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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 133-14

CONCEDE INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 abr de 2014fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10752Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 133-14 VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Ayuda (COOP-AYUDA), con su asiento principal en la Avenida Nuñez de Cáceres esquina J. F. Kennedy, Edificio Corripio II, 2do. piso, San Gerónimo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintidós (22) del mes de agosto del año dos mil doce (2012). Artículo 2.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Empleados del Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (COOPIDIAF), con su asiento principal en la calle Progreso No. 1, Pantoja, Santo Domingo Oeste, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha quince (15) del mes de febrero del año dos mil ocho (2008). Artículo 3.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples del Personal de Archivo de la Nación (COOPARCHIVO), con su asiento principal en la calle Modesto Díaz # 2, Zona Universitaria, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha doce (12) del mes de abril del año dos mil trece (2013). Artículo 4.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Pescadores del Lago Enriquillo (COOPESLAGO), con su asiento principal en la calle 27 de Febrero # 80, Villa Jaragua, provincia Bahoruco, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintiocho (28) del mes de marzo del año dos mil once (2011). Artículo 5.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Ganadero de Jimani (COOPAGAJI), con su asiento principal en la calle Mella # 25, Jimani, provincia Independencia, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha siete (07) del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Artículo 6.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción y Servicios Múltiples Matayaya (COOPROSEMA), con su asiento principal en la calle Salomé Ureña (Centro Comunal Matayaya), San Juan de la Maguana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintitrés (23) del mes de noviembre del año dos mil trece (2013). Artículo 7.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Producción, Trabajo y Servicios Múltiples de Pescadores Bahía San Lorenzo (COOPESAN), con su asiento principal en la calle Hernández # 43, Sánchez, provincia Samaná, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha treinta (30) del mes de septiembre del año dos mil once (2011). Artículo 8.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Caña Segura Las Matas de Farfán (COOPAGRO), con su asiento principal en la calle Independencia # 188, Las Matas de Farfán, San Juan de la Maguana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha once (11) del mes de diciembre del año dos mil trece (2013). Artículo 9.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples de Producción la Nueva Visión Agropecuaria (COOPNUVA), con su asiento principal en el distrito municipal Guanito, provincia San Juan de la Maguana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil catorce (2014). Artículo 10.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Ganaderos de Duvergé (COOPASDUVE), con su asiento principal en la carretera Duvergé-Barahona, Brisas del Palmar, provincia Independencia, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintisiete (27) del mes de julio del año dos mil trece (2013). Artículo 11.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Esperanza y Solidaridad (COOPESSOL), con su asiento principal en la calle Duvergé # 15, Las Matas de Farfán, San Juan de la Maguana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha seis (06) del mes de diciembre del año dos mil trece (2013). Artículo 12.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Productores de Bahoruco (COOPROBA), con su asiento principal en la calle Apolinar Perdomo # 1, Neyba, Bahoruco, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha primero (1) del mes de septiembre del año dos mil trece (2013). Artículo 13.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y Servicios Múltiples Ganaderos de la Descubierta (COOPASGADE), con su asiento principal en la calle Padre Billini # 43, La Descubierta, provincia Independencia, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha cinco (05) del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Artículo 14.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Caficultura Ecológica La Sabina (COOPDIESA), con su asiento principal en la calle Colón # 8, 2do. Nivel, San Francisco de Macorís, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha catorce (14) del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Artículo 15.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de los Empleados del Ministerio de Hacienda (COOPMINHA), con su asiento principal en la Avenida Mexico # 6, Gazcue, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha diez (10) del mes de noviembre del año dos mil diez (2010). Artículo 16.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil catorce (2014), años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA El suscrito: Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicación es oficial Dr. César Pina Toribio Santo Domingo, D. N., República Dominicana

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona