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Decreto

Decreto 257-13

que asciende al rango de General de Brigada, P.N., a 40 coroneles de la Policía Nacional y los retira por antigüedad en el servicio, y dispone el retiro con el disfrute de la pensión correspondiente a 23 coroneles de esa institución

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 sept de 2013fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10729Gaceta Oficial del 25 sept de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 257-13 que asciende al rango de General de Brigada, P.N., a 40 coroneles de la Policía Nacional y los retira por antigüedad en el servicio, y dispone el retiro con el disfrute de la pensión correspondiente a 23 coroneles de esa institución. G. O. No. 10729 del 25 de septiembre de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 257-13 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1.- Quedan ascendidos al rango de General de Brigada y puestos en condición de retiro, con disfrute de la pensión correspondiente por antigüedad en el servicio, los siguientes oficiales superiores: 1) Coronel Francisco A. De Los Santos Lazala, P.N. 2) Coronel Bemavé Ventura, P.N. 3) Coronel Pablo Ramón Nova Cuevas, P.N. 4) Coronel Lic. Manuel R. Acosta Reynoso, P.N. 5) Coronel Juan Manuel Cabral Baldera, P.N. 6) Coronel Claudio De Jesús Santana De La Cruz, P.N. 7) Coronel Lic. Milton J. Almonte Morrobel, P.N. 8) Coronel Pantaleón Hernández, P.N. 9) Coronel Lic. Felipe R. Herasme Acosta, P.N. 10) Coronel Ing. Ángel Miguel Peroso Torres, P.N. 11) Coronel Lic. Bienvenido Vásquez Francisco, P.N. 12) Coronel Lic. Julián Hernández, P.N. 13) Coronel Miguel Andrés Abréu Suriel, P.N. 14) Coronel Lic. Juan Vólquez, P.N. 15) Coronel Nelson Manuel Peña, P.N. 16) Coronel Dr. Ramón A. Rosario Pichardo, P.N. 17) Coronel Rubén D. Castro Pérez, P.N. 18) Coronel Lic. Juan Antonio Mejía Pimentel, P.N. 19) Coronel Vicente Hilario Ventura, P.N. 20) Coronel Juan Antonio Lora Castro, P.N. 21) Coronel Lic. Julio A. Sánchez Peguero, P.N. 22) Coronel Isidro Luciano Aquino, P.N. 23) Coronel Lic. Héctor Rafael Rojas Cruz, P.N. 24) Coronel José Luis Pérez Gómez, P.N. 25) Coronel Lic. Casimiro L. Colón Santana, P.N. 26) Coronel Lic. Juan L. González Reynoso, P.N. 27) Coronel Lic. Lucas Valenzuela Valenzuela, P.N. 28) Coronel Neggia Fior D'alisa Medina Medina, P.N. 29) Coronel Abogado Dra. Seila A. De Los Santos Maldonado, P.N. 30) Coronel Abogado Dr. Cesar A. Peralta Jiménez, P.N. 31) Coronel Abogado Dr. Jesús E. Cordero Paredes, P.N. 32) Coronel Abogado Dr. Eufemio Amparo Brito, P.N. 33) Coronel Médico Dra. Ana Josefa Suárez Disla, P.N. 34) Coronel Médico Dr. Cristóbal Fernández Peña, P.N. 35) Coronel Médico Octavio R. Velásquez Miguel, P.N. 36) Coronel Médico Dr. Antonio Ramírez Castillo, P.N. 37) Coronel Médico Dr. Santo Jiménez Páez, P.N. 38) Coronel Psicólogo Sandra Yocasta Mateo De Jáquez, P.N. 39) Coronel C.P.A. Lic. Juan Bautista Gervacio Oviedo, P.N.; y 40) Coronel C.P.A. Licda. Ana Isabel Ulloa Henríquez, P.N. ARTÍCULO 2.- Quedan puestos en condición de retiro, con disfrute de la pensión correspondiente por antigüedad en el servicio, los siguientes oficiales superiores: 1) Coronel Lic. Nelson A. Jiménez Cabral, P.N. 2) Coronel Dr. Félix Ml. Guerrero Beltré, P. N. 3) Coronel Catalino Suárez Genao, P.N. 4) Coronel Isidro Cordero, P.N. 5) Coronel Antonio Blas Díaz Cuevas, P.N. 6) Coronel Cristino Adames y Adames, P.N. 7) Coronel Manuel De Los Santos S. Gómez Urbáez, P.N. 8) Coronel Ruperto Pérez Pérez, P.N. 9) Coronel Alejo Evangelista Brito, P.N. 10) Coronel Luis Gonzalo Díaz Encamación, P.N. 11) Coronel Enemencio Feo. Guzmán Vargas, P.N. 12) Coronel Lic. Sotero Martínez Magallanex, P.N. 13) Coronel Lic. Darío Castillo Corporán, P.N. 14) Coronel José De Los Santos Torres Matos, P.N. 15) Coronel Lic. Héctor Manuel Pérez Piña, P.N. 16) Coronel Bibiano D'Oleo Encamación, P.N. 17) Coronel Domingo Antonio De León Martínez, P.N. 18) Coronel Abogado Ramón Capellán Féliz, P.N. 19) Coronel Abogado Dr. Juan S. Rojas Aquino, P.N. 20) Coronel Abogado Dr. Femando Belén Barías, P.N. 21) Coronel Abogado Lic. Sergio Antonio Naut González, P.N. 22) Coronel Médico Sara Raquel De La Paz Matos, P.N.: y 23) Coronel C.P.A. José Enrique Ruiz Mejía, P.N. ARTÍCULO 3.- Envíese al Ministerio de Interior y Policía y a la Jefatura de la Policía Nacional para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de septiembre del año dos mil trece (2013), años 170 de la independencia y 151 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona