miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 328-13

que extiende hasta el 15 de febrero de 2014, el plazo para la conclusión del proceso del Pacto Nacional para la Reforma Educativa

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 nov de 2013fecha
Otrostipo
G. O. 10737Gaceta Oficial del 15 dic de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 328-13 que extiende hasta el 15 de febrero de 2014, el plazo para la conclusión del proceso del Pacto Nacional para la Reforma Educativa. G. O. No. 10737 del 15 de diciembre de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 328-13 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana, en su Artículo 63, consagra el derecho de toda persona a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34, de la Ley No.1-12, del 25 de enero de 2012, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, en lo relativo al Pacto Nacional para la Reforma Educativa, consigna la necesidad de que las fuerzas políticas, económicas y sociales arriben a un pacto que impulse las reformas necesarias para elevar la calidad, cobertura y eficacia del sistema educativo en todos sus niveles, y preparar a la población dominicana para actuar en la sociedad del conocimiento. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34, de la citada Ley No.1-12, también indica que el referido pacto explicitará un conjunto de acciones, sostenibles en el largo plazo, dirigidas a dignificar la profesión docente, dotar al sistema educativo de la infraestructura y los recursos necesarios, así como de un sistema apropiado de evaluación de la calidad educativa y de sus resultados. Igualmente, explicitará los compromisos asumidos por el Estado, la comunidad educativa y demás instancias de la sociedad civil con capacidad para incidir en la mejoría del sistema educativo. CONSIDERANDO: Que el Artículo 15, de la Ley No.1-12, establece que deberá promoverse la participación social en la formulación, ejecución, auditoría y evaluación de las políticas públicas, mediante la creación de espacios y mecanismos institucionales que faciliten la corresponsabilidad ciudadana, la equidad de género, el acceso a la información, la transparencia, la rendición de cuentas, la veeduría social y la fluidez en las relaciones Estado-sociedad. CONSIDERANDO: Que la condición de Estado Social y Democrático de Derecho consagrada en la Constitución hace indispensable la participación y el compromiso de todos los actores que inciden directa o indirectamente en el proceso educativo para superar los problemas evidenciados en el sistema educativo, en todos sus niveles y sectores, que impiden el logro de los objetivos de acceso y calidad consagrados en la Constitución y las leyes. CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 228-13, que convoca al Pacto Nacional para la Reforma Educativa, establece que el mismo deberá ser el resultado de un proceso que incluya las fases de consulta, discusión, concreción y firma de compromisos asumidos por el Estado, la comunidad educativa y demás instancias de la sociedad civil con capacidad para incidir en la mejoría del sistema educativo; y que la metodología de conducción del proceso deberá establecer los plazos, condiciones y términos de cada una de las cuatro fases mencionadas. CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 228-13, establece que la fase de consulta debe garantizar los medios para que toda persona que tenga interés en abordar la solución de los problemas del sistema educativo pueda expresarse y participar en los términos y tiempos definidos en la metodología; y que los resultados de esta fase deberán ser tomados en consideración en las posteriores fases de discusión, concreción y firma de compromisos. CONSIDERANDO: Que distintas organizaciones del sector social solicitaron la extensión del plazo de la fase de consulta para poder realizar un mayor número de actividades de reflexión y discusión en torno a las distintas propuestas para incluir en el referido pacto. CONSIDERANDO: Que la participación de personas y organizaciones en la fase de consulta generó más de cuarenta y cinco mil propuestas para ser discutidas en las mesas de trabajo. CONSIDERANDO: Que se requiere del tiempo necesario para procesar todas las propuestas realizadas durante la fase de consulta, de forma que se garantice el respeto y consideración de las mismas. CONSIDERANDO: Que el Decreto 228-13, que convoca al Pacto Nacional para la Reforma Educativa, establece que el plazo para la conclusión del proceso del Pacto Nacional para la Reforma Educativa será de tres (3) meses, contados a partir del acto inaugural del evento. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero de 2010. VISTA: La Ley No.1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 25 de enero de 2012. VISTO: El Decreto No.13-05, del 25 de enero de 2005, que crea e integra el Consejo Económico, Social e Institucional, como organismo consultivo del Poder Ejecutivo en materia económica, social e institucional. VISTO: El Decreto 228-13, que convoca al Pacto Nacional para la Reforma Educativa. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO Artículo 1. Se extiende hasta el 15 de febrero de 2014, el plazo para la conclusión del proceso del Pacto Nacional para la Reforma Educativa. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona