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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 204-13

que asigna pensiones especiales del Estado a varios sindicalistas, por un monto de RD$20,000.00 a cada uno

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 jul de 2013fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10719Gaceta Oficial del 16 jul de 2013
Poder Ejecutivoórgano
31personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Federico VásquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Adriano Laché BelénEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Andrés Balbí CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sergido Manuel Castillo HerediaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes José MeloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Pérez RamírezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Isidro Rivera SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Santana AmadorEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
José Antonio Espinal BonillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Javier JiménezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sergio Abréu CorcinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Rincón ValverdeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andrés BastardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ángel Javier EspinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hugo Amaury Mateo MéndezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Emilio OzoriaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio César Severino SmithEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Bautista NúñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eliana María RossisEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Anastacio GonzálezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alcibíades de Jesús Luis CorsinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dagnis Altagracia Mateo SorianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Xenia Fauzia Miguelina Vallejo ManceboEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Rosa Díaz MirabalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Manuel Santiago LucianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ydelsa Antonia Santos Guzmán de MartínezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antonio Chery MorelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nereida FigueroaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Vitalia Vargas de FélizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Norgel Linares RincónPensión—
Eliseo Vicioso MonteroPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 204-13 que asigna pensiones especiales del Estado a varios sindicalistas, por un monto de RD$20,000.00 a cada uno. G. O. No. 10719 del 16 de julio de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 204-13 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. VISTO: El oficio No.PR-IN-2013-12611, del 13 de mayo de 2013, por el Ministro Administrativo de la Presidencia. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano por un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$ 20,000.00) mensuales, a las personas que se detallan a continuación: 1. Al señor Federico Vásquez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 2. Al señor Adriano Laché Belén, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 3. Al señor Juan Andrés Balbí Castillo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 4. Al señor Sergido Manuel Castillo Heredia, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 5. A la señora Mercedes José Melo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 6. Al señor Pablo Pérez Ramírez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 7. Al señor Juan Isidro Rivera Santos, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 8. Al señor José Santana Amador, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 9. Al señor José Antonio Espinal Bonilla, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 10. Al señor Javier Jiménez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 11. Al señor Sergio Abréu Corcino, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 12. Al señor Norgel Linares Rincón, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 13. Al señor Pablo Rincón Valverde, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 14. Al señor Andrés Bastardo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 15. Al señor Ángel Javier Espino, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 16. Al señor Hugo Amaury Mateo Méndez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 17. Al señor Luis Emilio Ozoria, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 18. Al señor Julio César Severino Smith, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 19. Al señor Juan Bautista Núñez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 20. A la señora Eliana María Rossis, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 21. Al señor Anastacio González, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 22. Al señor Alcibíades de Jesús Luis Corsino, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 23. A la señora Dagnis Altagracia Mateo Soriano, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 24. A la señora Xenia Fauzia Miguelina Vallejo Mancebo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 25. A la señora Ana Rosa Díaz Mirabal, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 26. Al señor Carlos Manuel Santiago Luciano, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 27. Al señor Eliseo Vicioso Montero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 28. A la señora Ydelsa Antonia Santos Guzmán de Martínez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 29. Al señor Antonio Chery Morel, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 30. A la señora Nereida Figueroa, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. 31. A la señora Vitalia Vargas de Féliz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula]. ARTÍCULO 2. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. PÁRRAFO: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 3. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique. ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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