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Dec. No. 230-13 que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por
parte del Estado dominicano de varias porciones de terrenos en distintos municipios
del país, para construir edificaciones escolares. G. O. No. 10724 del 20 de agosto de
2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 230-13
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el
Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) e integrado por las dependencias
relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y por la Oficina de
Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará
con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de
los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio.
CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone el Párrafo III, del Artículo 8, del Decreto
No.625-12, el Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de entregar al Ministerio de
Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de
Obras del Estado (OISOE), la relación de la totalidad de las obras a construir durante el año
2013, así como los diseños arquitectónicos de los prototipos de aulas y los solares donde se
ubicarán las escuelas.
CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones
escolares, para el año 2013, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias
porciones de terrenos, propiedad de particulares, cuya adquisición por parte del Estado
amerita ser declaradas de utilidad pública e interés social.
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiación.
VISTO: El Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, mediante el cual se creó el
Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones (MOPC).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del
Estado dominicano de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales
serán utilizadas para construir las edificaciones escolares contempladas en los planes de
construcción del año 2013:
1. Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,372.26 metros cuadrados,
dentro de la Designación Catastral No.[cédula], ubicada en el municipio de San
Francisco de Macorís, provincia Duarte, amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1900003121, propiedad del señor GIBRÁN
ABUKARMA MARTÍNEZ.
2. Veintinueve porciones de terrenos: 1) una porción de terreno con una extensión
superficial de 378.69 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031059; 2) una porción de terreno con una extensión superficial de 315.28
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031060; 3) una porción
de terreno con una extensión superficial de 423.77 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031061; 4) una porción de terreno con una
extensión superficial de 388.96 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031062; 5) una porción de terreno con una extensión superficial de 354.22
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031063, 6) una porción
de terreno con una extensión superficial de 357.42 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031064; 7) una porción de terreno con una
extensión superficial de 264.92 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031065; 8) una porción de terreno con una extensión superficial de 301.84
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031066; 9) una porción
de terreno con una extensión superficial de 362.29 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031067; 10) una porción de terreno con una
extensión superficial de 393.81 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031068; 11) una porción de terreno con una extensión superficial de 425.20
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031069; 12) una porción
de terreno con una extensión superficial de 399.97 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031070; 13) una porción de terreno con una
extensión superficial de 397.26 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031071; 14) una porción de terreno con una extensión superficial de 399.99
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031072; 15) una porción
de terreno con una extensión superficial de 220.70 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031197; 16) una porción de terreno con una
extensión superficial de 239.98 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031198; 17) una porción de terreno con una extensión superficial de 238.59
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031199; 18) una porción
de terreno con una extensión superficial de 209.98 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031200; 19) una porción de terreno con una
extensión superficial de 213.54 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031201; 20) una porción de terreno con una extensión superficial de 217.07
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031202; 21) una porción
de terreno con una extensión superficial de 224.12 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031204; 22) una porción de terreno con una
extensión superficial de 227.65 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031205; 23) una porción de terreno con una extensión superficial de 240.00
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031212; 24) una porción
de terreno con una extensión superficial de 240.00 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031213; 25) una porción de terreno con una
extensión superficial de 240.00 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031214; 26) una porción de terreno con una extensión superficial de 240.00
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031215; 27) una porción
de terreno con una extensión superficial de 239.99 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.1000031216; 28) una porción de terreno con una
extensión superficial de 240.01 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.1000031217, y 29) una porción de terreno con una extensión superficial de 220.60
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.1000031203; todas las
porciones ubicadas en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, propiedad del
señor DOMINGO TAVÁREZ ARECHE.
3. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.665-B, del Distrito Catastral No.8, ubicada en el
municipio de Azua, provincia Azua de Compostela, amparada por la Constancia
Anotada, identificada con la Matrícula No.0500002706, propiedad de la sociedad
comercial GARGOCA CONSTRUCTORA, S.R.L., con Registro Nacional de
Contribuyente (RNC) No.101045337.
4. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,920.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.1, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el
municipio de Las Matas de Farfán, provincia San Juan, amparada por la Constancia del
Certificado de Título No.367, propiedad del señor LAUTERIO ENCARNACIÓN
CASTILLO.
5. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,920.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.10-D, del Distrito Catastral No.31, ubicada en el
Distrito Nacional, amparada por el Certificado de Título No.95-16699, propiedad de los
señores JOSÉ ANTONIO NÚÑEZ PAULINO y ESTELA MARÍA MARTÍNEZ
BOBIER.
6. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,920.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.20-A, del Distrito Catastral No.18, ubicada en el
municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, amparada por la
Constancia Anotada en el Certificado de Título No.93-9268, propiedad de la señora
ARGENTINA BRAZOBÁN DE LOS SANTOS.
PÁRRAFO: El citado inmueble fue adquirido mediante el contrato de venta del 5 de
mayo de 2011, por los señores FEDERICO ANTONIO HERNÁNDEZ ALBUEZ,
casado con la señora María Genoveva Acosta de Hernández, ROBERTO PEGUERO
ALBUEZ, casado con la señora Severa Luciano Ruiz y GABINO JOSÉ
HERNÁNDEZ PIMENTEL, casado con la señora Esmaira Araceli Santana Peguero.
7. Una porción de terreno con una extensión superficial de 2,462.09 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.94-F, del Distrito Catastral No.5, ubicada en el
municipio de Sosúa, provincia Puerto Plata, amparada por la Constancia Anotada en el
Certificado de Título No.18, propiedad del señor RAMÓN EMILIO RUIZ.
8. Una porción de terreno con una extensión superficial de 2,880.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.18-C, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el
municipio de Santiago, provincia Santiago, amparada por la Constancia Anotada en el
Certificado de Título No.11, propiedad del señor ANÍBAL FRANCISCO SANTANA
GERMOSÉN.
9. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,040.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.1-REF-240, del Distrito Catastral No.02, ubicada en
el municipio de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, amparada por el Certificado de
Título, identificado con la Matricula No.3000019451, propiedad de los señores
MARIO ANTONIO COLLADO GONZÁLEZ y OLGA ALTAGRACIA DEL
CARMEN COLLADO GONZÁLEZ.
10. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,345.50 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.63, del Distrito Catastral No.03, ubicada en el
municipio de Mao, provincia Valverde, amparada por la Constancia Anotada en el
Certificado de Título No.82, propiedad de la señora ROSA HERMINIA ZAPATA
SÁNCHEZ.
11. Una porción de terreno con una extensión superficial de 2,880.00 metros cuadrados,
dentro de la Designación Catastral No.[cédula], ubicada en el municipio de Las
Matas de Farfán, provincia San Juan, amparada por Certificado de Título, identificado
con la Matrícula No.2000002933, usufructuada por el señor MANUEL OTILIO
LORENZO.
12. Una porción de terreno con una extensión superficial de 3,600.00 metros cuadrados,
ubicada en el municipio de Vicente Noble, provincia Barahona, con los siguientes
linderos: AL NORTE: La Hembra, Antonio Cuevas y Canal Agrícola; AL ESTE:
Simeón Heredia, Julio Vargas y Nelis Santana; AL SUR: Camino Finca del Cerro y AL
OESTE: Prolongación Calle Vivian Campos, usufructuada por el señor ONULFO
CAMPOS SANTANA.
13. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,040.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.315, del Distrito Catastral No.6, ubicada en el
municipio de Barranca, provincia La Vega, amparada por la Constancia Anotada en el
Certificado de Título No.70, propiedad del señor EMILIANO JOSÉ DE LEÓN
NÚÑEZ, por sucesión de su madre, la finada PRUDENCIA NÚÑEZ DE LEÓN.
14. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,640.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.22, del Distrito Catastral No.16.4, ubicada en el
municipio de San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís, amparada por el
Certificado de Título No.99-161, propiedad de la compañía BELLEZA ALLU, C.
POR A., con RNC.
15. Siete porciones de terrenos: 1) una porción de terreno con una extensión superficial de
487.68 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.0600003185; 2) una porción de terreno con una extensión superficial de 544.57
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.0600003186; 3) una porción
de terreno con una extensión superficial de 325.31 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.0600003187; 4) una porción de terreno con una
extensión superficial de 336.07 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.0600003188; 5) una porción de terreno con una extensión superficial de 458.57
metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral No.[cédula], amparada por
el Certificado de Título, identificado con la Matrícula No.0600003190; 6) una porción
de terreno con una extensión superficial de 300.11 metros cuadrados, dentro de la
Designación Catastral No.[cédula], amparada por el Certificado de Título,
identificado con la Matrícula No.0600003191; 7) una porción de terreno con una
extensión superficial de 388.90 metros cuadrados, dentro de la Designación Catastral
No.[cédula], amparada por el Certificado de Título, identificado con la Matrícula
No.0600003192; todas las porciones ubicadas en el municipio de Enriquillo, provincia
Barahona, propiedad del señor PEDRO VINICIO GALARZA SÁNCHEZ.
16. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,489.61 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.161, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el
municipio de Santiago, provincia Santiago, amparada por la Constancia Anotada en el
Certificado de Título No.184, propiedad de los señores HORTENSIA ARMIDA
FERRERAS MOREL DE REYES y LUIS ANTONIO REYES LUCIANO.
17. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,640.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.323-REF-4, del Distrito Catastral No.02, ubicada en
el municipio de Constanza, provincia La Vega, amparada por la Constancia Anotada,
identificada con la Matrícula No.0300024492, propiedad del señor JOSÉ MANUEL
ORTIZ DELGADO
18. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,920.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de la Parcela No.3-REFORMADA-A-37, del Distrito Catastral
No.17, ubicada en el municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo,
amparada por el Certificado de Título No.95-15782, propiedad del señor CECILIO
RODRÍGUEZ CORNELIO.
19. Una porción de terreno con una extensión superficial de 3,240.00 metros cuadrados,
dentro del ámbito de las Parcelas Nos.3457, 3458 y 3459, del Distrito Catastral No.4,
ubicada en el municipio de Vicente Noble, provincia Barahona, amparada por la
Decisión No.18, del 21 de enero del 1980, emitida por el Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original de Barahona, usufructuada por los señores FÉLIX BATISTA
MÉNDEZ, EULALIA SANTANA DE LA CRUZ y DANILO ROSARIO
MÉNDEZ.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las
referidas porciones de terrenos, el Director General de Bienes Nacionales realizará todos
los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con
las leyes, para obtener la expropiación de las mismas.
PÁRRAFO I. Para facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las
referidas porciones de terreno deberán presentar los documentos probatorios del derecho de
propiedad, al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación.
PÁRRAFO II. Las porciones de terrenos declaradas de utilidad pública, mediante el
presente Decreto, serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 3. Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los
indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar,
de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales
exigidos por el Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, modificada por la
Ley No.700, del 31 de julio del 1974.
ARTÍCULO 4. La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas
porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto
por la Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13,
de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943.
ARTÍCULO 5. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado,
a los Registradores de Títulos correspondientes, y al Ministerio de Educación, para su
conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto del año dos mil trece
(2013), año s170 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.