Texto de la norma
Dec. No. 379-13 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a
varios extranjeros. G. O. No. 10741 del 28 de diciembre de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 379-13
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias Nos.11356, 11353 del 27 de agosto de 2013; 9933, 9940 del 29 de
julio de 2013; 8178 del 26 de junio de 2013; 7186 del 3 de junio de 2013; 7140, 7141 del
31 mayo de 2013; 4650 del 11 de abril de 2013; 959 del 23 de enero de 2013; 11526 del 27
de agosto de 2012; 10547 del 7 de agosto de 2012; 7217 del 23 de mayo 2012; 6650 del 8
de mayo 2012, que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder
Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las
personas que se indican a continuación:
1. Al señor Georg Marcel Desserich, de nacionalidad suiza.
2. Al señor Benoit Pierre Julien Sauvage, de nacionalidad francesa.
3. Al señor Gabriel Khachatryan, de nacionalidad armenia.
4. Al señor José Luis Gómez Araque, de nacionalidad española.
5. Al señor Jerry Matheny Holmes, de nacionalidad estadounidense.
6. Al señor Aman Bansal, de nacionalidad hindú.
7. A la señora Zien Huang, de nacionalidad china.
8. Al señor René Francisco Muñoz Tovar, a su esposa, la señora Mariela Carrillo
Suarez, y sus hijas menores, Nathalia Muñoz Carrillo y Mariana Muñoz Carrillo,
todos de nacionalidad colombiana.
9. Al señor Reinel José Ruiz Pérez, a su esposa, la señora Alina Vargas Oliveros y sus
hijos, el señor Reynel David Ruiz Vargas y la menor Eilen Carolina Ruiz Vargas,
todos de nacionalidad colombiana.
10. A la señora Miladis Caridad Sánchez Rodríguez, de nacionalidad cubana.
11. Al señor José Antonio Dorado Bouza, de nacionalidad cubana.
12. A la señora Milagros Aguirre Lois, de nacionalidad cubana.
13. Al señor Sergey Guminskiy, de nacionalidad rusa.
14. Al señor Evgeny Vladímirovich Druzhinin, de nacionalidad rusa.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de diciembre del año dos mil
trece (2013), años 170 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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