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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 87-13

que modifica las bases generales de los premios anuales de música clásica y popular que otorga el Estado dominicano a través del Ministerio de Cultura

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 mar de 2013fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10712Gaceta Oficial del 1 abr de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 87-13 que modifica las bases generales de los premios anuales de música clásica y popular que otorga el Estado dominicano a través del Ministerio de Cultura. G. O. No. 10712 del 1 de abril de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 87-13 CONSIDERANDO: Que los premios anuales de música constituyen una de las más altas distinciones que concede el Estado dominicano en el área de la música a través del Ministerio de Cultura. CONSIDERANDO: Que dentro de sus facultades, el Ministerio de Cultura debe promover el fomento de las artes en todas sus expresiones y el desarrollo general de la cultura dominicana, como resultan ser los premios anuales de música. VISTO: El Decreto número 111-05, del 23 de febrero de 2005. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, numeral 1, literal b), de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente: DECRETO ARTÍCULO 1. Se modifican las bases generales de los premios anuales de música clásica y popular que otorga el Estado dominicano a través del Ministerio de Cultura, para que en lo adelante se otorguen en diferentes categorías y modalidades, como se indican en lo adelante. ARTÍCULO 2. Los géneros y modalidades a los que se convocará el concurso de dichos premios son los siguientes: Genero Música Académica de formato Sinfónico-Coral Modalidades: a) Obra Orquestal, con sin la solista. b) Obra Coral, con o sin orquesta. c) Música de Cámara: - Obra para instrumento solista, con o sin acompañamiento de piano. - Grupo de canciones, con acompañamiento de piano. - Obra para dúo, trío o cuarteto, en diferentes combinaciones instrumentales, hasta noneto. d) Banda Sinfónica o de Concierto. e) Obra compuesta para instrumentos de viento y percusión, para banda, en su configuración tradicional. Género Música Popular Modalidades: a) Música Bailable b) Música de Jazz c) Música Pop/Rock d) Música Infantil e) Música Folclórica ARTÍCULO 3. La convocatoria de dichos géneros y modalidades se hará mediante concurso público, entre los meses de octubre y enero de cada año. ARTÍCULO 4. Los demás aspectos relacionados a los premios anuales de música, serán contemplados en las bases de los premios que elabore el Ministerio de Cultura, incluyendo las respectivas dotaciones económicas o de cualquier otra modalidad, que se aplicarán según lo estipulado en el presupuesto aprobado por dicha cartera para tales fines. ARTÍCULO 5. El Ministerio de Cultura determinará las dependencias, organismos dependientes o independientes o particulares técnicos del área, que se encarguen de la ejecución de los premios, la dinámica operativa y la selección de los jurados calificadores. ARTÍCULO 6. El presente decreto modifica el Decreto Núm. 111-05, del 23 de febrero de 2012. ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de Cultura para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año dos mil trece (2013); años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona