Texto de la norma
Dec. No. 130-14 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a
varias personas extranjeras. G. O. No. 10752 del 11 de abril de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 130-14
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias Nos.3560 del 12 de marzo de 2014; 1879 del 11 de febrero de
2014; 16800, 16799 del 12 de diciembre de 2013; 16763, 16761, 16760, 16751 del 11 de
diciembre de 2013; 15167 del 14 noviembre de 2013; 9935 del 29 de julio de 2013; 7183
del 03 de junio de 2013; 5513 del 3 de mayo de 2013; 13500 del 1 octubre de 2012; 11390
del 22 agosto de 2012; que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al
Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente
decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las
personas que se indican a continuación:
1.
A la señora María Carmen Julia Saavedra Cifuentes, de nacionalidad colombiana.
2.
A la señora Judit Kiss, de nacionalidad húngara.
3.
Al señor Pierre-Yves Sáez, de nacionalidad francesa.
4.
Al señor Armand Albert Marcel Mus, de nacionalidad francesa.
5.
A la señora Hourieh Pourhamid, de nacionalidad iraní.
6.
A la señora Parvaneh Dabaghi Hamedany, de nacionalidad iraní.
7.
Al señor Jianming Zheng, de nacionalidad china.
8.
Al señor Luis Agudo Lloret, de nacionalidad española.
9.
Al señor Genaro González Pacheco, de nacionalidad colombiana.
10.
A la señora Karina Sakanyan, de nacionalidad rusa.
11.
Al señor Gyula Voros, de nacionalidad húngara.
12.
Al señor Armando Jordi Viera, de nacionalidad cubana.
13.
A la señora Kirenia Álvarez Vega, de nacionalidad cubana.
14.
A la señora María Cristina Socorro Camín, de nacionalidad cubana.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil catorce (2014),
años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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