miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 80-14

que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado dominicano, de varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 mar de 2014fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10749Gaceta Oficial del 14 mar de 2014
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (22,759 caracteres)
Dec. No. 80-14 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado dominicano, de varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10749 del 14 de marzo de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 80-14 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y por la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE). CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio. CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Párrafo III, del Artículo 8, del Decreto No.625-12, el Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de entregar al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), la relación de la totalidad de las obras a construir durante el año 2013, así como los diseños arquitectónicos de los prototipos de aulas y los solares donde se ubicarán las escuelas. CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones escolares, para el año 2013, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias porciones de terrenos, propiedad de particulares, cuya adquisición por parte del Estado amerita ser declaradas de utilidad pública e interés social. VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. VISTO: El Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, que crea el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales serán utilizadas para construir las edificaciones escolares contempladas en los planes de construcción del año 2013: 1. Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil quinientos metros cuadrados (4,500.00 mts2), no registrada, con las colindancias siguientes: al Norte: Ángel María Rodríguez; al Sur: Bienvenido Rodríguez; al Este: Ramona Marte y al Oeste: Alminda Franco, propiedad del señor JUAN RAMÓN GÓMEZ. 2. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil quinientos metros cuadrados (6,500.00 mts2), ubicada en la Parcela No.48-A-11, del Distrito Catastral No.2, de la provincia Hato Mayor, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.345, emitido a nombre de MERCEDES MARIA BREA SALAS. 3. Una porción de terreno con una extensión superficial de doscientos metros cuadrados, (200.00 mts2), no registrada, con las colindancias siguientes: al Norte: un solar vacío; al Sur: una casa en construcción; al Este: la calle Respaldo 12 y al Oeste: un solar vacío, propiedad de la señora CARMEN LIDIA GÓNZALEZ. 4. Una porción de terreno con una extensión superficial de nueve mil metros cuadrados (9,000.00 mts2), ubicada en la Parcela No.191-B-1,del Distrito Catastral No.2, de la provincia Valverde, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.75, emitido a nombre de ZONA FRANCA INDUSTRIAL DE MAO, S.A. 5. Una porción de terreno con una extensión superficial de seis mil metros cuadrados (6,000.00 mts2), ubicada dentro de las parcelas Nos.61 y 101, en el Asentamiento No.AC-182- El Pino, del Distrito Catastral 03, del municipio y provincia El Seibo, usufructuada por la señora MERCEDES JAVIER. 6. 1) Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil cuatrocientos ochenta y un metros cuadrados (3,481.00 mts2), ubicada en la Solar No.2- prov., Porción A, del Distrito Catastral No.1, de la provincia Espaillat, República Dominicana, provisto del Certificado de Título No.195, emitido a nombre de RAFAEL MARIA LOPEZ GOMEZ. 2) una porción de terreno con una extensión superficial de mil veintiuno punto sesenta y ocho metros cuadrados (1,021.68), ubicada en la Solar No.3- prov., Porción A, del Distrito Catastral No.1, de la provincia Espaillat, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.229, emitido a nombre de RAFAEL MARIA LOPEZ GOMEZ. 7. Una porción de terreno con una extensión superficial de diez mil metros cuadrados (10,000.00 mts2), ubicada dentro de la Parcela No.62, del Distrito Catastral No.23, del Distrito Nacional, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.91-1454, emitido a nombre de SUCESORES DE RAMON EMILIO JORGE MORENO Y COMPARTES. 8. Una porción de terreno con una extensión superficial de ocho mil seiscientos cuarenta metros cuadrados (8,640.00 mts2), ubicada dentro de la Parcela No.14, del Distrito Catastral No.19, del Distrito Nacional, República Dominicana, provisto de la correspondiente Constancia Anotada del Certificado de Título matricula No.0100171999, emitido a nombre de HECTOR BIENVENIDO BAEZ. 9. Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatrocientos ochenta y ocho metros cuadrados (488.00 mts2), ubicada en la Designación Catastral No.[cédula], de la provincia Santo Domingo, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título matricula No.3000115174, emitido a nombre de MARIA DEL CARMEN DE JESUS DE THEN Y SIXTO ALBERTO THEN CRUZ. 10. Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil quinientos metros cuadrados (2,500 mts2), no titulado, ubicada en el casco urbano del distrito municipal El Pinar, de la provincia San José de Ocoa, República Dominicana, propiedad de los señores GIRANDY ELIZABETH CUSTODIO CASTILLO, DAYSI MARGARITA CUSTODIO CASADO, ELSA YOVANNI CUSTODIO CASADO, FRANCISCA VENECIA CUSTODIO CASADO, RAMON HERIBERTO CUSTODIO CASADO, ETZEL ANDRES CUSTODIO CASTILLO. 11. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil ciento cuarenta y cuatro punto treinta metros cuadrados (3,144.30 mts2), equivalente a 5 tareas, ubicada en el distrito municipal Elupina Cordero- Las Cañitas, municipio de Sabana de la Mar, provincia Hato Mayor del Rey, dentro del Asentamiento AJ-86 Maguá- Cañitas, con la certificación de ocupante pasivo emitida por el Instituto Agrario Dominicano (IAD), a favor del señor APOLINAR DE JESUS FRECHEL LÓPEZ. 12. A) una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil cuatrocientos sesenta y ocho punto sesenta y siete metros cuadrados (3,468.67 mts2), dentro de la superficie de cuatro mil ochenta y siete punto cincuenta y siete (4,087.57 mts2), ubicada dentro de la parcela No.73 REF-B-2, del Distrito Catastral No. 11/4ta, del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, República Dominicana, provisto de la correspondiente Constancia de Título Anotada Certificado de Matrícula No.100008176, emitido a nombre de TEODORO ZEBALLOS SANTANA; B) una porción de terreno con una extensión superficial de cero cero hectáreas (00 Has) dieciocho áreas (18) ochenta y siete centiáreas (87 Cas), equivalente a mil ochocientos ochenta y siete metros cuadrados (1,887.00 mts2), dentro del ámbito de la parcela 73-Ref.-B-2, del Distrito Catastral once Cuarta Parte (11/4ta), del municipio de Higüey, provincia la Altagracia, amparada bajo el contrato de venta suscrito entre GUADALUPE GUILAMO SANTANA Y JUAN JULIO CEBALLO SANTANA, del 12 de agosto del 1999, legalizado en sus firmas por el notario Dr. Domingo Enrique Martínez Reyes. 13. Una porción de terreno de tres mil metros cuadrados (3,000 mts2), ubicada dentro de la parcela No.60-A, del Distrito Catastral No.17, ubicado en el municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, identificado mediante Certificado de Titulo No.98-9526, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, a favor del señor SHIH LUNG LIAO. 14. Una porción de terreno con una extensión superficial de cinco mil ciento noventa y ocho punto sesenta y cinco metros cuadrados (5,198.65 mts2), ubicada en la Designación Catastral No.[cédula], en el municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, provisto en el Certificado de Titulo Matricula No.0100154798, expedido por el Registro de Títulos de Santo Domingo, a favor del señor MARCOS ANTONIO JIMÉNEZ CHÁVEZ. 15. Un solar con una extensión superficial de dos mil quinientos metros cuadrados (2,500.00 mts2), ubicado en el municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, con los linderos siguientes: Al Norte: propiedad del señor Aquilino Torres; Al Sur: carretera del Jobo a Palmarejo; Al Este: camino real; Al Oeste: el señor Ramón Torres, usufructuado por la señora ELVIRA DE JESUS CRUZ TORRES DE ROSARIO. 16. La porción de terreno donde está levantada una mejora consistente en una casa de block techada de zinc, techada de concreto, con tres habitaciones, sala y comedor, baño y todas sus anexidades, ubicada en el sector Villa Verde, municipio de San Francisco de Macorís, provincia Duarte, con los linderos siguientes: Al Norte: calle I; Al Sur: solar del proyecto; Al Este: solar del proyecto; Al Oeste: resto del solar del proyecto, usufructuada por la señora MARIA DE LOS SANTOS HERNANDEZ. 17. Una porción de terreno con una extensión superficial de ocho mil metros cuadrados (8,000.00 mts²), ubicada en la Parcela No.185, del Distrito Catastral No.12, del municipio Moca, provincia Espaillat, provisto en la Carta-Constancia del Certificado de Titulo No.113, expedido por el Registro de Títulos de Espaillat, a favor de la señora GLADYS MARTÍNEZ DE PIMENTEL. 18. 1) La porción de terreno con la Designación Catastral No. [cédula], con una extensión superficial de doscientos sesenta y siete punto cincuenta y seis metros cuadrados (267.56 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015398, expedido por el Registro de Títulos de Baní, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 2) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos cuarenta punto cuarenta y nueve metros cuadrados (240.49 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015401, expedido por el Registro de Títulos de Baní, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 3) La porción de terreno con la Designación Catastral No. [cédula], con una extensión superficial de trescientos punto once metros cuadrados (300.11 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015407, expedido por el Registro de Títulos de Baní, emitido a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 4) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos punto dieciséis metros cuadrados (300.16 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015403, expedido por el Registro de Títulos de Baní, emitido a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 5) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos sesenta punto veintiséis metros cuadrados (260.26 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015399, expedido por el Registro de Títulos de Baní, emitido a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 6) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos noventa y nueve punto noventa y ocho metros cuadrados (299.98 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015409, expedido por el Registro de Títulos de Baní, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 7) La porción de terreno con la Designación Catastral No. [cédula], con una extensión superficial de trescientos catorce punto treinta y nueve metros cuadrados (314.39 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015406, expedido por el Registro de Títulos de Bani a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 8) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos trece punto cuarenta y tres metros cuadrados (313.43 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015402, expedido por el Registro de Títulos de Baní, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 9) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de cuatrocientos tres punto cero seis metros cuadrados (403.06 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015405, expedido por el Registro de Títulos de Baní, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 10) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos sesenta y seis punto cincuenta y tres metros cuadrados (266.53 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provisto del Certificado de Título Matricula No.0500015397, expedido por el Registro de Títulos de Baní, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 11) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de cuatrocientos cincuenta y ocho punto treinta y cinco metros cuadrados (458.35 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015408, expedido por el Registro de Título de Baníi, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 12) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos punto once metros cuadrados (300.11 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provisto en el Certificado de Título Matricula No.0500015404, expedido por el Registro de Títulos de Baníi, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 13) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos cuarenta y cinco punto sesenta y cinco metros cuadrados (245.65 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015400, expedido por el Registro de Títulos de Baní, a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO; 14) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos sesenta y nueve punto sesenta y ocho metros cuadrados (269.68 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Título Matricula No.0500015396, expedido por el Registro de Títulos de Baní, emitido a favor del señor LEONEL OCTAVIO DE JESÚS PIMENTEL PELLERANO. 19. Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil quinientos metros cuadrados (4,500.00 mts2), ubicada en la Parcela No.198, del Distrito Catastral No.7, del municipio Baní, provincia Peravia, provisto en el Certificado de Título No.24908, expedido por el Registro de Títulos de Baní, emitido a favor del señor VICTOR MANUEL GONZALEZ BAEZ. 20. 1) La porción de terreno con la Designación Catastral No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos setenta metros cuadrados (270.00 mts2), ubicada en el Distrito Nacional, identificada mediante el Certificado de Título Matricula No.0100260109, expedido por el Registro de Títulos del Distrito Nacional, emitido a favor de los señores ROSA ELVIRA SILFA MATOS Y ROBERTO ANTONIO SALAS VILORIO; 2) el solar No.12, Manzana No.682, del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de doscientos treinta metros cuadrados (230.00 mts2), ubicada en el Distrito Nacional, identificada mediante la Carta- Constancia del Certificado de Titulo No.59-888, expedido a nombre de ROSA ELVIRA MEDINA ABREU. 21. Una porción de terreno de doscientos quince punto cero seis metros cuadrados (215.06 mts2), no registrada, ubicada en municipio Quisqueya, provincia San Pedro de Macorís, con los linderos colindantes siguientes: Al Norte: un solar de la señora Miriam; Al Sur: un solar yermo del Barrio Filipina2; Al Este: una casa del señor Félix y al Oeste: la calle, propiedad del SANTO REYES. 22. 1) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos punto cero ocho metros cuadrados (300.08 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015637, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 2) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos punto cero cinco metros cuadrados (300.05 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015638, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 3) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos noventa y nueve punto noventa y cuatro metros cuadrados (299.94 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015639, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 4) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos noventa y nueve punto noventa y un metros cuadrados (299.91 mts2), ubicada en el municipio de Bani, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015640, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 5) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos noventa y nueve punto ochenta y nueve metros cuadrados (299.89 mts2), ubicada en el municipio de Bani, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015641, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 6) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos punto once metros cuadrados (300.11 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015642, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 7) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de trescientos punto once metros cuadrados (300.11 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015643, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 8) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos noventa y nueve punto noventa y ocho metros cuadrados (299.98 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015644, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 9) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos noventa y nueve punto noventa y tres metros cuadrados (299.93 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015645, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL; 10) La Parcela No.[cédula], con una extensión superficial de doscientos noventa y nueve punto noventa y nueve metros cuadrados (299.99 mts2), ubicada en el municipio de Baní, provincia Peravia, provista del Certificado de Titulo Matricula No.0500015646, expedido por el Registro de Títulos de Peravia, a favor de la señora GIOVANNA MARINA PEREZ PIMENTEL. 23. Una porción de terreno con una extensión superficial de diez mil ocho punto cero cinco metros cuadrados (10,008.05 mts2), ubicada en la Parcela No.51, del Distrito Catastral No.31, de la provincia Santo Domingo, provisto de la Carta- Constancia del Certificado de Titulo Matricula No.3000035696, expedido por el Registro de Títulos de Santo Domingo, a favor de la razón social Industrias Princesa, C POR A. 24. ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación de las mismas. PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho de propiedad, al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación. PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública, mediante el presente Decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar, de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos por el Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, modificada por la Ley No.700, del 31 de julio del 1974. ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto por la Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943. ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, a los Registradores de Títulos correspondientes, y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil catorce (2014), año 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona