Texto de la norma
Dec. No. 73-14 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a
varias personas. Modifica los numerales 5 y 10 del Art. 1 del Decreto No. 303-13. G. O.
No. 10749 del 14 de marzo de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 73-14
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias Nos. 16804 del 12 diciembre de 2013; 12585, 12584, 12583,
12582 del 23 de septiembre de 2013; 11899, 11898 del 5 de septiembre de 2013; 9944,
9942 del 29 de julio de 2013; 8524 del 4 julio de 2013; 3936, 3934 del 22 de marzo de
2013; 12340 del 12 de septiembre de 2012; 8319 del 21 de junio de 2012, que por conducto
del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos
nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las
personas que se indican a continuación:
1. Al señor Eustaquio Leonardo Díaz Hernández de nacionalidad cubana.
2. Al señor Eusebio Eriberto Pizzardin, de nacionalidad italiana.
3. Al señor Juan Moreno Nigorra, de nacionalidad española.
4. Al señor Aaron Ashley King, de nacionalidad estadounidense.
5. A la señora Yelizaveta Aslanyan, de nacionalidad armenia.
6. Al señor Boleslaw Tolwinski, de nacionalidad polaca.
7. Al señor Joseph Gustav Schretzmann, de nacionalidad estadounidense.
8. Al señor József János Officir, de nacionalidad húngara.
9. Al señor Hai Wang, de nacionalidad china.
10. Al señor Aldo Marzine, de nacionalidad italiana.
11. A la señora Mirna García Romero, de nacionalidad cubana.
12. Al señor Marek Strapek, de nacionalidad eslovaca.
13. A la señora Nancy Digna Guerra Querol, de nacionalidad cubana.
14. Al señor Evgeny Viktorovich Sevostyanov, de nacionalidad rusa.
ARTÍCULO 2. Se modifican los numerales 5 y 10, del Artículo 1, del Decreto No.303-13,
del 21 de octubre de 2013, en lo que respecta a Lin Lam, para que en lo adelante su
nombre se lea de la siguiente manera: Lin Lin (Lin Lam) y a Le Roy Richard
Durandetto, para que en lo adelante su nombre se lea de la siguiente manera: Leroy
Richard Durandetto Jr.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil catorce (2014),
años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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