miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 114-13

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado a varios empleados del CEI-RD

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 abr de 2013fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10714Gaceta Oficial del 17 may de 2013
Poder Ejecutivoórgano
31personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Luz Antonia AlmánzarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Altagracia Bello MéndezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sarah Altagracia Burgos AndelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
María Teresa CamposPensión—RD$16,039.33
Ignacio A. Cerda LunaPensión—RD$12,189.03
Ana Petronila CorderoPensión—RD$6,325.00
César Augusto De la CruzPensión—RD$34,068.45
Margarita Duarte MartínezPensión—RD$9,894.63
Cecilio Garabito LorenzoPensión—RD$6,325.00
Margarito GermánPensión—RD$6,358.92
Marcial GonzálezPensión—RD$12,189.03
Sergia Heredia SorianoPensión—RD$9,864.63
Lorenzo Antonio JácquezPensión—RD$10,755.03
América LorenzoPensión—RD$8,872.90
Ivonne MartyPensión—RD$6,325.00
Jesús Medrano PérezPensión—RD$12,189.03
Policarpio Antonio Medrano VólquezPensión—RD$61,275.00
Cándida Rosa MolinaPensión—RD$6,325.00
Frida OlivaPensión—RD$6,325.00
Fausto OliveroPensión—RD$17,745.80
Josefa I. Ortiz OrtizPensión—RD$12,018.75
Luis Arturo PérezPensión—RD$7,887.02
Andrea PlacenciaPensión—RD$10,755.03
Miguel PortorrealPensión—RD$6,325.00
Mayra Betania Prats MatosPensión—RD$32,890.00
Emilia RodríguezPensión—RD$6,325.00
Oneida De Jesús RomeroPensión—RD$8,479.27
Cesarína TavárezPensión—RD$13,712.66
Cecilia TorresPensión—RD$6,325.00
Aurora M. ValdezPensión—RD$6,325.00
Ramona VenturaPensión—RD$6,325.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 114-13 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado a varios empleados del CEI-RD. G. O. No. 10714 del 17 de mayo de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 114-13 CONSIDERANDO: Que las personas pensionadas mediante el presente Decreto, son exempleados del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEDOPEX), actual Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI- RD), quienes habían sido pensionados por el plan de retiro de dicha Institución, cual estaba siendo subsidiado con fondos institucionales del CEI-RD. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 616-12, del 20 de octubre de 2012, fueron suspendidos todos los aportes de fondos públicos a los fondos y/o planes complementarios existentes, registrados o no en la Superintendencia de Pensiones, situación que impide que estos exservidores públicos puedan seguir recibiendo sus pensiones de dicho plan de retiro. VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. VISTAS: Las comunicaciones Nos.3412, del 13 de diciembre de 2012, y 3484, del 8 de enero de 2013, del Director Ejecutivo del Centro de Exportaciones e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas: 1. A la señora Luz Antonia Almánzar, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y nueve mil novecientos dos pesos con 72/100 (RD$39,902.72) mensuales. 2. A la señora María Altagracia Bello Méndez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte y ocho mil seiscientos dos pesos con 20/100 (RD$28,602.20) mensuales. 3. A la señora Sarah Altagracia Burgos Andeliz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y un mil cientos setenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$31,174.00) mensuales. 4. A la señora María Teresa Campos, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de dieciséis mil treinta y nueve pesos con 33/100 (RD$16,039.33) mensuales. 5. Al señor Ignacio A. Cerda Luna, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de doce mil cientos ochenta y nueve pesos con 03/100 (RD$12,189.03) mensuales. 6. A la señora Ana Petronila Cordero, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 7. Al señor César Augusto De la Cruz, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y cuatro mil sesenta y ocho pesos con 45/100 (RD$34,068.45) mensuales. 8. A la señora Margarita Duarte Martínez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de nueve mil ochocientos noventa y cuatro pesos con 63/100 (RD$9,894.63) mensuales. 9. Al señor Cecilio Garabito Lorenzo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 10. Al señor Margarito Germán, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos cincuenta y ocho pesos con 92/100 (RD$6,358.92) mensuales. 11. Al señor Marcial González, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de doce mil ciento ochenta y nueve pesos con 03/100 (RD$12,189.03) mensuales. 12. A la señora Sergia Heredia Soriano, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de nueve mil ochocientos sesenta y cuatro pesos con 63/100 (RD$9,864.63) mensuales. 13. Al señor Lorenzo Antonio Jácquez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil setecientos cincuenta y cinco pesos con 03/100 (RD$10,755.03) mensuales. 14. A la señora América Lorenzo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de ocho mil ochocientos setenta y dos pesos con 90/100 (RD$8,872.90) mensuales. 15. A la señora Ivonne Marty, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 16. Al señor Jesús Medrano Pérez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de doce mil ciento ochenta y nueve pesos con 03/100 (RD$12,189.03) mensuales. 17. Al señor Policarpio Antonio Medrano Vólquez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de sesenta y un mil doscientos setenta y cinco pesos con 00/100 (RD$61,275.00) mensuales. 18. A la señora Cándida Rosa Molina, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 19. A la señora Frida Oliva, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 20. Al señor Fausto Olivero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diecisiete mil setecientos cuarenta y cinco pesos con 80/100 (RD$17,745.80) mensuales. 21. A la señora Josefa I. Ortiz Ortiz, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de doce mil dieciocho pesos con 75/100 (RD$12,018.75) mensuales. 22. Al señor Luis Arturo Pérez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de siete mil ochocientos ochenta y siete pesos con 02/100 (RD$7,887.02) mensuales. 23. A la señora Andrea Placencia, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de diez mil setecientos cincuenta y cinco pesos con 03/100 (RD$10,755.03) mensuales. 24. Al señor Miguel Portorreal, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 25. A la señora Mayra Betania Prats Matos, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y dos mil ochocientos noventa con 00/100 (RD$32,890.00) mensuales. 26. A la señora Emilia Rodríguez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 27. A la señora Daya G. Rodríguez Ramos, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cuatro pesos con 99/100 (RD$6,324.99) mensuales. 28. A la señora Oneida De Jesús Romero, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de ocho mil cuatrocientos setenta y nueve pesos con 27/100 (RD$8,479.27) mensuales. 29. A la señora Cesarína Tavárez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de trece mil setecientos doce pesos con 66/100 (RD$13,712.66) mensuales. 30. A la señora Cecilia Torres, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 31. A la señora Aurora M. Valdez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. 32. A la señora Ramona Ventura, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de seis mil trescientos veinte y cinco pesos con 00/100 (RD$6,325.00) mensuales. ARTÍCULO 2. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. PÁRRAFO: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 3. Las pensiones otorgadas mediante el presente Decreto serán pagadas de manera retroactiva a partir del 1 de noviembre de 2012. ARTÍCULO 4. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda y al Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD), para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de abril del año dos mil trece (2013); años 169 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.