Texto de la norma
Dec. No. 69-13 que declara de duelo oficial los días 6, 7 y 8 del mes de marzo en curso,
por motivo del fallecimiento del Comandante Hugo Chávez Frías, Presidente de la
República Bolivariana de Venezuela. G. O. No. 10712 del 1 de abril de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 69-13
CONSIDERANDO: Que el sensible fallecimiento de Comandante Hugo Chávez Frías,
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y entrañable amigo de la República
Dominicana, enluta a nuestra ciudadanía y a sus autoridades, por su innegable liderazgo
regional y, de manera especial, por sus muestras de solidaridad y colaboración con nuestro
país.
VISTA: La Ley No.108, de fecha 21 de mayo de 1967.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República; dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se declara Duelo Oficial, con motivo del fallecimiento del Comandarte
Hugo Chávez Frías, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, los días 6, 7 y 8
de marzo del año en curso. En consecuencia, la Bandera Nacional deberá ondear a media
asta durante los días señalados, en los recintos militares y edificios públicos de todo el país.
ARTICULO 2.- Los ministerios de las Fuerzas Armadas, de Relaciones Exteriores y de
Interior y Policía, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los seis (6) días del mes de marzo del año dos mil trece (2013),
años 170 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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