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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 110-13

QUE CONCEDE PENSIONES ESPECIALES DEL ESTADO DOMINICANO A VARIOS LOCUTORES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 abr de 2013fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10713Gaceta Oficial del 25 abr de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 110-13 que concede pensiones especiales del Estado dominicano a varios locutores. G. O. No. 10713 del 25 de abril de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 110-13 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre de 1981. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a los siguientes locutores dominicanos: Nombres Cédulas Montos Félix Jarvis Santana [cédula] RD$30,000.00 Bernarda Yolaina Marmolejos Tejada [cédula] RD$30,000.00 José Manuel de Jesús Henríquez Aybar [cédula] RD$30,000.00 José Antonio Arismendi López Quintero [cédula] RD$30,000.00 Fabián Antonio García Taveras [cédula] RD$30,000.00 Rafael José Miranda Miliano [cédula] RD$30,000.00 José del Carmen Cáceres Mateo [cédula] RD$30,000.00 Bienvenido Antonio Bernabé Jiménez [cédula] RD$30,000.00 Braulio Rafael Marmolejos Cabrera [cédula] RD$30,000.00 Reyes Melanio Cortorreal [cédula] RD$30,000.00 Samuel Acosta [cédula] RD$30,000.00 Lino Benítez Miniel [cédula] RD$30,000.00 José Miguel Román Díaz [cédula] RD$30,000.00 Víctor Leandro Gómez Pichardo [cédula] RD$30,000.00 Luis Eduardo Fortuna López [cédula] RD$30,000.00 Bolívar Antonio Rosario [cédula] RD$30,000.00 Rafael Méndez Alcántara [cédula] RD$30,000.00 Pedro Antonio Santos Rosario [cédula] RD$30,000.00 César Augusto Santana [cédula] RD$30,000.00 Reudys Amador González [cédula] RD$30,000.00 Jeannette Altagracia Dotel Montes de Oca [cédula] RD$30,000.00 Oscar Segundo González López [cédula] RD$30,000.00 Marianela Esmilda Martínez T. de Deschamps [cédula] RD$30,000.00 Altagracia Nery Molina Lantigua [cédula] RD$30,000.00 Hugo Apolinar Adames Castillo [cédula] RD$30,000.00 Luis Lizardo Pichardo [cédula] RD$30,000.00 José del Carmen Estévez Martínez [cédula] RD$30,000.00 Gladys Altagracia Diloné [cédula] RD$30,000.00 ARTÍCULO 2. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. PÁRRAFO: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 3. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y la misma será ejecutada por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique. ARTICULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil trece (2013); años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA El suscrito: Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo Certifica que la presente publicación es oficial Dr. César Pina Toribio Santo Domingo, D. N., República Dominicana

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona