Texto de la norma
Dec. No. 156-13 que crea la Dirección Militar de Seguridad del Puerto Multimodal
Caucedo. Modifica los artículos 1 y 2 del Dec. No. 1006-03 del 17 de octubre de 2003.
G. O. No. 10717 del 25 de junio de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 156-13
CONSIDERANDO: Que es de interés para el Gobierno dominicano actualizar y hacer más
eficientes las medidas requeridas para establecer, dirigir, y ejecutar las políticas de seguridad que se
aplican en el Puerto Multimodal Caucedo, desarrollado y operado por la empresa Zona Franca
Multimodal Caucedo, S. A. en el municipio de Andrés, Boca Chica, de forma tal que los diferentes
departamentos y organismos del Estado dominicano puedan ejercer sus labores en dicho puerto.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 1006-03, del 17 de octubre del 2003, se
creó la Dirección Militar de Seguridad del Puerto Multimodal Caucedo.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana del 26 de enero de 2010.
VISTA: La Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, No. 873,
del 31 de julio de 1978.
VISTO: El Decreto No. 1006-03, del 17 de octubre de 2003, que crea la Dirección Militar
de Seguridad del Puerto Multimodal Caucedo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO
Artículo 1. Se modifican los artículos I y 2 del Decreto No. 1006-03, del 17 de octubre de
2003, para que en lo adelante digan:
"Artículo I. Se crea la Dirección Militar de Seguridad del Puerto Multimodal
Caucedo, la cual dependerá del Ministerio de las Fuerzas Armadas y estará
encargada de ser la unidad coordinadora de las acciones a ser ejecutadas por el
personal de todos los departamentos y agencias de seguridad militares, policiales
y del Estado que allí concurran";
"Articulo 2. Dicha Dirección estará al mando de un oficial general, designado
mediante decreto del Poder Ejecutivo, quien se desempeñará como Director
General de Seguridad Militar del Puerto Multimodal Caucedo, con las funciones
de establecer, dirigir, y ejecutar las políticas de seguridad que se aplicarán en
dicho puerto marítimo. Adicionalmente, tendrá el control operacional de todo el
personal que allí realice una labor relacionada con la seguridad del Estado. En
la ejecución de sus funciones, dicho oficial general coordinará, siempre bajo la
supervisión del Ministro de las Fuerzas Armadas, todos los aspectos de
seguridad que así lo requieran con la Procuraduría General de la República,
como entidad que encabeza el Ministerio Público; con la Dirección General de
Aduanas; con la Dirección General de Control de Drogas; con el
Departamento Nacional de Investigaciones; con la Marina de Guerra; con la
Autoridad Portuaria Dominicana; con el Cuerpo Especializado de Seguridad
Portuaria; con la Policía Nacional; y con cualesquiera otros organismos del
Estado dominicano que allí operen;
PÁRRAFO: La Dirección General de Aduanas continuará ejecutando las
funciones de su propia competencia en el Puerto Multimodal Caucedo en
virtud de lo establecido en la Ley General de Aduanas, No. 3489, del 14 de
febrero de 1953, y sus modificaciones".
Artículo 2. La Dirección Militar de Seguridad del Puerto Multimodal Caucedo será la
responsable de depurar a todo el personal que las instituciones de seguridad nacional
señaladas en el Artículo 2 del Decreto No. 1006-03, del 17 de octubre de 2003, tal como ha
quedado modificado en el Artículo 1 del presente decreto, se propongan designar para
ejercer funciones en dicho puerto. A tales efectos, cada una de esas instituciones deberá
comunicar, en todo momento por escrito, los nombres y demás datos personales de dichos
candidatos a la citada Dirección Militar de Seguridad, la cual tendrá a su cargo aprobar o no
la designación del personal propuesto.
Artículo 3. La Dirección Militar de Seguridad del Puerto Multimodal Caucedo, por medio
y con la asistencia y aprobación del Ministro de las Fuerzas Armadas, y en coordinación
con las instituciones de seguridad nacional antes señaladas, podrá celebrar acuerdos de
cooperación y de trabajo con instituciones internacionales y de países extranjeros,
orientados a fortalecer los procedimientos de seguridad y de control en la operación del
Puerto Multimodal Caucedo y de las cargas que por el mismo sean transportadas.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los seis (6) días del mes de junio del año dos mil trece (2013),
años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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