Texto de la norma
Dec. No. 25-13 que autoriza al Alférez de Fragata Juan Luis González Minaya,
Marina de Guerra, a aceptar y usar varias condecoraciones extranjeras. G. O. No.
10709 del 7 de febrero de 2013.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 25-13
VISTA: La Ley No. 1325, del 13 de enero del 1947, sobre la autorización para aceptar y
usar condecoraciones extranjeras.
VISTO: El Reglamento No. 4157, del 4 de febrero del 1947, y sus modificaciones.
VISTO: El oficio No. 2478, del 28 de diciembre de 2012, del Mayor General Joaquín V.
Pérez Féliz, Asesor Militar del Presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República dicto el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1. Se concede la autorización para que el Alférez de Fragata Juan Luis
González Minaya, Marina de Guerra, pueda usar las condecoraciones de ´´Medalla de
Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia ´´, ´´Medalla de Francisco José
de Caldas´´, ´´Medalla de Alumno Distinguido de la Escuela Naval´´, ´´Medalla de la
Gobernación de Bolívar´´ , ´´Medalla de Escuela Naval República de Chile Libertador
General Bernardo Ohiggins´´, ´´Medalla Orden Cruz Peruana al Mérito Naval´´, ´´Medalla
de Armada de Brasil´´ las cuales le fueron otorgadas en la Promoción de Oficiales NA-127-
IM 80 en la Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla, en Colombia.
ARTICULO 2. Envíese al Ministerio de las Fuerzas Armadas para los fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes enero del año dos mil trece (2013), años 169 de
la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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