Texto de la norma
Dec. No. 178-13 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a
varias personas. G. O. No. 10717 del 25 de junio de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 178-13
VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias Nos.11948, del 13 de octubre de 2011; 12575, del 3 de noviembre
de 2011; 12731, del 10 de noviembre de 2011; 12954, del 16 de noviembre de 2011; 13104,
del 21 de noviembre de 2011; 14008, del 19 de diciembre de 2011; 7218, del 23 de mayo
de 2012; 7718, del 6 de junio de 2012; 8317, del 21 de junio de 2012; 8373 y 8377, del 22
de junio de 2012; 10549, del 7 de agosto de 2012; 11389, del 22 de agosto de 2012; 12845,
del 20 de septiembre de 2012; 14834, 14835, 14837 y 14838, del 22 de octubre de 2012;
2718, del 1 de marzo de 2013 y 3489, del 15 de marzo de 2013, que por conducto del
Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres
figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las
personas que se indican a continuación:
1.
Al señor Dmitry Fedotovich Rostovskiy, de nacionalidad rusa.
2.
Al señor Viacheslav Borisovich Shatilov, de nacionalidad rusa.
3.
Al señor Sergey Tmenov y a su esposa, la señora Yuliya Tmenova, ambos de
nacionalidad rusa.
4.
Al señor Roman Senin, de nacionalidad rusa.
5.
Al señor Anton Yúrievich Pletnev, de nacionalidad rusa.
6.
Al señor Viktar Kanstantinovich Kliuchynski, de nacionalidad bielorrusa.
7.
Al señor Piotr Robert Korzeniewski, de nacionalidad polaca.
8.
Al señor Aleksandr Aleksandrovich Rozenko y a su esposa, la señora Yelena
Yevgenievna Rozenko, ambos de nacionalidad kazaja.
9.
A la señora Ana Carla Suárez González, de nacionalidad cubana.
10. Al señor Vladimir Alejandro Antúnez Laffita, de nacionalidad cubana.
11. Al señor Julio Ramón Rosabal Corona, de nacionalidad cubana.
12. Al señor Emilio Rodríguez Mesa y a su esposa, la señora Esperanza Alina Aguiar
Aguilar, ambos de nacionalidad cubana.
13. Al señor Abelardo Damián López Torres y a su esposa, la señora Milagros De la
Caridad García Esponda, ambos de nacionalidad cubana.
14. A la señora Zahra Abbasi, de nacionalidad iraní.
15. Al señor Yong-Jie Tsai, de nacionalidad china.
16. Al señor Wen-Te Chen, de nacionalidad china.
17. A la señora Pi-Hua Chou, de nacionalidad china.
18. A la señora Chiu-Man Chang, de nacionalidad china.
19. Al señor Harry Richard Quadracci, de nacionalidad estadounidense.
20. Al señor Karl Andrew Haslinger, a su esposa, la señora Trina Annette Haslinger y
a sus hijos, el señor Matthew Karl Haslinger y el menor Andrew Ross Haslinger,
todos de nacionalidad estadounidense.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de junio del año dos mil trece (2013); años
170 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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