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Decreto

Decreto 319-13

que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para construir edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 nov de 2013fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10736Gaceta Oficial del 9 dic de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (23,496 caracteres)
Dec. No. 319-13 que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para construir edificaciones escolares. G. O. No. 10736 del 9 de diciembre de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 319-13 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y por la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE). CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio. CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Párrafo III, del Artículo 8, del Decreto No.625-12, el Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de entregar al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), la relación de la totalidad de las obras a construir durante el año 2013, así como los diseños arquitectónicos de los prototipos de aulas y los solares donde se ubicarán las escuelas. CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones escolares para el año 2013, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias porciones de terrenos, propiedad de particulares, cuya adquisición por parte del Estado amerita ser declaradas de utilidad pública e interés social. VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. VISTO: El Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, que crea el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales serán utilizadas para construir las edificaciones escolares contempladas en los planes de construcción del año 2013: 1. Una porción de terreno con una extensión superficial de Dos Mil Trescientos Metros Cuadrados (2,300.00Mts2), no registrado, en el paraje Los Tocones, municipio de Las Galeras, provincia Samaná, con los linderos colindantes siguientes: al Norte el señor Luis Molina García, al Este la carretera Playa Colorada, al Sur, carretera Playa Colorada y al Oeste el señor Ricardo Fernández propiedad de los señores FRANCISCA CAPELLAN, ERENEO DURAN CAPELLAN, ELADIO CAPELLAN y CARIDAD DURAN CAPELLAN. 2. Una porción de terreno con una extensión superficial de ochocientos ocho metros cuadrados (808.00 mts2), no registrado, ubicada dentro del proyecto AC-87 del Instituto Agrario Dominicano, El Majagual, en el municipio de El Majagual, provincia Samaná, con los linderos colindantes siguientes: al Norte Diómedes, al Este Dr. Cedeño, al Sur Dr. Cedeño y al Oeste, propiedad del señor ELICIO ANTONIO TAVERAS Y GARCIA. 3. Una porción de terreno de ocho mil doscientos metros cuadrados (8,200.00 mts2), ubicada dentro de la Parcela No.61, del Distrito Catastral No.31, ubicada en el municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, identificado mediante carta constancia No.63-1055, expedido a favor del señor JULIO SOSA MEJIA, por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. 4. Una porción de terreno de ocho mil trescientos cincuenta metros cuadrados (8,350.00mts2), identificado mediante Matricula No.0100093904, con la Designación Catastral No.[cédula], del municipio Los Alcarrizos, provincia Santo Domingo, expedido a favor del señor PEDRO DE JESUS MUSA VELAZQUEZ, por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional. 5. Una porción de terreno de nueve mil metros cuadrados (9,000.00mts.2), ubicada dentro de la Parcela No.100-E, del Distrito Catastral No.5, ubicada en el municipio San Francisco de Macorís, provincia Duarte, identificado mediante Certificado de Titulo No.76-128, expedido a favor del señor David Antonio Vargas Alonzo, propiedad de los señores DAVID ANTONIO VARGAS ALONZO y SERGIA ELENA DE LOS ANGELES JAVIER. 6. Una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil trescientos noventa y seis punto ochenta y cinco metros cuadrados (4,396.85mts2), no registrado, con las colindancias siguientes: al Norte, Luis José Cosme, al Sur: calle Ercilia Pepín, Gregoria Hernandez y Silverio Camilo, al Este, Rio Saldado y al Oeste, Luis José Cosme, propiedad del señor GILBERTO JAVIER SARANTE. 7. Una porción de terreno de tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho punto setenta y dos metros cuadrados (3,448.72 mts2), ubicada dentro de la Parcela No.40-D, del Distrito Catastral No.12, ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, cuyas colindancias son los siguientes: al Norte, un camino vecinal, al Sur, resto de la Parcela 40-D, al Este, autopista Duarte Vieja y al Oeste, carretera Duarte Vieja, propiedad de de los señores ISABEL NAVARRETE TREMUS Y ANGEL DEL CID GAZQUEZ. 8. Una porción de terreno de mil novecientos sesenta y un metros cuadrados (1,961 mts2), ubicada dentro de la parcela No.40-D, del Distrito Catastral No.12, ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, cuyos colindantes son los siguientes: al Norte, una iglesia evangélica, al Sur, carretera principal, al Este, autopista Duarte Vieja y al Oeste, carretera Duarte Vieja, propiedad de la señora AMPARO LUCILA SUAREZ GARCIA. 9. Una porción de terreno de ciento noventa metros cuadrados (190.00 mts2), no registrado, ubicada dentro de la Parcela No.309, Distrito Catastral No.6, ubicada en el paraje Los Chicharrones, municipio de Sánchez, provincia Samaná, con los linderos colindantes siguientes: al Norte y Oeste resto de la Parcela 309, al Sur, carretera Vieja Sánchez-Nagua y al Este la Escuela Básica Rafael Alvarado, propiedad del señor JUAN PEÑA Y FERNANDEZ. 10. .Una porción de novecientos noventa y nueve punto cuarenta y seis metros cuadrados (999.46 mts2), no registrado, ubicada dentro de la Parcela No. 309, Distrito Catastral No.6, ubicado en el paraje Los Chicharrones, municipio de Sánchez, provincia Samaná, con los linderos colindantes siguientes: al Norte resto de la Parcela 309, al Este Domingo Antonio Estrella Capellán, al Sur carretera Vieja Sánchez-Nagua y al Oeste Escuela Básica Rafael Alvarado, propiedad de la señora CECILIA LANTIGUA. 11. Una porción de terreno de ochocientos dieciséis punto setenta y cuatro metros cuadrados (816.74.00mts2), no registrado, ubicada dentro de la Parcela No.309, Distrito catastral No.6, en el paraje Los Chicharrones, municipio de Sánchez, provincia Samaná, con los linderos colindantes siguientes: al Norte y Este resto de la Parcela 309, al Sur, Carretera Vieja Sánchez-Nagua y al Oeste la señora Brunilda Javier, propiedad del señor DOMINGO ANTONIO ESTRELLA CAPELLAN. 12. Una porción de terreno de trescientos quince metros cuadrados (315.00 mts2), no registrado, ubicada dentro de la Parcela No.309, Distrito Catastral No.6, ubicada en el paraje Los Chicharrones, municipio de Sánchez, provincia Samaná, con los linderos colindantes siguientes: al Norte y Este la Escuela y el señor Domingo Estrella, al Sur carretera Vieja Sánchez-Nagua y al Oeste Escuela Básica Rafael Alvarado, propiedad de la señora BRUNILDA DE LA CRUZ JAVIER. 13. Una porción de terreno de dos mil quinientos quince metros cuadrados (2,515,00 mts2), ubicada dentro de la parcela No.6, del Distrito Catastral No.3, ubicada en la provincia de Hato Mayor, del Seíbo, identificado mediante Certificado de Título No.318, expedido a favor de la señora Julia Evangelista Goico , expedido por el Registrador de Títulos del Seíbo, propiedad de los señores DIERICK NOEL GOICO FAMILIA, ALEXIS JUAN DE DIOS GOICO ESTRADAS, MARIA GERMANIA GOICO DOMINGUEZ, SADDAM SELENIA GOICO UBIERA. 14. Una porción de terreno con una extensión superficial de quinientos ochenta metros cuadrados (580.00 mts2), no registrado, con las colindancias siguientes: al Norte, el camino de Potre Carrera, al Sur señor Tomás Aquiles Fortuna, al Este, Centro Educativo La Jagua y al Oeste propiedad de Manuel Montero Quezada, propiedad del señor VICENTE MORA ADAMES. 15. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil trescientos veinte metros cuadrados (1,320.00 mts2), no registrado, con las colindancias siguientes: al Norte, el camino de Potre Carrera, al Sur señor Tomás Aquiles Fortuna, Al Este, Centro Educativo La Jagua y al Oeste propiedad de Manuel Montero Quezada, propiedad del señor MARCOS MONTERO QUEZADA. 16. Una porción de terreno de dos mil metros cuadrados (2,000,00 mts2), ubicada dentro de la parcela No.63, del Distrito Catastral No.06, ubicado en el municipio de Sánchez, provincia de Samaná, identificado mediante Certificado de Título Matricula No.3000087372, expedido a favor de las señoras EROTILDE JIMÉNEZ CALCAÑO Y AGUSTINA JIMÉNEZ CALCAÑO , por el Registrador de Títulos de Samaná. 17. Una porción de terreno de tres mil ochocientos veintisiete punto dieciséis metros cuadrados (3,827.16 mts2), con Designación Catastral No. [cédula], ubicada en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, identificado con la Matricula No.3000072889, expedido a favor del señor MIGUEL GUERRERO RAMIREZ, por el Registrador de Títulos de Higüey. 18. Una porción de terreno de Cuatro Mil Ochocientos Doce punto Ochenta y Cuatro Metros Cuadrados (4,812.84Mts2), con Designación Catastral No.[cédula], ubicada en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, identificado con la Matricula No.3000072888, expedido a favor del señor MIGUEL GUERRERO RAMIREZ. 19. Una porción de terreno de trescientos treinta y seis metros cuadrados (336.00mts2), no registrado, ubicada en la sección de Canta La Rana, municipio y provincia Barahona, con los linderos colindantes siguientes: al Norte propiedad de Matuca, , al Sur, propiedad de Alejandro Martínez, al Este calle en proyecto y al Oeste calle en proyecto, propiedad de la señora ELSA MARTI VALERA. 20. Una porción de terreno de mil ochocientos metros cuadrados (1,800.00 mts2), no registrado, en el paraje Higüero, municipio de Enriquillo, provincia Barahona, con los linderos colindantes siguientes: al Norte la señora Altagracia Medina, al Este Humberto Matos, al Sur, carretera real y al Oeste Escuela Real El Higüero, propiedad del señor DANIEL EMILIO CASTILLO SANCHEZ. 21. Una porción de terreno de ocho mil seiscientos cuarenta metros cuadrados (8,640.00 mts2), ubicada dentro del Distrito Catastral No.09, ubicada en Villa Esmeralda, provincia de Puerto Plata, con los colindantes siguientes: al Norte Parcela 175, al Sur Parcela 175, al Este el Ayuntamiento y Al Oeste Parcela 175, propiedad de la compañía, LUIS GINEBRA SUCESORES, C. POR A.. 22. Una porción de terreno con una extensión de dos mil metros cuadrados (2,000.00 mts2), ubicada en el sector El Limón, municipio de Santo Domingo Oeste, provincia, Santo Domingo, dentro del ámbito de la Parcela No.2640, del Distrito Catastral No.21, con los linderos siguientes; al Norte el señor Isidro Pineda; al Sur la señora Antonia Ramírez; al Este el Rio Higüero y carretera El Limón; al Oeste la señora Martina Pineda, propiedad del Instituto Agrario Dominicano (IAD) y usufructuada por los señores MODESTO PINEDA MILIANO y DOMINGA PUELLO DE PINEDA. 23. una porción de terreno de tres mil seiscientos metros cuadrados (3,600.00 mts2) , ubicada en el municipio de San José de Las Matas, provincia Santiago, identificado mediante carta constancia No.122 (Anotación No.3), expedido a favor del señor AGUSTIN MARIA ESPINAL TAVERAS, por el Registrador de Títulos Santiago. 24. una porción de terreno que mide siete mil doscientos metros cuadrados (7,200 mts2), localizada dentro del ámbito de la Parcela No.684 del Distrito Catastral No.2 del municipio de las Matas de Farfán, provincia San Juan, propiedad de la señora EUSTACIA MARTINEZ. 25. Una porción de terreno con una extensión superficial de tres mil metros cuadrados (3,000.00 mts2), con las colindancias siguientes: al Norte, propiedad del señor Florentino Romero, al Sur Camino de Penetración, al Este, propiedad de Chichí Piedra y al Oeste la Escuela Laguna Prieta, propiedad del señor LUIS DECIMO. 26. Una porción de terreno con una extensión superficial de novecientos veinte y cuatro metros cuadrados (924.00mts2), no registrado, con las colindancias siguientes: al Norte, propiedad del señor Florentino Romero, al Sur la Escuela Laguna Prieta, al Este, propiedad del señor Luis Decimo y al Oeste un camino vecinal, propiedad del señor ENRIQUE DESCHAMPS HIDALGO. 27. Una porción de terreno de tres mil doscientos cincuenta metros cuadrados (3,250.00mts2), ubicada dentro de la parcela No.37-B-4, del Distrito Catastral No.14, ubicada en el municipio y provincia La Vega, identificado mediante Certificado de Titulo No.96-88 expedido a favor del señor ARIDIS DURAN. 28. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil doscientos metros cuadrados (7,200.00 mts2), ubicada en la Parcela No.386, del Distrito Catastral No.8, del municipio de Baní, provincia Peravia, República Dominicana, provisto del Certificado de Título No.23234, emitido a favor de ANNERYS MARINA CASTILLO PEÑA, VIRGILIO ANIBAL CASTILLO PEÑA y COMPARTES. 29. Una porción de terreno de cinco mil cuatrocientos metros cuadrados (5,400.00 mts2), ubicada dentro de la parcela No.8, del Distrito Catastral No.04, ubicada en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, identificado mediante Certificado de Titulo Matricula No.2000001731, expedido a favor del señor MODESTO DE LOS SANTOS. 30. Una porción de terreno de cuatro mil trescientos veinte metros cuadrados (4,320.00 mts2), ubicada dentro de la Parcela No.2514, del Distrito Catastral No.11, ubicada en el municipio de Licey al Medio, provincia Santiago, identificada mediante el Certificado de Titulo No.146, expedido por el Registro de Título de la provincia de Santiago, emitido a favor de los señores HONORINA DE JESUS ALBA JIMENES DE CASTILLO, fallecida y RAFAEL EDUARDO CASTILLO ALBA, JULIAN ROBERTO DE JESUS CASTILLO ALBA, CRISTIAN HUMBERTO ALEJANDRO CASTILLO ALBA, FRANCISCO REYNALDO CASTILLO ALBA, CARLOS PORFIRIO CASTILLO ALBA y GREGORIA DE LOS ANGELES CASTILLO ALBA. 31. Una porción de terreno con una extensión superficial de ocho mil seiscientos cuarenta metros cuadrados (8,640.00 mts2), ubicada en la Parcela No.266, del Distrito Catastral No.07, del municipio de Yamasá, provincia Monte Plata, República Dominicana, provisto del correspondiente Certificado de Títulos No.1445, emitido a favor de JULIA DE LOS SANTOS Y SUCESORES DE LA CRUZ, por el Registrador de Títulos de San Cristóbal. 32. Un solar con una extensión superficial de sesenta y nueve punto treinta metros cuadrados (69.30mt2), ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, usufructuada por el señor ANTONIO FIGUEROA. 33. El solar con una extensión superficial de ciento dos punto cuarenta metros cuadrados (102.40 mts2), ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, donde tiene levantada la mejora de 6.25 x 6.15 mts., en madera, piso en cemento y techada en zinc, el señor MANUEL DE JESUS PUELLO FIGUEREO. 34. El solar con una extensión superficial de ciento siete punto siete metros cuadrados (107.07 mts2), ubicado en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, donde tiene levantada la vivienda de 10.30 x 8.35 mts. en block, techo de concreto y piso en cerámica, la señora MARIA PUELLO ABAD. 35. Un solar con una extensión superficial de doscientos noventa y tres punto cuatro metros cuadrados (293.04 mts2), ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, donde tiene levantada una vivienda de 9.40 x 6.20 mts de block, piso de cemento y techada de zinc, con verja perimetral en block el señor JOSE MIGUEL REYNOSO SANCHEZ. 36. Un solar con una extensión superficial de ciento sesenta y siete punto cuarenta y cuatro metros cuadrados (167.44mt2), ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, donde tiene levantada una mejora de 8.80 x8.30 mts, en madera y piso de cemento y techada en zinc la señora ROSA HERMINIA JIMENEZ GARCIA. 37. Un solar con una extensión superficial de novecientos cuarenta y cinco metros cuadrados (945 mts2), ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, usufructuado por el señor SANTO CORPORAN REYES. 38. Un solar con un área total de ciento sesenta y cuatro punto ochenta metros cuadrados (164.80 mts2), ubicado en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, donde tiene levantada una mejora en madera, techada en zinc y piso de cemento de unos 7.15 x 6.10Mts. la señora MODESTA JAVIER DE LEON. 39. Una porción de terreno con una extensión superficial de doscientos diecisiete metros cuadrados (217.00 mts2), ubicada en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, usufructuada por el señor CARLOS FLORENTINO ARCINIEGA. 40. Un solar de 22 x14 mts, ubicado en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, donde tiene levantada una vivienda de block, piso de cemento y techado de zinc de dimensiones 9 mts x 5.60, la señora GERTRUDIS ALCANTARA. 41. Un solar con una extensión superficial ciento cincuenta y seis metros cuadrados (156mt2), ubicado en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, usufructuado por el señor JUAN EDILIO BONILLA. 42. Un solar de 6.10 x 18 mts, ubicado en el municipio Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, donde tiene levantada una casa en construcción en block de 6.5 x 10.70 mts., la señora LOURDES GARCIA. 43. Una porción de terreno con una extensión superficial de ciento setenta y tres punto cuatro metros cuadrados (173.04 mts2), ubicada en el municipio Villa Altagracia provincia San Cristóbal, donde tiene levantada una mejora en madera techada zinc y piso en cemento de 10.05 x 16.80 mts, la señora GREGORIA ROSARIO FLORENTINO. 44. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil metros cuadrados (1,000.00 mts2), ubicada en la Parcela No.204, del Distrito Catastral No.3, de la provincia Bahoruco, provisto en el Certificado de Titulo No.1282, expedido por el Registro de Título de Barahona, a favor del señor FELIX CARVAJAL. 45. Una porción de terreno de ocho mil metros cuadrados (8,000.00mts2), ubicada dentro de la parcela No.10, del Distrito Catastral No.31, ubicado en el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, identificado mediante Certificado de Titulo No.63-1033, expedido a favor del señor JOSE ANTONIO OGANDO, por el Registrador de Títulos de Santo Domingo, propiedad de la señora MARQUIRY ALTAGRACIA MEJIA LOPEZ. 46. Una porción de terreno con una extensión superficial de dos mil ochocientos metros cuadrados (2,800.00 mts2), ubicada en la Parcela No.2570-R, del Distrito Catastral No.21, de Santo Domingo, provisto del Certificado de Título Matricula No.3000105622,expedido a nombre de MELITON HERRERA CABRAL. 47. Un solar con una extensión superficial de mil doscientos cincuenta y seis metros cuadrados (1,256.00mt2), ubicada en la sección de El Pinito, municipio de Sabaneta, provincia La Vega, dentro de las colindantes siguientes: al Norte, carretera del Pinito, al Sur, Caño de Parmarejo, al Este Escuela del Pinito y al Oeste, el señor Pedro Mercedes, usufructuada por la señora DANERIS TAVARES CEPEDA. 48. Un solar con una extensión superficial de dos mil quinientos metros cuadrados (2,500 mts2), ubicado en el municipio Neyba, provincia Bahoruco, con los linderos siguientes: al Norte, Radhamés Vitini, al Sur Barrio Las Malvinas, al Este calle prolongación Ángel Miro Santana. al Oeste, señor Francisco Cuevas, usufructuada por el señor CARLOS MANUEL PEREZ CARVAJAR. 49. Una porción de terreno con una extensión superficial veinte y un mil sesenta y siete metros cuadrados (21,067.00 mts2) con la Designación Catastral No.[cédula] del municipio de Los Alcarrizos, provincia Santo Domingo Oeste, identificada mediante el Certificado de Titulo Matricula No. 0100233136, con las colindancias siguientes: al Este, Parcela No.61-A-Resto y calle en proyecto; al Sur, Parcela No.61- A-Resto- Inmobiliaria Pueblo Nuevo; al Oeste, Parcela No. 61-A-Resto; Parque Industrial de Viviendas El Madrigal S.A., expedido por el Registro de Título de Santo Domingo, a favor de la Razón Social ZONA FRANCA DE EXPORTACION LOS ALCARRIZOS, S.A. (ZOFILA). 50. Un solar de cuarenta y un punto ochenta y cinco metros cuadrados (41.85mts2), ubicado en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, con los linderos siguientes: al Norte, la Escuela Villa Nueva, al Sur la Escuela Villa Nueva, al Este, el señor Manuel de Jesús Puello, al Oeste la Escuela Villa Nueva, usufructuada por la señora AURELINA DE LA ROSA ROSARIO. 51. Un solar de ciento veinticinco punto cincuenta y cinco metros cuadrados (125.55 mts2), ubicado en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, con los linderos siguientes: al Norte, la Escuela Villa Nueva, al Sur la Escuela Villa Nueva, al Este, el señor Manuel de Jesús Puello, al Oeste la Escuela Villa Nueva, usufructuada por el señor ANDRES ALCANTARA. ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación de las mismas. PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho de propiedad, al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación. PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública, mediante el presente Decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación. ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar, de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos por el Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, modificada por la Ley No.700, del 31 de julio del 1974. ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto por la Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943. ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, a los Registradores de Títulos correspondientes, y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de noviembre del año dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona