral No.10, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, solar I-No.2-B; Sur, I-No.2; Este, Parcela No.196-Resto; Oeste, calle No.6. l) A la señora Dilena Roselia Peña Rodríguez, dominicana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliada y residente en la ciudad de Moca, una porción de terreno con un área superficial de ciento dieciocho metros cuadrados y treinta y siete decímetros cuadrados (118.37Mts.2), dentro del Solar No.6, Manzana No.123, Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.1, del municipio de Moca, provincia Espaillat, con los siguientes linderos: Norte, Sr. Luis Arias; Sur, Cristian Batista; Este, Ana Espejo; Oeste, Familia Bidó (propiedad municipal-Resto Parcela). ARTÍCULO 2. Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender a la empresa Agrifeed, S.A.S., provista del Registro Nacional de Contribuyente (RNC) No.1-01-74504- 5, representada por el señor Rodrigo Vitienes Valdés, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], una porción de terreno que mide tres mil cuatrocientos diez metros cuadrados (3,410Mts.2), desafectada mediante el Numeral 1, del Artículo 2, de la Ley No.49-10, del 18 de marzo de 2010, dentro del ámbito de las parcelas números 33- provisional y 50 provisional, ambas porciones C, del Distrito Catastral No.4, ubicada precisamente en la calle Ramón Cáceres, comprendida entre la calle No.28 (antiguo Camino 8) y la calle Félix Evaristo Mejía, del sector Ensanche La Fe, del Distrito Nacional, con los siguientes linderos: al Norte, calle Félix Evaristo Mejía (camino 7); al Sur, calle 28; al Este, parcelas Nos.33 y 50, Distrito Catastral No.4, del Distrito Nacional; y al Oeste, manzana No.1045. ARTÍCULO 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor José Domingo Fadul Fadul, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], una porción de terreno que mide trescientos treinta y tres metros cuadrados y cero ocho decímetros cuadrados (333.08Mts.2), ubicada dentro de la Solar No.17, Manzana Catastral No.169, del D.C. No.1, del municipio de Santiago, con designación municipal de un solar marcado con el No.2140, Manzana No.152, del municipio Santiago, con los siguientes linderos: al Norte, calle Beller; al Sur, resto Manzana No.152; al Este, solares Nos.2141 y 2142; y al Oeste, solar No.2139. ARTÍCULO 4. El presente Decreto deroga o modifica toda norma de igual o menor jerarquía en cuanto le sea contraria. ARTÍCULO 5. Envíese a los ayuntamientos del Distrito Nacional y del municipio de Moca, al Ministerio de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana (LMD), para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de mayo del año dos mil catorce (2014); años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona