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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 125-14

que modifica el Numeral 21 del Art. 1, del Dec. No. 367-13, que declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos dedicadas a edificaciones escolares. Deroga el Numeral 10, del Art. 1 del Dec. No. 144-13

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 abr de 2014fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10752Gaceta Oficial del 11 abr de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 125-14 que modifica el Numeral 21 del Art. 1, del Dec. No. 367-13, que declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos dedicadas a edificaciones escolares. Deroga el Numeral 10, del Art. 1 del Dec. No. 144-13. G. O. No. 10752 del 11 de abril de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 125-14 VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. VISTAS: Las correspondencias Nos. CJ/01159 y 01249, del 18 y 20 de marzo de 2014, respectivamente, remitidas por la Consultoría Jurídica del Ministerio de Educación a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, solicitando sendas correcciones de decretos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO Artículo 1. Se modifica el Numeral 21, del Artículo 1, del Decreto No.367-13, de 18 de diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente: “21. Varias porciones de terrenos con las siguientes extensiones superficiales: 1) mil cien metros cuadrados (1,100.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Titulo No.71, serie PJ0011625, emitida a nombre de la señora Maritza Hernández Ramírez; 2) doscientos veinte metros cuadrados (220.00 mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Titulo No.71, serie PJ0010232, emitida a nombre de Cristian Enmanuel Rosario y Madelin Rosario; 3) trescientos metros cuadrados (300.00 mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Titulo No.71; cuatrocientos metros cuadrados (400.00 mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie PJ0005402, emitida a nombre de Engracia Martin Torres; 4) doscientos metros cuadrados (200.00 mts2), con la Matricula 0400005809, emitida a nombre de Mercedes Elpidia Vicente de Colón; cuatrocientos metros cuadrados (400.00 mts2), con Matricula 0400005808, emitida a nombre de Mercedes Elpidia Vicente de Colón y Marcos Colón; 5) cuatrocientos diez metros cuadrados (410.00 mts2), con Matricula 0400006693, propiedad de los señores Domingo José Basora y Angela Florentino Gómez de José, según consta en el acto bajo firma privada del 12 de marzo de 2013, notariado por el Lic. Manuel Emilio Paulino Cruz; 6) cuatrocientos metros cuadrados (400.00 mts2) con Matricula 0400008225, emitida a nombre de Juliana Martínez; 7) ciento sesenta metros cuadrados (160.00 mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Titulo No.71, serie AA088130, emitida a nombre de Juan Abréu Santos y Jhoselin Hernández; 8) doscientos metros cuadrados (200.00 mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie PJ02023, emitida a nombre de Raymundo Osoria Osoria; 9) novecientos metros cuadrados (900.00 mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, emitida a nombre de Yolanda Isabel Hernández Ramírez; 10) doscientos veinte metros cuadrados (220.00 mts2), con Matricula No.0400001217, emitida a nombre de Angelita Suárez Duvergé de Rosario y Federico Rosario Santana; 11) trescientos metros cuadrados (300.00 mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie PJ 00022000, emitida a nombre de Juan Arcadio Monegro Martin, cuya sumatoria conforma una extensión superficial de cinco mil cuatrocientos treinta metros cuadrados (5,430.00 mts2), ubicadas en la Parcela No.6, del Distrito Catastral No.12, del municipio de Cotuí, República Dominicana, propiedad de RAYMUNDO OSORIA OSORIA, DOMINGO JOSÉ BASORA Y ÁNGELA FLORENTINO GÓMEZ DE JOSÉ, JULIANA MARTINEZ HIDALGO, ENGRACIA MARTIN TORRES, ANGELITA SUAREZ DUVERGE DE ROSARIO, FEDERICO ROSARIO SANTANA, MARITZA HERNANDEZ RAMIREZ, PETER EUSTIMIO JEREZ MOYA, JUAN ABREU SANTOS Y JHOSELIN HERNANDEZ DE SANTOS, YOLANDA ISABEL HERNANDEZ RAMIREZ, MERCEDES ELPIDIA VICENTE VASQUEZ, MARCOS COLON, MADELIN ROSARIO, CRISTIAN ENMANUEL ROSARIO, JUAN ARCADIO MONEGRO MARTIN. Artículo 2. Queda derogado el Numeral 10, del Artículo 1, del Decreto No.144-13, del 27 de mayo de 2013. Artículo 3. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de abril del año dos mil catorce (2014), años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona