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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 133-13

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS DEL PAIS A VENDER INMUEBLES DE SUS PROPIEDAD

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 may de 2013fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10714Gaceta Oficial del 17 may de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (21,779 caracteres)
Dec. No. 133-13 que autoriza a varios ayuntamientos a vender porciones de terrenos. G. O. No. 10714 del 17 de mayo de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 133-13 VISTA: La Ley No.176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios. VISTA: La Ley No.4381, del 10 de febrero del 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional. VISTO: El Literal d), del Numeral 3, del Artículo 128, de la Constitución de la República, el cual establece como atribución del Presidente de la República, en tanto Jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales. VISTA: La Resolución No.121/2005, del 8 de agosto de 2005, del Concejo Municipal del Ayuntamiento del Distrito Nacional, certificada por la Secretaría del Concejo Municipal. VISTA: La Certificación de la Resolución No.05-10, del 2 de marzo de 2010, emitida por Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago, hecha por el Secretario General del Concejo Municipal del Ayuntamiento del Municipio Santiago. VISTA: La Certificación del Secretario del Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, del 29 de enero de 2009. VISTA: La Certificación del Director del Departamento de Catastro Municipal, del municipio Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, del 3 de junio de 2011. VISTA: La Certificación del Director del Departamento de Catastro Municipal, del municipio Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, del 11 de noviembre de 2010. VISTA: La Certificación del Secretario del Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, del 14 de septiembre de 2012. VISTA: La Certificación del Secretario del Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, del 15 de noviembre de 2012. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender a varios particulares las siguientes porciones de terreno: 1. A la señora Ana Altagracia Soriano Peralta, dominicana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliada y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de ciento ochenta y cuatro metros cuadrados punto cuarenta y cuatro decímetros cuadrados (184.44 Mts2), con los siguientes linderos: Norte, Solar No.3 (Resto) y calle Prolongación Tiradentes; Sur, Solar No.21 (Resto); Este, solares Nos.3 y 21 (Resto); Oeste, solares Nos.21 y 3 (Resto). Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Ciento cuarenta y nueve metros cuadrados punto cincuenta y cinco decímetros cuadrados (149.55 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.3, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. b. Treinta y cuatro metros cuadrados punto ochenta y nueve decímetros cuadrados (34.89 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.21, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. 2. A la señora Ana Luisa Del Orbe, dominicana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], domiciliada y residente en [domicilio omitido]. No.302, piso 3, sector Cristo Rey, del Distrito Nacional, una porción de terreno con un área superficial de ciento veintiún metros cuadrados punto diecisiete decímetros cuadrados (121.17 Mts2), con los siguientes linderos: Norte, Solar No.5 (Resto) y prolongación Tiradentes; Sur, solares Nos.6 y 5 (Resto); Este, Solar No.6 (Resto); Oeste, Solar No.5. Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Noventa y un metros cuadrados punto sesenta y cinco decímetros cuadrados (91.65Mts2), dentro del ámbito del Solar No.5, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. b. Veintinueve metros cuadrados punto cincuenta y dos decímetros cuadrados (29.52Mts2), dentro del ámbito del Solar No.6, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. 3. Al señor Arsenio Ramón Gomera, dominicano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de ciento veintidós metros cuadrados punto veinticuatro decímetros cuadrados (122.24 Mts2), con los siguientes linderos: Norte, solares Nos.22 y 21 (Resto); Sur, Solar No.21 (Resto) y calle Respaldo 28; Este, Solar No.21 (Resto); Oeste, Solar No.22, (Resto) y Calle 1ra. Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Noventa y cinco metros cuadrados punto cincuenta y ocho decímetros cuadrados (95.58 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.21, de la Manzana No. 1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. b. Veintiséis metros cuadrados punto sesenta y seis decímetros cuadrados (26.66Mts2), dentro del ámbito del Solar No.22, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. 4. A la señora Carmen Nereyda Martínez Luna, dominicana, viuda, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliada y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de ciento diez metros cuadrados punto sesenta y cuatro decímetros cuadrados (110.64 Mts2), con los siguientes linderos: Norte, solares Nos. 6 y 7 (Resto); Sur, solares Nos. 17 y 18 (Resto); Este, solares Nos. 7 y 17 (Resto); Oeste, solares Nos. 18 y 6 (Resto). Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Setenta y dos metros cuadrados punto treinta y siete decímetros cuadrados (72.37 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.6, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. b. Veintiún metros cuadrados punto cero siete decímetros cuadrados (21.07 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.7, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. c. Tres metros cuadrados punto dieciséis decímetros cuadrados (3.16Mts2), dentro del ámbito del Solar No.17, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. d. Catorce metros cuadrados punto cero cuatro decímetros cuadrados (14.04 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.18, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. 5. Al señor Diógenes Zorrilla Burgos, dominicano, casado, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de noventa y seis metros cuadrados punto cincuenta y nueve decímetros cuadrados (96.59 Mts2), con los siguientes linderos: Norte, Solar No.4 y calle Prolongación Tiradentes; Sur, solares Nos.19 y 20 (Resto); Este, solares Nos.4, 5 y 19 (Resto); Oeste, solares Nos.20 y 4 (Resto). 6. A la señora Genciana Altagracia Alonzo Del Orbe, dominicana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], domiciliada y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de ciento catorce metros cuadrados punto setenta y cinco decímetros cuadrados (114.75 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.5, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con los siguientes linderos: Norte, Solar No.5 (Resto) y calle Prolongación Tiradentes; Sur, Solar No.5 (Resto); Este, Solar No.5, (Resto); Oeste, Solar No.5 (Resto). 7. A los señores Gervanio Batista Cuello y Carmen Josefa Terrero Pérez, dominicanos, casado entre sí, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad y Electoral No. [cédula] y [cédula], respectivamente, domiciliados y residentes en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de ciento diecisiete metros cuadrados punto trece decímetros cuadrados (117.13 Mts2), ubicado dentro del ámbito de los solares Nos.17 y 18, del sector El Vivero de Cristo Rey, con los siguientes linderos: Norte, solares Nos. 17 y 18 (Resto); Sur, solares Nos.17 y 18 (Resto) y calle Respaldo 28; Este, Solar No.17 (Resto) y calle Respaldo 43; Oeste, Solar No.18 (Resto). 8. Al señor Manuel Alfonso Escorborg, dominicano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área de ciento noventa y cinco metros cuadrados punto cero cinco decímetros cuadrados (195.05 Mts2), de la Manzana No.1568, del Distrito Catastral No.1, con los siguientes linderos: Norte, calle Prolongación Tiradentes; Sur, solares Nos.21 y 22 (Resto); Este, Solar No.3 (Resto); Oeste, solares Nos. 2 y 22. Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Ochenta y ocho metros cuadrados punto sesenta y ocho decímetros cuadrados (88.68Mts2), dentro del ámbito del Solar No.2 (Parte), del Distrito Nacional. b. Noventa y cinco metros cuadrados punto treinta y ocho decímetros cuadrados (95.38 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.3 (Parte), del Distrito Nacional. c. Seis metros cuadrados punto sesenta y ocho decímetros cuadrados (6.68 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.21, del Distrito Nacional. d. Cuatro metros cuadrados punto treinta y un decímetros cuadrados (4.31Mts2), dentro del ámbito del Solar No.22, del Distrito Nacional. 9. Al señor Ramón De Jesús Torres, dominicano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de ciento diez metros cuadrados punto cuarenta y cinco decímetros cuadrados (110.45 Mts2), con los siguientes linderos: Norte, solares Nos.6 y 7 (Resto); Sur, solares Nos. 7 y 6 (Resto); Este, solar No.7 (Resto) y calle Respaldo 43; Oeste, Solar No.6 (Resto). Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Noventa y cuatro metros cuadrados punto cincuenta y un decímetros cuadrados (94.51 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.6, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. b. Quince metros cuadrados punto noventa y cuatro decímetros cuadrados (15.94 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.7, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. 10. Al señor Ramón Primitivo Alonzo Del Orbe, dominicano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de sesenta y siete metros cuadrados punto noventa y un decímetros cuadrados (67.91 Mts2), con los siguientes linderos: Norte, Solar No.5 (Resto); Sur, Solar No.19 (Resto); Este, solares Nos.5 y 19 (Resto); Oeste, solares Nos.19 y 5 (Resto). Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Cincuenta y un metros cuadrados punto noventa y siete decímetros cuadrados (51.97 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.5, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. b. Quince metros cuadrados punto noventa y cuatro decímetros cuadrados (15.94 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.19, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. 11. Al señor Victorino Encarnación, dominicano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], una porción de terreno con un área superficial de ciento sesenta metros cuadrados punto cero cuatro decímetros cuadrados (160.04Mts2), con los siguientes linderos: Norte, solares Nos.4 y 5 (Parte); Sur, Solar No.19 (Resto); Este, Solar No.5 (Resto); Oeste, solares Nos.19, 5 y 4 (Resto). Esta porción de terreno se divide de la siguiente manera: a. Nueve metros cuadrados punto dieciocho decímetros cuadrados (9.18 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.4, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. b. Ciento cuarenta y nueve metros cuadrados punto cuarenta y nueve decímetros cuadrados (149.49 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.5, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. c. Seis metros cuadrados punto treinta y siete decímetros cuadrados (6.37 Mts2), dentro del ámbito del Solar No.19, de la Manzana No.1568, Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional. ARTÍCULO 2. Se modifica el Literal n), del Artículo 1, del Decreto No.169-98, del 29 de abril del 1998, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “n) Al señor Modesto Peña Peña, el solar con un área de ciento treinta y ocho metros cuadrados punto sesenta decímetros cuadrados (138.60 Mts2), dentro del Solar Municipal No.2, de la Manzana Municipal No.14-Norte, ubicado dentro del Solar Catastral No.7, de la Manzana Catastral No.742, del Distrito Catastral No.1, del municipio Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, por un monto de treinta y cuatro mil seiscientos cincuenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$34,650.00), con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.1; al Sur, Solar No.3; al Este, calle No.1; al Oeste, Solar Municipal No.23”. ARTÍCULO 3. Se modifica el Numeral 20, Artículo 1, del Decreto No.303-05, del 7 de mayo de 2005, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “20. A la señora Bernarda Antonia Henríquez Ferreira, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], una porción de terreno con un área de ochenta y cuatro metros cuadrados punto cuarenta y cinco decímetros cuadrados (84.45 Mts2), dentro del ámbito del Solar Municipal No.38-A de la Manzana Municipal No.46, correspondiente a la Parcela Catastral No.154 (Parte), del D. C. No.6, del municipio Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, por un monto de dieciséis mil ochocientos noventa pesos dominicanos con 00/100 (RD$16,890.00), con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.38-B; al Sur, Solar Municipal No.37; al Este, Solar Municipal No.36; al Oeste, calle No.5”. ARTÍCULO 4. Se modifica el Numeral 6, del Artículo 1, del Decreto No.48-06, del 3 de febrero de 2006, que autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago a vender a distintas personas, varias porciones de terrenos, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “6- A los sucesores de la señora Rosalina Tolentino de Morel, una porción de terreno con un área de ciento veinte metros cuadrado punto treinta y cinco decímetros cuadrados (120.35 Mts2), dentro del ámbito del Solar Municipal No.1543, de la Manzana No.112, correspondiente al Solar Catastral No.5, de la Manzana Catastral No.63-A, del D.C. No.1, del municipio Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, por un monto de doce mil treinta y cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$12,035.00), con los siguientes linderos: al Norte, Solar No.26; al Sur, Solar No.1; al Este, solares Nos.2 y 3; y al Oeste, calle San Luis”. PÁRRAFO ÚNICO: Queda derogado el Artículo 4, de Decreto No.654-08, del 17 de octubre de 2008. ARTÍCULO 5. Se modifica el Artículo 11, del Decreto No.65-07, del 26 de febrero de 2007, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 11. Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Ramón Aquilino Pimentel, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], un solar con un área de ciento ochenta y siete metros cuadrados punto sesenta y cuatro decímetros cuadrados (187.64 Mts2), por un monto de cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho pesos dominicanos con 20/100 (RD$47,848.20), ubicado dentro del Solar Municipal No.1158, de la Manzana Municipal No.71, correspondiente al Solar Catastral No.7, de la Manzana Catastral No.86, del D.C. No.1, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.1156 y 2369; al Sur, solares municipales Nos.1159-A, 1159-B y 1160; al Este, calle Pedro M. Hungría; al Oeste, Solar No.1161”. ARTÍCULO 6. Se modifica el Artículo 29, del Decreto No.263-09, del 27 de marzo de 2009, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 29. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Puerto Plata, provincia Puerto Plata, a vender a los señores Antonio Alessio Marino, Cristófaro D Asaro y Gianfranco Fiorin, un solar que mide dos mil ochenta y nueve metros cuadrados punto veinticinco decímetros cuadrados (2,089.25 Mts2), ubicado en la Parcela Catastral No.216 (Parte), del Distrito Catastral No.9, del municipio Puerto Plata, provincia Puerto Plata, con los siguientes linderos: al Norte, calle principal; al Sur, solar municipal; al Este, solar municipal; al Oeste, solar municipal, por la suma de setecientos treinta y un mil doscientos treinta y siete pesos dominicanos con 00/100 (RD$731,237.00)”. PÁRRAFO ÚNICO: Queda derogado el Artículo 3, de Decreto No.353-12, del 16 de julio de 2012. ARTÍCULO 7. Se modifica el Artículo 3, del Decreto No.238-10, del 22 de abril de 2010, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3- Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a favor del señor Rafael Gerardo Barriento, una porción de terreno con un área de doscientos un metros cuadrados punto veintisiete decímetros cuadrados (201.27 Mts2), dentro del ámbito del Solar Municipal No.117-A-2-0, de la Manzana Municipal No.2, correspondiente a la Parcela No.219, del D.C. No.6, ubicado en la calle Proyecto, del sector Villa Progreso y sus mejoras, por un monto de cuarenta mil doscientos cincuenta y cuatro pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,254.00), con los siguientes linderos: al Norte, Parcela Municipal No.117-A-2-Ñ; al Sur, calle; al Este, calle; al Oeste, Parcela No.117-A-R”. ARTÍCULO 8. Se modifica el Artículo 6, del Decreto No.238-10, del 22 de abril de 2010, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 6. Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Pedro Luis Cruz, una porción de terreno con un área de doscientos veinticuatro metros cuadrados punto setenta y nueve decímetros cuadrados (224.79 Mts2), que se encuentra dentro del Solar Municipal No.39, Manzana Municipal No.42, correspondiente a la Parcela Catastral No.154-A, del Distrito Catastral No.6, ubicada en la avenida Hatuey, sector Francis Caamaño, por un monto de ochenta y cuatro mil doscientos noventa y seis pesos dominicanos con 25/100 (RD$84,296.25), con los siguientes linderos: al Norte, solar No.38; al Sur, Solar No.40; al Este, terreno propio; al Oeste, Avenida Hatuey”. ARTÍCULO 9. Se modifica el Artículo 13, del Decreto No.238-10, del 22 de abril de 2010, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 13. Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Félix María Peralta y María Encarnación Espinal de Peralta, una porción de terreno con un área corregida de ciento sesenta y ocho metros cuadrados punto treinta y tres decímetros cuadrados (168.33 Mts2), que se encuentra dentro del Solar Municipal No.26, Manzana No.15, correspondiente a la Parcela Catastral No.129, del Distrito Catastral No.6, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.25; al Sur, Solar Municipal No.27; al Este, calle 13; al Oeste, Solar Municipal No.33, por la suma de ciento treinta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$134,664.00)”. ARTÍCULO 10. Se modifica el Artículo 1, del Decreto No.177-12, del 5 de abril de 2012, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Dignora Pichardo, una porción de terreno con un área de doscientos noventa y un metros cuadrados punto treinta y un decímetros cuadrados (291.31 Mts2), que se encuentra dentro del Solar No.19, Manzana No.8, correspondiente a la Parcela Catastral No.7-C-8-1 (Parte), del Distrito Catastral No.8, por un monto de doscientos tres mil novecientos diecisiete pesos dominicanos con 00/100 (RD$203,917.00), con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.4; al Sur, calle 14; al Este, Solar Municipal No.18; al Oeste, Solar Municipal No.20”. ARTÍCULO 11. Se modifica el Artículo 3, del Decreto No.588-10, del 16 de octubre de 2010, para que en lo adelante se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago, a vender al señor Nelson Domingo Torres Chávez, un solar que mide doscientos dieciséis metros cuadrados punto treinta y cinco decímetros cuadrado (216.35 Mts2), del Solar Municipal No.1401, Manzana Municipal No.95, correspondiente al Solar Catastral No.3, Manzana Catastral No.158, del Distrito Catastral No.1, por un monto de cuatrocientos cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$450,000.00), con los siguientes linderos: al Norte, calle Eladio Victoria; al Sur, terreno propio; al Este, Solar Municipal No.1402; al Oeste, terreno propio”. PÁRRAFO ÚNICO: Queda derogado el Artículo 8, de Decreto No.177-12, del 5 de abril de 2012. ARTÍCULO 12. El presente Decreto deroga o modifica toda norma de igual o menor jerarquía en cuanto le sea contraria. ARTÍCULO 13. Envíese al Ministerio de Interior y Policía y al Ayuntamiento del Distrito Nacional, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona