Texto de la norma
Dec. No. 303-13 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a
varias personas. G. O. No. 10734 del 19 de noviembre de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 303-13
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias Nos. 13393 del 9 de octubre de 2013; 9938 del 29 de julio de
2013; 8924 del 11 de julio de 2013; 7187 del 3 de junio de 2013; 5519, 5517, 5515, 5512,
5509, del 3 de mayo de 2013; 3935 del 22 de marzo de 2013; 0958, del 24 de enero de
2013; 12324 del 12 de septiembre de 2012; 0582 del 13 de enero de 2012, que por conducto
del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos
nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las
personas que se indican a continuación:
1.
A la menor Celeste Victoria Lugtmeijer, de nacionalidad argentina.
2.
Al señor Tarek Darwich Darwich, de nacionalidad palestina.
3.
Al señor Enrique Juan José Domene, de nacionalidad argentina y a su esposa, la
señora Asunción Pose Paredes, de nacionalidad española.
4.
Al señor Francisco Vega Plata, de nacionalidad española.
5.
A la señora Lin Lam, de nacionalidad china.
6.
Al señor Nnamdi Christopher Onyeajum, de nacionalidad nigeriana.
7.
Al señor Hugues Marie Beluche, de nacionalidad francesa.
8.
Al señor Luigi Amato Gerace, de nacionalidad italiana.
9.
Al señor Keven Naseri, de nacionalidad canadiense.
10. Al señor Le Roy Richard Durandetto, de nacionalidad estadounidense.
11. Al señor Marcel García Pino, de nacionalidad cubana.
12. A la señora Esther Yanira Pino Moreno, de nacionalidad cubana.
13. A la señora Anna Dmitryevna Zhukovskaya, de nacionalidad rusa.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre del año dos mil trece
(2013), años 170 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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