Texto de la norma
Dec. No. 131-13 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G.
O. No. 10714 del 17 de mayo de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 131-13
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto, han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo, a realizar los procedimientos que,
para cambios de nombres, establece la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de
julio del 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los
interesados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O
Artículo 1. El señor Félix Amado Báez Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de José Amado Báez Rodríguez.
Artículo 2. El señor Marcial Corcino Alcántara, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de Robert Corcino Alcántara.
Artículo 3. La señora Feliciana Corcino Alcántara, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Deysi Corcino Alcántara.
Artículo 4. El señor Arcenio Rafael Febrillet, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Rafael Febrillet.
Artículo 5. La señora Confesor Rosario Genao Placencia, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Confesora del Rosario Genao Placencia.
Artículo 6. El señor Evaristo Cruz Jiménez, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Antonio Cruz Jiménez.
Artículo 7. La señora Sonsire Nicolasa Canals De la Cruz, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Sonsiri Nicolaza Canals De la Cuz.
Artículo 8. La señora María Virginia Liranzo Burgos, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de María Hinginia Liranzo Burgos.
Artículo 9. La señora Petronila Moni, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Alondra Moni.
Artículo 10. La señora Yesenia Altagracia De León, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Yesenia Margarita De León.
Artículo 11. El señor Pedro Morel Tirado Roja, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de Pedro Nouel Tirado Roja.
Artículo 12. La señora Elidodora Ramírez Sánchez, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Zoila Ramírez Sánchez.
Artículo 13. El señor Rafael Bienvenido José Zorrilla González, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Rafael Bienvenido Zorrilla González.
Artículo 14. La señora Luminada Benavídez, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Lucía Benavídez.
Artículo 15. La señora Teresita de Jesús Canela, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Teresa Canela.
Artículo 16. La señora Lidia Veloz Cuebas, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Lidia María Veloz Cuebas.
Artículo 17. La señora Antonia Ramona Rodríguez Vásquez, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de María Ramona Rodríguez Vásquez.
Artículo 18. El señor Luis Nelson Santana Vásquez, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Anthony Mauricio Santana Vásquez.
Artículo 19. El señor Ángel Elioción Féliz Perdomo, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Ángel Eliacín Féliz Perdomo.
Artículo 20. Se modifica el Artículo 14 del Decreto No.765-11, del 28 de diciembre de
2011, para que en lo adelante disponga como sigue:
“Artículo 14. Los señores Ramón Mercedes Sánchez y Eduarda Elena Liriano Heredia,
padres del menor Yafreicy Mercedes Liriano, quedan autorizados a cambiar el nombre de
su hijo por el de Yafrei Rogenni Mercedes Liriano”.
Artículo 21. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de mayo del año dos mil trece
(2013), años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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