jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 62-13

que crea el parque de Zonas Francas Industriales de Exportaciones Banis Business, Inc., ubicado en la provincia de Santo Domingo

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 feb de 2013fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 10711Gaceta Oficial del 1 mar de 2013
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
BANIS BUSINESS, INC (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 62-13 que crea el parque de Zonas Francas Industriales de Exportaciones Banis Business, Inc., ubicado en la provincia de Santo Domingo. G. O. No. 10711 del 1 de marzo de 2013. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 62-13 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación ha contribuido eficazmente a la rehabilitación económica de aquellas comunidades donde han sido instaladas. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.05-12-P, del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, del 12 de diciembre de año 2012, dicho Consejo aprobó la instalación del "PARQUE DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES DE EXPORTACIONES BANIS BUSINESS, INC.", para ser desarrollada y operada por la compañía "BANIS BUSINESS, INC.", la cual operará en la provincia Santo Domingo, República Dominicana. CONSIDERANDO: Que el Art. 19, acápite a) de la Ley No. 8-90, que fomenta la instalación de nuevas zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación para conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo, la instalación de nuevos parques industriales acogidos a los beneficios de dicha ley. VISTA: El acta de la reunión celebrada el 12 de diciembre de 2012, debidamente certificada por la Secretaría del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, el 12 de diciembre de 2012. VISTA: La Ley No. 8-90, del 15 de enero del 1990, y su Reglamento. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO ARTÍCULO 1. Se crea la Zona Franca Industrial que se denominará "PARQUE DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES DE EXPORTACIONES BANIS BUSINESS, INC. ", bajo la administración técnica y operativa de la empresa "BANIS BUSINESS, INC.”, la cual se beneficiará del régimen de incentivos y obligaciones contenidos en la Ley No. 8-90, del 15 de enero del 1990. ARTÍCULO 2. El "PARQUE DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES DE EXPORTACIONES BANIS BUSINESS, INC.", estará ubicado en la provincia Santo Domingo, República Dominicana, en una extensión territorial de diez mil cuatrocientos cuarenta y cinco punto treinta y dos metros cuadrados (10,445.32 M2), dentro del ámbito de la parcela No. 61-A-Refundida, del DC No. 04, provincia Santo Domingo, cuyos linderos son: al norte parcela No. 61-A-Ref. (resto) y parcela No. 61-A-Ref. 002-8087- 8089-8090 y parcela No. 61-A-1-B; al este parcela No. 61-A-Ref. (resto) y Ave. República de Colombia; al oeste parcela No. 61-A-1-B, parcela No. 61-A-Ref. (resto) y parcela No. 61-A-Ref.-[cédula]; al sur parcela No. 61-A-Ref. (resto) y Ave. República de Colombia. ARTÍCULO 3. Las condiciones bajo las cuales se desarrollará y operará dicha zona franca, estarán contenidas en un contrato que deberá ser firmado entre el Estado dominicano y la empresa “BANIS BUSINESS, INC.". ARTÍCULO 4. La extensión territorial de la referida zona franca industrial podrá ser extendida a solicitud de la operadora de dicho parque, previo cumplimiento de las disposiciones de la Ley 8-90, del 15 de enero del 1990, para estos fines. ARTÍCULO 5. Las empresas que se establezcan en el "PARQUE DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES DE EXPORTACIONES BANIS BUSINESS, INC.", una vez aprobadas por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, se beneficiarán de los incentivos y las exenciones contenidas en las leyes, decretos y reglamentos vigentes, y de aquellos que pudiesen decretarse en el futuro. ARTÍCULO 6. Se le otorga Poder Especial al Ministro de Industria y Comercio, para que en nombre y representación del Estado dominicano, suscriba con la compañía "BANIS BUSINESS, INC.", los contratos correspondientes que regulen las relaciones y el manejo de esta zona franca de exportación. ARTÍCULO 7. Envíese al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año dos mil trece (2013), años 169 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona