Texto de la norma
Dec. No. 207-13 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10720 del 10 de julio de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 207-13
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que,
para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los
interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O
Artículo 1. Los señores Ysabel De Los Santos Berihuete y Ramón Antonio Peña Santos,
padres de la menor Otilia Peña De los Santos, quedan autorizados a cambiar el nombre de
su hija por el de Anni Cristal Peña De los Santos.
Artículo 2. La señora María Dilia Marte Vega, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Anadilia Marte Vega.
Artículo 3. La señora Regla De La Cruz Hernández, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Regla María De La Cruz Hernández.
Artículo 4. La señora Carmela García Alejo, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Carmen María García Alejo.
Artículo 5. La señora Ariana Benirda Cuevas Cuevas, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ariana Jael Cuevas Cuevas.
Artículo 6 La señora Valentina Encarnación Castillo, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Adela Encarnación Castillo.
Artículo 7. El señor Aredy Ramírez Montero, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Andy Reynold Ramírez Montero.
Artículo 8. El señor Pedro Ramírez Cordero, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Andrew Ramírez Cordero.
Artículo 9 La señora Juana Castillo Peguero, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Juana Francisca Castillo Peguero.
Artículo 10 La señora Aurelia Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Aurelina Rodríguez.
Artículo 11. La señora Ofelia María Niemen Figuereo, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Altagracia Ofelia Niemen Figuereo.
Artículo 12. La señora Teodosa López Caraballo, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Yessenia López Caraballo.
Artículo 13. El señor Enoc Yan León, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Olmo Yan León.
Artículo 14. El señor Julio César Gerónimo Martínez Rodríguez, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Julio César Martínez Rodríguez.
Artículo 15. La señora Ana Delcy del Carmen Matías Antonio, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Ana Daisy Matías Antonio.
Artículo 16. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil trece (2013); años
170 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.