miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 58-14

QUE INTEGRA LA COMISION NACIONAL DEL SECTOR CALZADOS Y AFINES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 feb de 2014fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10749Gaceta Oficial del 14 mar de 2014
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Aquiles BermúdezMiembro de un órganoPresidente de la Asociación Dominicana de Zonas Francas

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 58-14 que integra la Comisión Nacional del sector Calzados y afines. G. O. No. 10749 del 14 de marzo de 2014. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 58-14 CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano reconoce que la atracción de la inversión extranjera contribuye al desarrollo económico del país y al mejoramiento del nivel de vida de la población dominicana. CONSIDERANDO: Que el sector de zonas francas no sólo representa el 60% de las exportaciones del país, sino que se ha convertido en una fuente constante de generación de empleos, lo que le hace uno de los sectores más significativos para el desarrollo económico y social del país. CONSIDERANDO: Que el sector de manufactura de calzados y afines se ha constituido en una importante fuente generadora de empleos directos en indirectos, a nivel nacional, y que el 90% de las empresas formales dedicadas a dicha actividad productiva en el país, se encuentran operando bajo el régimen de Zonas Francas de la Ley No.8-90, del 15 de enero del 1990, o bajo la Ley No.56-07, del 7 de mayo de 2007, que declara de prioridad nacional los sectores pertenecientes a la cadena textil, confección y accesorio, pieles, fabricación de calzados de manufactura de cuero. CONSIDERANDO: Que los principales mercados emergentes están experimentado transformaciones económicas profundas que han motivado una reconfiguración de sus ventajas comparativas, lo que ha permitido a otros países, así como a la República Dominicana alcanzar mayores niveles de competitividad en el mercado internacional, y aprovechar nuevas oportunidades para la atracción de inversiones y el desarrollo de las exportaciones. CONSIDERANDO: Que en el año 2013, las exportaciones del sector calzados superaron la cifra de US$420 millones, experimentando un fuerte crecimiento de 102%, en el período 2009-2012. CONSIDERANDO: Que el sector de manufactura de calzados y afines requiere de transformaciones sustanciales frente a los cambios que se están produciendo en el comercio internacional, para poder continuar con su crecimiento y desarrollo. CONSIDERANDO: Que para preservar y fortalecer la competitividad del sector manufactura de calzados y afines se deben identificar los mecanismos y las estrategias que fortalezcan la consecución de dichos objetivos. VISTA: La Ley No.8-90, del 15 de enero del 1990, sobre las Zonas Francas en la República Dominicana. VISTA: La Ley No.56-07, del 7 de mayo de 2007, que declara de prioridad nacional los sectores pertenecientes a la cadena textil, confección y accesorio, pieles, fabricación de calzados de manufactura de cuero y se crea un régimen nacional regulatorio para estas industrias. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO ARTÍCULO 1. La Comisión Nacional del sector Calzados y Afines, que será copresidida por el Ministro Administrativo de la Presidencia, Lic. José Ramón Peralta y el Ministro de Industria y Comercio, Lic. José Manuel Castillo, e integrada por los Sres. Aquiles Bermúdez, Presidente de la Asociación Dominicana de Zonas Francas; Miguel Lama, Presidente de la Corporación de Zonas Francas de Santiago; José Clase, Presidente de la empresa D’Clase Shoes; Luis José Bonilla, Presidente de la empresa Bojos Tanning; José Manuel Torres, Vicepresidente Ejecutivo de la Asociación Dominicana de Zonas Francas; Donnie Dyer III, en representación de la empresa TIMBERLAND/VF; Luis Nilo Kapler, en representación de la empresa Paqueta; Goby Moya, en representación de la empresa Rocky Brands; Mícalo Bermúdez, en representación de la Zona Franca Industrial de Tamboril; Jesús Diéguez, Presidente de ADOLCAZA; el Ministerio de Trabajo, representado por la Ministra, Licda. Rosa Maritza Hernández Liriano; la Dirección General de Aduanas (DGA), representada por su Director, Ing. Juan Fernando Fernández Cedeño, el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP); el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTR1A), representado por su Directora General, Lic. Alexandra Izquierdo y el Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE), representado por su Directora Ejecutiva, Licda. Luisa Fernández Durán, quien fungirá como Secretaria de la Comisión, la cual tiene como objetivo principal el canalizar, diseñar e implementar las estrategias y políticas necesarias para el continuo desarrollo de este sector. ARTÍCULO 2. La Comisión Nacional del sector Calzados y Afines se reunirá por lo menos una vez al mes, para cumplir con el objetivo principal detallado en el artículo anterior y recomendar al Poder Ejecutivo la adopción de medidas tendentes a continuar con el fortalecimiento de dicho sector. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014); años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona