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Dec. No. 354-13 que eleva el monto de pensiones asignadas por el Estado dominicano a
varias personas. G. O. No. 10738 del 18 de diciembre de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 354-13
VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República.
VISTA: La Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de
diciembre del 1981.
VISTO: El oficio No.6777, del 15 de noviembre de 2013, dirigido al Presidente de la
República, por el Ministro de Hacienda donde solicita un aumento a las pensiones de varios
exservidores públicos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las
siguientes personas:
1. A la suma de once mil novecientos sesenta pesos dominicanos con 00/100
(RD$11,960.00) mensuales, al señor Aleido Emilio Estévez De la Rosa, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
2. A la suma de diez mil doscientos setenta y ocho pesos dominicanos con 14/100
(RD$10,278.14) mensuales, a la señora Altagracia Antonia Noboa Montes de Oca
de Arias, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
3. A la suma de once mil seiscientos setenta pesos dominicanos con 37/100
(RD$11,670.37) mensuales, a la señora Ambrosina María Peña Frías, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
4. A la suma de treinta y cuatro mil seiscientos setenta y cuatro pesos dominicanos con
26/100 (RD$34,674.26) mensuales, al señor Amparo Ventura Lora, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
5. A la suma de once mil seiscientos setenta pesos dominicanos con 37/100
(RD$11,670.37) mensuales, a la señora Ana Espinosa, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
6. A la suma de diecinueve mil trescientos veintisiete pesos dominicanos con 87/100
(RD$19,327.87) mensuales, a la señora Ana María Eledisa Taveras, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
7. A la suma de dieciséis mil novecientos tres pesos dominicanos con 60/100
(RD$16,903.60) mensuales, a la señora Ana Ramona Brito, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
8. A la suma de trece mil doscientos treinta y cinco pesos dominicanos con 50/100
(RD$13,235.50) mensuales, al señor Antonio Monegro Antonio, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
9. A la suma de dieciocho mil ciento setenta y cuatro pesos dominicanos con 10/100
(RD$18,174.10) mensuales, a la señora Aracelis Méndez Mejía, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
10. A la suma de diecinueve mil cuatro pesos dominicanos con 76/100 (RD$19,004.76)
mensuales, a la señora Beatriz Flores M. de Del Orbe, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
11. A la suma de diecisiete mil ciento veintiún pesos dominicanos con 04/100
(RD$17,121.04) mensuales, a la señora Carmen Luisa González García, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
12. A la suma de veintiséis mil ochocientos sesenta y un pesos dominicanos con 67/100
(RD$26,861.67) mensuales, a la señora Carmen María Urbáez Goris de Santos,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
13. A la suma de veintiocho mil ochocientos cuarenta y ocho pesos dominicanos con
89/100 (RD$28,848.89) mensuales, a la señora Celina Villalona Ortega de Almonte,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
14. A la suma de diecinueve mil setenta pesos dominicanos con 82/100 (RD$19,070.82)
mensuales, al señor Danilo Ramírez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
15. A la suma de diecisiete mil veinticuatro pesos dominicanos con 92/100
(RD$17,024.92) mensuales, a la señora Dilcia Niobe Martínez Pérez, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
16. A la suma de quince mil treinta y siete pesos dominicanos con 66/100
(RD$15,037.66) mensuales, a la señora Dionisia Rosario Isabel, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
17. A la suma de catorce mil trescientos treinta pesos dominicanos con 32/100
(RD$14,330.32) mensuales, al señor Edy Mercedes Herrera, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
18. A la suma de veintidós mil seiscientos treinta y un pesos dominicanos con 20/100
(RD$22,631.20) mensuales, al señor Efraín Moreno Leta, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
19. A la suma de trece mil ciento catorce pesos dominicanos con 93/100
(RD$13,114.93) mensuales, a la señora Felicia Jiménez, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
20. A la suma de veinte mil ochocientos noventa y ocho pesos dominicanos con 86/100
(RD$20,898.86) mensuales, a la señora Felicia Otilia García Marrero de Cabral,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
21. A la suma de diez mil setenta y un pesos dominicanos con 22/100 (RD$10,071.22)
mensuales, a la señora Felipa Milagros Severino, Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
22. A la suma de diez mil novecientos diez y siete pesos dominicanos con 16/100
(RD$10,917.16) mensuales, al señor Fernando César Acevedo, Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
23. A la suma de diecisiete mil setecientos cincuenta y dos pesos dominicanos con
83/100 (RD$17,752.83) mensuales, a la señora Fredesvinda Díaz Rodríguez, Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
24. A la suma de diecisiete mil doscientos sesenta y siete pesos dominicanos con
55/100 (RD$17,267.55) mensuales, a la señora Furgencia Santana Santana, Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
25. A la suma de diecinueve mil ochocientos noventa y nueve pesos dominicanos con
14/100 (RD$19,899.14) mensuales, a la señora Germania Inoa de Osorio, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
26. A la suma de treinta y un mil ochocientos ochenta y ocho pesos dominicanos con
89/100 (RD$31,888.89) mensuales, a la señora Gladys Mariana Almonte Pérez,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
27. A la suma de dieciocho mil setecientos cincuenta y seis pesos dominicanos con
61/100 (RD$18,756.61) mensuales, a la señora Gladys Mercedes Rosario, Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
28. A la suma de trece mil setenta y tres pesos dominicanos con 88/100
(RD$13,073.88) mensuales, a la señora Inés Jiménez Reyes, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
29. A la suma de quince mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos dominicanos con
00/100 (RD$15,468.00) mensuales, a la señora Irene Soxidis Viloria Reyes, Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
30. A la suma de veinte mil ciento setenta y cuatro pesos dominicanos con 49/100
(RD$20,174.49) mensuales, a la señora Italia Ventura, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
31. A la suma de diecinueve mil trescientos cuarenta y seis pesos dominicanos con
02/100 (RD$19,346.02) mensuales, al señor Jesús Antonio Mercedes Daniel De
León, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
32. A la suma de dieciséis mil novecientos nueve pesos dominicanos con 78/100
(RD$16,909.78) mensuales, al señor Juan Antonio Castellanos Ortega, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
33. A la suma de veinte mil seiscientos noventa y cinco pesos dominicanos con 29/100
(RD$20,695.29) mensuales, al señor Juan Francisco Núñez y Jiménez, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
34. A la suma de trece mil seiscientos diecinueve pesos dominicanos con 64/100
(RD$13,619.64) mensuales, a la señora Julianita Peralta, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
35. A la suma de veinte y cuatro mil cuarenta y dos pesos dominicanos con 10/100
(RD$24,042.10) mensuales, a la señora Luisa Aleida Marcos Taveras de López,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
36. A la suma de diez mil trescientos sesenta y cinco pesos dominicanos con 09/100
(RD$10,365.09) mensuales, a la señora Lidia Jorge Peña, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
37. A la suma de doce mil doscientos cuatro pesos dominicanos con 85/100
(RD$12,204.85) mensuales, a la señora Luz María Ortega, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
38. A la suma de catorce mil cuarenta y dos pesos dominicanos con 68/100
(RD$14,042.68) mensuales, a la señora María Contreras Pérez, Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
39. A la suma de catorce mil trescientos treinta pesos dominicanos con 09/100
(RD$14,330.09) mensuales, a la señora María Ramona Rivas Estévez, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
40. A la suma de diez mil quinientos treinta pesos dominicanos con 48/100
(RD$10,530.48) mensuales, a la señora María Vargas De la Cruz, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
41. A la suma de diecisiete mil seiscientos noventa y dos pesos dominicanos con 00/100
(RD$17,692.00) mensuales, al señor Martín Ferreras Cuevas, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
42. A la suma de diecisiete mil trescientos noventa pesos dominicanos con 72/100
(RD$17,390.72) mensuales, a la señora Melba Celeste Creque Federico, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
43. A la suma de dieciocho mil novecientos nueve pesos dominicanos con 32/100
(RD$18,909.32) mensuales, a la señora Mercedes Neuman Willmore de Hernández,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
44. A la suma de quince mil doscientos once pesos dominicanos con 65/100
(RD$15,211.65) mensuales, a la señora Milady Altagracia Martínez Tavera, Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
45. A la suma de once mil doscientos ochenta y un pesos dominicanos con 36/100
(RD$11,281.36) mensuales, a la señora Miladys de Jesús Gómez Castillo, Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
46. A la suma de trece mil setenta y ocho pesos dominicanos con 86/100
(RD$13,078.86) mensuales, a la señora Milagros Burgos R. de Gutiérrez, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
47. A la suma de dieciséis mil trescientos cuarenta y tres pesos dominicanos con 98/100
(RD$16,343.98) mensuales, a la señora Miledys Florentino Reyes, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
48. A la suma de dieciocho mil noventa y cinco pesos dominicanos con 04/100
(RD$18,095.04) mensuales, a la señora Miriam Jiménez Berigüete, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
49. A la suma de treinta mil trescientos veinticuatro pesos dominicanos con 02/100
(RD$30,324.02) mensuales, a la señora Patria Ysabel Ballester López de Geraldino,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
50. A la suma de dieciocho mil doscientos nueve pesos dominicanos con 14/100
(RD$18,209.14) mensuales, a la señora Paulina Jiménez, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
51. A la suma de treinta y ocho mil doscientos ochenta y siete pesos dominicanos con
24/100 (RD$38,287.24) mensuales, al señor Rafael Tobías Castellanos Ruano,
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
52. A la suma de ocho mil setecientos setenta y siete pesos dominicanos con 30/100
(RD$8,777.30) mensuales, a la señora Rafaela De la Rosa, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
53. A la suma de catorce mil trescientos veinte pesos dominicanos con 65/100
(RD$14,320.65) mensuales, a la señora Ramona Amparo María, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
54. A la suma de diez y ocho mil trescientos veinte y ocho pesos dominicanos con
16/100 (RD$18,328.16) mensuales, a la señora Rosa Félix Soto, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
55. A la suma de veinte mil doscientos veinticinco pesos dominicanos con 70/100
(RD$20,225.70) mensuales, al señor Samuel Bueno Vargas, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
56. A la suma de diecisiete mil setecientos cincuenta y dos pesos dominicanos con
83/100 (RD$17,752.83) mensuales, a la señora Tecla Fermín García, Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
57. A la suma de dieciocho mil setecientos doce pesos dominicanos con 13/100
(RD$18,712.13) mensuales, al señor Vinicio Colón Cabrera, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
58. A la suma de catorce mil setenta y ocho pesos dominicanos con 46/100
(RD$14,078.46) mensuales, a la señora Ynés Pichardo Veras, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
59. A la suma de veinte mil ochocientos noventa y ocho pesos dominicanos con 86/100
(RD$20,898.86) mensuales, a la señora Zoila Asencio Tapia, Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTÍCULO 2. Estos aumentos serán pagados con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas
por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de
Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición
del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones
públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil trece (2013); año
170 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA