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Decreto

Decreto 81-13

que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano de varias porciones de terrenos, en distintos municipios del país, para construir edificaciones escolares

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 mar de 2013fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10712Gaceta Oficial del 1 abr de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Texto

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Dec. No. 81-13 que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano de varias porciones de terrenos, en distintos municipios del país, para construir edificaciones escolares. G. O. No. 10712 del 1 de abril de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 81-13 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No, 625-12, del 10 de noviembre de 2012, el Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), e integrado por las dependencias relacionadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y por la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, (OISOE). CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional de Edificaciones Escolares se financiará con fondos provenientes del Ministerio de Educación, y tendrá a su cargo la ejecución de los planes de construcción de edificaciones que determine dicho Ministerio. CONSIDERANDO: Que conforme dispone el Párrafo III, del Artículo 8, del Decreto No. 625-12, el Ministerio de Educación tiene la responsabilidad de entregar al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), y a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), la relación de la totalidad de las obras a construir durante el año 2013 y los diseños arquitectónicos de los prototipos de aulas y los solares donde se ubicarán las escuelas. CONSIDERANDO: Que para ejecutar los planes de construcción de edificaciones escolares para el año 2013, el Ministerio de Educación necesita disponer de varias porciones de terrenos propiedad de particulares, cuya adquisición por parte del Estado amerita ser declaradas de utilidad pública e interés social. VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. VISTO: El Decreto No. 625-12, del 10 de noviembre de 2012, mediante el cual se creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O Artículo 1.- Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por parte del Estado dominicano, de las porciones de terrenos que a continuación se indican, las cuales serán utilizadas para construir las edificaciones escolares contempladas en los planes de construcción del año 2013: 1. Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,500.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.665-B, del Distrito Catastral No.8, ubicada en el municipio de, Azua de Compostela, provincia Azua, amparada por la Constancia Anotada identificada con la Matrícula No.0500002706, propiedad de la sociedad comercial GARGOCA CONSTRUCTORA, S.R.L. 2. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,640.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.1468, del Distrito Catastral No.4, ubicada en el municipio de Neyba, provincia Bahoruco, amparada por la Carta Constancia del Certificado de Título No.5660, propiedad del señor ALFONZO GEVARA. 3. Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.4, ubicada en el municipio de Dajabón, provincia Dajabón, amparada por el Certificado de Título identificado con la Matrícula No.1300005247, JOVINA JIMÉNEZ. 4. Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.49, del Distrito Catastral No.4, ubicada en el municipio de Dajabón, provincia Dajabón, amparada por el AC-085 del Instituto Agrario Dominicano, usufructuada por la señora ANA JULIA TEJADA MATEO. 5. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,660.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.7-A-1, del Distrito Catastral No.16, ubicada en el municipio San Francisco de Macorís, provincia Duarte, amparada por el Certificado de Título No.2002-30, propiedad de la sociedad comercial NUEVO SAN FRANCISCO, S.A. 6. Una porción de terreno con una extensión superficial de 13,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.270, del Distrito Catastral No.4, ubicada en el municipio de Moca, provincia Espaillat, amparada en el Certificado de Título No.75- 581, propiedad del señor FÉLIX ANTONIO LANTIGUA JIMÉNEZ. 7. Una porción de terreno con una extensión superficial de 4,500.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.18, ubicada en el municipio de Villa Tapia, provincia Hermanas Mirabal, amparada por el Certificado de Título identificado con la Matrícula No.1600003372, propiedad de los señores LUIS FELIPE NICASIO RODRÍGUEZ y ANA MARÍA HERNÁNDEZ P. DE NICACIO. 8. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,640.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.161, del Distrito Catastral No.7, ubicada en el municipio de Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, amparada por el Certificado de Título No.92, propiedad de los sucesores de la señora JUANA RAMONA GÓMEZ ALMANZAR, señores: EUDOCIA MARÍA TAVERAS GÓMEZ y ARMANDO JOSÉ TAVERAS GÓMEZ. 9. Una porción de terreno con una extensión superficial de 4,114.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.637, del Distrito Catastral No.4, del municipio de Salcedo, provincia Hermanas Mirabal, amparada por la Constancia Anotada en el Certificado de Título No.83-299, propiedad de los señores: DIONEL DE JESÚS MARIA MENA PANTALEÓN, ALFREDO JOSÉ GABRIEL DE JESÚS MENA PANTALEÓN, JUAN ALBERTO MENA PANTALEÓN, DARÍO MANUEL DE JESÚS MENA PANTALEÓN, ROSAURA JOSEFINA MERCEDES MENA PANTALEÓN y GUILLERMO ANTONIO RIVAS DE LA CRUZ. 10. Una porción de terreno con una extensión superficial de 4,320.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.789, del Distrito Catastral No.11/9, ubicada en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, amparada por el Certificado de Título No.2004-473, propiedad de los señores CAMILO CASTILLO MELO y SEVERA ANTONIA CASTILLO CASTILLO. 11. Una porción de terreno con una extensión superficial de 834.76 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.2-C-003.10759, del Distrito Catastral No.37/1ra, ubicada en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, amparada por el Certificado de Título No.2006-1877, CRUZ PÉREZ JOSÉ, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]. 12. Una “porción de terreno con una extensión superficial de 8,400.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.842-A, del Distrito Catastral No.11, ubicada en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, amparada por el Certificado de Título No.96-254, propiedad del señor SEGUNDO SECUNDINO MARTINEZ y FELIPA MARTINEZ MARTINEZ. 13. Una porción de terreno con una extensión superficial de 3,456.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.2-C, del Distrito Catastral No.37/1, ubicada en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, amparada en la Constancia Anotada del Certificado de Título No.61-71, propiedad del señor MANUEL DE JESÚS MONTÁS SANTANA. 14. Una porción de terreno con una extensión superficial de 745.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.2-C-003,10759, del Distrito Catastral No.37/1ra., ubicada en el municipio de Higüey, provincia La Altagracia, amparada en Certificado de Título No.2006-1877, propiedad del señor JULIO ARAMIS MORA GUZMÁN. 15. Una porción de terreno con una extensión superficial de 9,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.65, del Distrito Catastral No.14, ubicada en el municipio de Jima Abajo, provincia La Vega, amparada por la Constancia Anotada identificada con la Matrícula No.0300003405, propiedad de la compañía DAMICOS, S. A., con RNC. 16. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,880.50 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.725-A, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Constanza, provincia La Vega, amparada por el Certificado de Título No.2000-355, propiedad de la señora MARINA VALENZUELA MORILLO. 17. Una porción de terreno con una extensión superficial de 9,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.83, del Distrito Catastral No.123, ubicada en el municipio de Jima Abajo, provincia La Vega, amparada por la Constancia Anotada en el Certificado de Título No.78-1278, propiedad de los señores PORFIRIO ALBERTO MONEGRO SANTOS y BERONICA ACEVEDO ROSARIO DE MONEGRO. 18. Una porción de terreno con una extensión superficial de 1,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.44, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, amparada por el Certificado de Título No.74-23, propiedad de los señores FELICIANO ÁLVARO HERNANDO y ROSA AMPARO ALVARADO. 19. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.825, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, amparada por la Constancia Anotada identificada con la Matrícula No.1400001301, propiedad de ABRAHÁN ARÍSTIDES VICTORIA GELABERT. 20. Una porción de terreno con una extensión superficial de 4,150.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No,89, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Cabrera, provincia María Trinidad Sánchez, amparada por el Certificado de Título No.72-32, propiedad del señor BERNARDO ALONZO ALVARADO. 21. Una porción de terreno con una extensión superficial de 2,500.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.825, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, amparada por el Certificado de Título No.61-75, propiedad de los señores ADRIANO TAVERAS CAPELLÁN y LUZ CELESTE MARTE VILLA. 22. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,548.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.298, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, amparada por la Carta Constancia anotada en el Certificado de Título No.237, propiedad del señor JESÚS MARIA SANTANA LORENZO. 23. Una porción de terreno con una extensión superficial de 3,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.003-1275, del Distrito Catastral No. 11, ubicada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, amparada por el Certificado de Título No.05-192, propiedad del señor JOSÉ MIGUEL REYES BAUTISTA. 24. Una porción de terreno con una extensión superficial de 4,376.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.493, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, amparada por la Carta Constancia Anotada en el Certificado de Título No.131, propiedad de los señores JUAN ANTONIO CORREA BATISTA y MARÍA MERCEDES BATISTA CRUZ. 25. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,920.00 metros cuadrados (7,920MTS'), dentro del ámbito de la Parcela No.69, del Distrito Catastral No.9, ubicada en el municipio de Maimón, provincia Monseñor Nouel, amparada por la Constancia Anotada en el Certificado de Título No.157, propiedad de la señora FERMINA TORIBIO NÚÑEZ. 26. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,188.36 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.493, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Bonao, provincia Monseñor Nouel, amparada por la Constancia del Certificado de Título No.131, propiedad de los señores RAMÓN GUERRERO PÉREZ y MARÍA TERESA DE JESÚS. 27. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.112, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Villa Vásquez, provincia Montecristi, amparada por la Constancia Anotada en el Certificado de Titulo No. 142, propiedad de los señores LEONCIO APOLINAR JIMÉNEZ CABREJA y ANA LIBERTAD ACOSTA ESTÉVEZ. 28. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,760.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.41-SUBD-16, del Distrito Catastral No.64-B, ubicada en el municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, amparada por el Certificado de Título No.4769, propiedad de la compañía HACIENDA DOÑA ANGÉLICA, C. POR A., con RNC. 29. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.248-E, del Distrito Catastral No.7, ubicada en el municipio de Yamasá, provincia Monte Plata, amparada por el Certificado de Título No.2858, propiedad de la señora BIENVENIDA DE LA CRUZ MATOS. 30. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,274.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.10-D, del Distrito Catastral No.5, ubicada en el municipio de Sosúa, provincia Puerto Plata, amparada por las Cartas Constancias Nos.16, 18, y 23, anotadas en el Certificado de Título No.11, propiedad del señor GABRIEL ANTONIO MORA RAMÍREZ. 31. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,200.00, dentro del ámbito de la Parcela No.3783, del Distrito Catastral No.7, ubicada en el municipio de Samaná, provincia Samaná, amparada por el Certificado de Título No.93-174, propiedad de los señores MANUEL DE JESÚS SARANTE GARCÍA y DORIS MERCEDES REYES GÓMEZ. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00, dentro del ámbito de la Parcela No.41, del Distrito Catastral No.12, ubicada en el municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, amparada por la Constancia Anotada identificada con la Matrícula No.0400002688, propiedad de los señores FÉLIX ANTONIO HERNÁNDEZ VARGAS y FLOR DE LIMA COMPRES BALVI. 33. Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,500.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.415-B, del Distrito Catastral No.3, ubicada en el municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, amparada por la Carta Constancia anotada en el Certificado de Título No.1, actualmente en propiedad del señor FÉLIX ALTENIO DIAZ BEARD. 34. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,720.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.48, del Distrito Catastral No.3, ubicada en el municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, amparada por la Constancia Anotada identificada con la Matrícula No.0400002048, propiedad de la señora MANUELA HERRERA. 35. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.38-006-11522, del Distrito Catastral No.8, ubicada en el municipio Bajos de Haina, provincia San Cristóbal, amparada por el Certificado de Título identificado con la Matrícula No.1800010556, propiedad de los señores KEITHEL JONATHAN DE SAN MARTÍN BREA BERRIDO y ELSA ALTAGRACIA DE LA CRUZ GUZMÁN. 36. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.17-A, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de San Cristóbal, provincia de San Cristóbal, amparada por la Constancia Anotada identificada por la Matrícula No.3000044465, propiedad de la señora VICELYS FRANCISCA SILVESTRE DE LOS SANTOS. 37. Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,480.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.407-REF, del Distrito Catastral No.10, ubicada en el municipio de San Cristóbal, provincia San Cristóbal, amparada en el Certificado de Título No.11,233, propiedad de la señora CÁNDIDA AURORA SIRAGUSA LEGREAUX. 38. Una porción de terreno con una extensión superficial de 6,970.54 metros cuadrados, identificada con el No.[cédula], ubicada en el municipio de San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís, amparada mediante Certificado de Titulo identificado con la Matrícula No.2100036103, propiedad del señor VÍCTOR MANUEL ROMERO SANTANA. 39. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.96-A-REF, del Distrito Catastral No.16/6, ubicada en el municipio de San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís, amparada por la Constancia Anotada en el Certificado de Título No.75-163, propiedad del señor ANTONIO ERNESTO BARBOSA SANTANA. 40. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,640.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.1-D, del Distrito Catastral No.15, ubicada en el municipio de Santiago, provincia Santiago, amparada por el Certificado de Título No.116, propiedad de la sociedad comercial INVERSIONES ALES, S.A. 41. Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,760.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.18-C, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Santiago, provincia Santiago, amparada por el Certificado de Título No.11.-L1039F70, propiedad del señor ANÍBAL FRANCISCO SANTANA GERMOSÉN. 42. Una porción de terreno con una extensión superficial de 10,585.47 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.[cédula], del Distrito Catastral No.5, ubicada en el municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, amparada por el Certificado de Título identificado con la Matrícula No.2200001325, propiedad de los señores JOSÉ ELÍAS NÚÑEZ y RALVANIA REYES NÚÑEZ. 43. Una porción de terreno con una extensión superficial de 8,000.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.646, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio de Monción, provincia Santiago Rodríguez, amparado en la Carta Constancia anotada en el Certificado de Título No.152, propiedad de los señores RAÚL OSVALDO HERNÁNDEZ GENAO y RAYSA BERTILIA GÓMEZ PEÑA. 44. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.1-005-20638, del Distrito Catastral No.2, ubicada en el municipio Esperanza, provincia Valverde, amparada por el Certificado de Título No.5, propiedad de la compañía URBANIZACIONES Y CASAS, S.A. (URBACASA), con RNC No.[cédula]. 45. Una porción de terreno con una extensión superficial de 7,200.00 metros cuadrados, dentro del ámbito de las Parcelas No.30 y 31, del Distrito Catastral No.4, ubicadas en el municipio Esperanza, provincia Valverde, amparada por los Certificados de Títulos Nos.91 y 137, propiedad del señor DANILO DE JESÚS BONILLA FERNÁNDEZ. Artículo 2.- En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de las referidas porciones de terrenos, el Administrador General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación de las mismas. Párrafo I.- Para .facilitar la realización de acuerdos amigables, los propietarios de las referidas porciones de terrenos deberán presentar los documentos probatorios del derecho de propiedad al Departamento Jurídico del Ministerio de Educación. Párrafo II.- Las porciones de terreno declaradas de utilidad pública mediante el presente decreto serán pagadas con fondos provenientes del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Se declara de urgencia que el Estado dominicano entre en posesión de los indicados inmuebles, a través del Ministerio de Educación, a fin de que se puedan iniciar, de inmediato, las construcciones señaladas, luego de cumplidos los requisitos legales exigidos por el Artículo 13, de la Ley No. 344, del 29 de julio del 1943, modificada por la Ley No. 700, del 31 de julio del 1974. Artículo 4.- La entrada en posesión por el Estado dominicano de las mencionadas porciones de terrenos será ejecutada por el Abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto por la Ley No. 486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega el Párrafo II, al Artículo 13, de la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943. Articulo 5.- Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, a los Registradores de Títulos correspondientes, y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año dos mil trece (2013), años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona