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Decreto

Decreto 118-13

que habilita la Ensenada de Cabeza de Toro, como “Puerto Internacional”, durante los días del 11 al 25 de mayo, con motivo de la celebración del Torneo Internacional de Pesca del Marlín Blanco, versión XLVIII

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 may de 2013fecha
Otrostipo
G. O. 10714Gaceta Oficial del 17 may de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 118-13 que habilita la Ensenada de Cabeza de Toro, como “Puerto Internacional”, durante los días del 11 al 25 de mayo, con motivo de la celebración del Torneo Internacional de Pesca del Marlín Blanco, versión XLVIII. G. O. No. 10714 del 17 de mayo de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 118-13 CONSIDERANDO: Que del 11 al 22 de mayo del presente año, el Club Náutico de Santo Domingo, Inc., llevará a cabo el Torneo Internacional de Pesca al Marlín Blanco, en su versión numero XLVIII, en Cabeza de Toro, Higüey. CONSIDERANDO: Que es de interés del Gobierno dominicano contribuir a una realización exitosa de todos los eventos deportivos en los cuales participen nacionales y extranjeros. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. La Ensenada de Cabeza de Toro queda habilitada como "Puerto Internacional" durante los días comprendidos desde el 11 al 25 de mayo del presente año, con motivo de la celebración del Torneo Internacional de Pesca al Marlín Blanco, en su versión numero XLVIII. Artículo 2. Las direcciones generales de Migración y de Aduanas deberán tomar las previsiones necesarias para asegurar los servicios correspondientes, de conformidad con la ley. Articulo 3. Los ministerios de las Fuerzas Armadas y de Turismo, así como la Oficina de la Cruz Roja Dominicana, dispondrán las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los participantes en el referido torneo de pesca y del público asistente al evento. Artículo 4. Envíese a los ministerios de las Fuerzas Armadas y de Turismo, a las direcciones de migración y Aduanas y a la Oficina de la Cruz Roja Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona