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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 131-13

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 may de 2013fecha
Otrostipo
G. O. 10714Gaceta Oficial del 17 may de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 131-13 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10714 del 17 de mayo de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 131-13 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio del 1944, y sus modificaciones. CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O Artículo 1. El señor Félix Amado Báez Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Amado Báez Rodríguez. Artículo 2. El señor Marcial Corcino Alcántara, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Robert Corcino Alcántara. Artículo 3. La señora Feliciana Corcino Alcántara, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Deysi Corcino Alcántara. Artículo 4. El señor Arcenio Rafael Febrillet, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Rafael Febrillet. Artículo 5. La señora Confesor Rosario Genao Placencia, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Confesora del Rosario Genao Placencia. Artículo 6. El señor Evaristo Cruz Jiménez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Antonio Cruz Jiménez. Artículo 7. La señora Sonsire Nicolasa Canals De la Cruz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Sonsiri Nicolaza Canals De la Cuz. Artículo 8. La señora María Virginia Liranzo Burgos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Hinginia Liranzo Burgos. Artículo 9. La señora Petronila Moni, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Alondra Moni. Artículo 10. La señora Yesenia Altagracia De León, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Yesenia Margarita De León. Artículo 11. El señor Pedro Morel Tirado Roja, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Pedro Nouel Tirado Roja. Artículo 12. La señora Elidodora Ramírez Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Zoila Ramírez Sánchez. Artículo 13. El señor Rafael Bienvenido José Zorrilla González, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Rafael Bienvenido Zorrilla González. Artículo 14. La señora Luminada Benavídez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lucía Benavídez. Artículo 15. La señora Teresita de Jesús Canela, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Teresa Canela. Artículo 16. La señora Lidia Veloz Cuebas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lidia María Veloz Cuebas. Artículo 17. La señora Antonia Ramona Rodríguez Vásquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Ramona Rodríguez Vásquez. Artículo 18. El señor Luis Nelson Santana Vásquez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Anthony Mauricio Santana Vásquez. Artículo 19. El señor Ángel Elioción Féliz Perdomo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Ángel Eliacín Féliz Perdomo. Artículo 20. Se modifica el Artículo 14 del Decreto No.765-11, del 28 de diciembre de 2011, para que en lo adelante disponga como sigue: “Artículo 14. Los señores Ramón Mercedes Sánchez y Eduarda Elena Liriano Heredia, padres del menor Yafreicy Mercedes Liriano, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de Yafrei Rogenni Mercedes Liriano”. Artículo 21. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona