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Decreto

Decreto 367-13

que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado dominicano de varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 dic de 2013fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10741Gaceta Oficial del 28 dic de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

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Dec. No. 367-13 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado dominicano de varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10741 del 28 de diciembre de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 367-13 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y por la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE). CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio. CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Párrafo III, del Artículo 8, del Decreto No.625-12, el Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de entregar al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), la relación de la totalidad de las obras a construir durante el año 2013, así como los diseños arquitectónicos de los prototipos de aulas y los solares donde se ubicarán las escuelas. CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones escolares para el año 2013, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias porciones de terrenos, propiedad de particulares, cuya adquisición por parte del Estado amerita ser declaradas de utilidad pública e interés social. VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. VISTO: El Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, que crea el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales serán utilizadas para construir las edificaciones escolares contempladas en los planes de construcción del año 2013: 1- Una porción de terreno con una extensión superficial de cinco mil cuarenta metros cuadrados (5,040.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.15-C, del Distrito Catastral No.7, del Municipio de Cotuí, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.78-1494, emitido a nombre de RODOLFO ANTONIO DIPLAN HERNANDEZ. 2- Una porción de terreno con una extensión superficial de Seis Mil Doscientos Ocho punto Ochenta y Nueve Metros Cuadrados (6,208.89 mts2), ubicada en la Parcela No.26-B-23, del Distrito Catastral No.16, del Distrito Nacional, República Dominicana, provisto del correspondiente Constancia Anotada del Certificado de Título Matricula No.0100016101, emitido a nombre de NELSON MANUEL DE CASTRO FULGENCIO. 3- Una porción de terreno con una extensión superficial de Dos Mil Quinientos Metros Cuadrados (2,500.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.26-B, del Distrito Catastral No.16, del Distrito Nacional, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.82-9318, emitido a nombre de FELIX ROSARIO BURGOS, NIEVES ROSARIO BURGOS y FRANCISCO ROSARIO BURGOS. 4- Una porción de terreno con una extensión superficial de Ocho Mil Quinientos Metros Cuadrados (8,500.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.157-A, del Distrito Catastral No.12, del Distrito Nacional, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.83-12255, emitido a nombre de PATRICIA JAQUELINE DE LA ALTAGRACIA RAMIREZ y JOSE ALTAGRACIA RAMIREZ SANCHEZ. 5- Una porción de terreno ubicada en la Parcela No. [cédula], Matricula No. 1600003623, del municipio de Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, la cual tiene una superficie de: Dos Mil Setecientos Ochenta y Dos punto Cuarenta y Uno Metros Cuadrados (2,782.41 Mts2) y sus mejoras. propiedad de los señores ANA CECILIA DIAZ, JOSE ANDRES VASQUEZ MARQUEZ, ROSA AMELIA DEL CARMEN VASQUEZ MARQUEZ, ROSA ANGELICA MERCEDES VASQUEZ MARQUEZ, YSAURA MENCIA DEL SOCORRO VASQUEZ MARQUEZ, AURA VIOLETA MARQUEZ DIAZ, MIGUEL ROLANDO MARQUEZ DIAZ, MARIA ROSALBA MARQUEZ DIAZ. 6- Una porción de terreno con una extensión superficial de Quinientos Sesenta y Siete punto tres Metros Cuadrados (567.03 Mts2), y sus mejoras ubicada en la calle 64, del distrito municipal de Arroyo Dulce, con las colindancias siguientes: al Norte: Israel Matos, al Sur: la calle principal, al Este: Margarita Matos, Oeste: Mary Medina. propiedad del señor TRAJANO ERNESTO PIÑA PEREZ. 7- Una porción de terreno con una extensión superficial de Siete Mil Novecientos Veinte Metros Cuadrados (7,920.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.18-C-1-E, del Distrito Catastral No.7, de la provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Títulos No.2008-003, emitido a nombre de la compañía FACTORIA NUEVA, C. POR A. 8- Una porción de terreno con una extensión superficial de Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco Metros Cuadrados (1,845.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.999, del Distrito Catastral No.04, del municipio de Salcedo, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.87-362, emitido a nombre de PEDRO MARIA GONZALEZ. 9- Dos porciones de terrenos cuya sumatoria conforma una extensión superficial de Cinco Mil Ochocientos Treinta y Seis punto Cuarenta y Cuatro (5,836.44 Mts2), ubicadas en la Parcela No.185-171-267-D, del Distrito Catastral No.6, del Distrito Nacional y la Parcela No. 185-171-267-E, del Distrito Catastral No.6, del Distrito Nacional, provista de los correspondientes Certificados de Títulos Nos.95-16027 y 95-16028, emitidos a nombre de GUILDO EBERTO MATOS FERNANDEZ. 10- Una porción de terreno con una extensión superficial de Cinco Mil Metros Cuadrados (5,000.00 Mts2), ubicada dentro de la Parcela No.524 (parte), en el Proyecto AC-26-CANASTA, del Distrito Catastral 2, provincia San Cristóbal. propiedad del señor RAFAEL REYES ALMONTE. 11- Una porción de terreno con una extensión superficial de Ocho Mil Metros Cuadrados (8,000.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.8, del Distrito Catastral No.26, del Distrito Nacional, República Dominicana, provista del correspondiente Certificado de Título No.76-2439, emitido a nombre de LUIS MARIA ANTONIO LUGO RODRIGUEZ. propiedad de PABLO DUQUE MARI y ANA TERESA MARILIN CANAAN POLANCO. 12- Una porción de terreno con una extensión superficial de Mil Cuatrocientos Cuarenta Metros Cuadrados (1,440.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.75, del Distrito Catastral No.04, de la provincia de La Vega, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.1231, emitido a nombre de FRANCISCO DE JESUS SUAREZ INOA. 13- Una porción de terreno con una extensión superficial de Doscientos Metros Cuadrados (200.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.510, del Distrito Catastral No.6, de la provincia Duarte, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.79-232, emitido a nombre de GENOVEVA PAULINO DE PAULINO, propiedad del señor JOSE DARIO CORTORREAL SOLIS. 14- Una porción de terreno con una extensión superficial de Trescientos Setenta y Cinco Metros Cuadrados (375.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.510, del Distrito Catastral No.6, de la provincia Duarte, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Título No.79-232, emitido a nombre de GENOVEVA PAULINO DE PAULINO, propiedad del señor NICOLAS REYES VELEZ. 15- Una porción de terreno con una extensión superficial de Trescientos Metros Cuadrados (300.00 Mts2), ubicada en la Parcela No.510, del Distrito Catastral No.6, de la provincia Duarte, República Dominicana, provisto de la correspondiente Constancia Anotada del Certificado de Título Matricula No.1900009296, emitida a nombre de JUAN JEREMIAS PAULINO, propiedad del señor HENRY PAYANO ABREU. 16- Una porción de terreno con una extensión superficial de Cuatro Mil Doscientos Cincuenta y Tres punto Treinta y Nueve Metros Cuadrados, (4,253.39 Mts2), no registrada, ubicada en la Parcela No.24, Distrito Catastral No.15, del Distrito Municipal de San Francisco de Macorís, provincia Duarte, con las colindancias siguientes: al Norte: carretera San Francisco de Macorís, al Este: Escuela de Pontón y el señor Gilberto Castillo, al Sur: Manuel Nolasco y al Oeste: la misma parcela del señor Justo Castillo, propiedad del señor JOSE DARIO CORTORREAL SOLIS. 17- Varias porciones de terrenos de las cuales se está adquiriendo una extensión superficial de Tres Mil Novecientos Metros Cuadrados (3,900.00), no registradas, ubicadas en la Parcela No.19-D, Distrito Catastral No.7, del Distrito Municipal de La Vega, provincia La Vega, propiedad del señor BIENVENIDO GARCIA CRUZ. 18- Una porción de terreno que mide Tres Mil Metros Cuadrados (3,000.00 Mts2) localizada en el sector de Las Cañitas, municipio San Juan de la Maguana, provincia San Juan, propiedad de los señores RAFAEL ROMERO, CONFESORA MESA Y MIGUEL EMILIO MESA DE SANTOS. 19- Una por una porción de terreno con una extensión superficial de Treinta y Un (31), áreas, equivalentes a ocho (8) tareas, aproximadamente Cinco Mil Treinta y Un Metros Cuadrados, (5,031.00 Mts2) y sus mejoras, ubicada en la parcela No.1-A-2- B, del Distrito Catastral No.8, del Distrito Nacional, provisto del correspondiente Certificado de Titulo No.76-2702, propiedad de ESTHER CELESTE BESONIAS CHENG. 20- Una porción de terreno con una extensión superficial de Mil Cuatrocientos Veintidós punto Sesenta y Nueve Metros (1,422.69), ubicada dentro del ámbito del Distrito Catastral No.8, provincia Santo Domingo, con las colindancias siguiente: al Norte: carretera Duarte, al Este: resto de la parcela, al Sur y al Oeste: la vendedora, dentro de la misma parcela, propiedad de ESTHER CELESTE BESONIAS CHENG. 21- Varias porciones de terrenos con las siguientes extensiones superficiales: 1) Mil Cien Metros Cuadrados (1,100.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Titulo No.71, serie PJ0011625, emitida a nombre de la señora Maritza Hernández Ramírez, 2) Doscientos Veinte Metros Cuadrados (220.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie PJ0010232, emitida a nombre de Cristian Enmanuel Rosario y Madelin Rosario, 3) Trescientos Metros Cuadrados (300.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Titulo No.71, Cuatrocientos Metros Cuadrados (400.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie PJ0005402, emitida a nombre de Engracia Martin Torres, 4) Doscientos Metros Cuadrados (200.00 Mts2), con la matricula 0400005809, emitida a nombre de Mercedes Elpidia Vicente de Colón; Cuatrocientos Metros Cuadrados (400.00 Mts2), con Matricula 0400005808, emitida a nombre de Mercedes Elpidia Vicente de Colón y Marcos Colón; 5) Cuatrocientos Diez Metros Cuadrados (410.00 Mts2), con Matricula 0400006693, emitida a nombre de Maribel Rosario Báez y Claudio Antonio Ruiz Florentino; 6) Cuatrocientos Metros Cuadrados (400.00 Mts2) con Matricula 0400008225, emitida a nombre de Juliana Martínez, 7) Ciento Sesenta Metros Cuadrados (160.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie AA088130, emitida a nombre de Juan Abreu Santos y Jhoselin Hernández; 8) Doscientos Metros Cuadrados (200.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie PJ02023, emitida a nombre de Raymundo Osoria Osoria; 9) Novecientos Metros Cuadrados (900.00 Mts2), con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, emitida a nombre de Yolanda Isabel Hernández Ramírez; 10) Doscientos Veinte Metros Cuadrados (220.00 Mts2), con Matricula No.0400001217, emitida a nombre de Angelita Suarez Duverge de Rosario y Federico Rosario Santana; 11)Trescientos Metros Cuadrados (300.00 Mts2),con Constancia Anotada del Certificado de Título No.71, serie PJ 00022000, emitida a nombre de Juan Arcadio Monegro Martin, cuya sumatoria conforma una extensión superficial de Cinco Mil Cuatrocientos Treinta Metros Cuadrados (5,430.00 Mts2), ubicadas en la Parcela No.6, del Distrito Catastral No.12, del municipio de Cotuí, República Dominicana, propiedad de RAYMUNDO OSORIA OSORIA, MARIBEL ROSARIO BAEZ, CLAUDIO ANTONIO RUIZ FLORENTINO, JULIANA MARTINEZ HIDALGO, ENGRACIA MARTIN TORRES, ANGELITA SUAREZ DUVERGE DE ROSARIO, FEDERICO ROSARIO SANTANA, MARITZA HERNANDEZ RAMIREZ, PETER EUSTIMIO JEREZ MOYA, JUAN ABREU SANTOS Y JHOSELIN HERNANDEZ DE SANTOS, YOLANDA ISABEL HERNANDEZ RAMIREZ, MERCEDES ELPIDIA VICENTE VASQUEZ, MARCOS COLON, MADELIN ROSARIO CRISTIAN ENMANUEL ROSARIO, JUAN ARCADIO MONEGRO MARTIN, 22- Una porción de terreno con una extensión superficial de Once Mil Quinientos Sesenta y Nueve punto Cincuenta y Cuatro Metros Cuadrados (11,569.54 Mts2), ubicada en la Parcela No[cédula]., del Distrito Catastral No.2, de la provincia San Cristóbal, República Dominicana, propiedad del señor LUIS MODESTO ROA ORTIZ. 23- a) Una porción de terreno de 8,640.00 mts2, dentro del ámbito de la parcela 217-ref. del Distrito Catastral No.3, de Puerto Plata; b) una porción de terreno de 7,200.00 mts2, dentro del ámbito de la parcela 217-ref. del Distrito Catastral No.3, de Puerto Plata, c) una porción de terreno de 2,500.00 Mts2, dentro del ámbito de la parcela 217-ref. del Distrito Catastral No.3, de Puerto Plata; d), una porción de terreno de 7,200.00 Mts2 dentro del ámbito de la parcela 217-ref. del Distrito Catastral No.3, de Puerto Plata, propiedad del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA. ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación de las mismas. PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho de propiedad al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación. PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública, mediante el presente decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar, de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos por el Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, modificada por la Ley No.700, del 31 de julio del 1974. ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto por la Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943. ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, a los Registradores de Títulos correspondientes, y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona