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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 648-12

que suprime la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 nov de 2012fecha
Otrostipo
G. O. 10700Gaceta Oficial del 27 nov de 2012
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 648-12 que suprime la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas. Deroga el Decreto No. 755-02, del 25 de septiembre del 2002. G. O. No. 10700 del 27 de noviembre de 2012. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 648-12 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su Artículo 134, establece que para el despacho de los asuntos de gobierno habrá los ministerios que sean creados por ley. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 755-02, del 25 de septiembre de 2002, se creó la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas, con la finalidad de apoyar al Presidente de la República en sus relaciones con los demás poderes del Estado, con los partidos políticos y con la sociedad civil; contribuir al fortalecimiento de los procesos de Reforma del Estado; y cooperar con las políticas comunicacionales del gobierno central, trabajando en estrecha relación con los órganos oficiales establecidos. CONSIDERANDO: Que diez años después de creada dicha oficina, los ministerios de Estado correspondientes han diseñado, formulado e implementado políticas públicas tendentes a lograr avances significativos en las áreas citadas. CONSIDERANDO: Que en vista de lo anterior, la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas ha cumplido con su cometido. CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de Administración Pública, No. 247-12, del 9 de agosto de 2012, establece que la supresión o modificación de entes y órganos administrativos se adoptará mediante actos que gocen de rango normativo igual o superior al de aquellos que determinaron su creación o última modificación. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, votada y proclamada por la Asamblea Nacional, el 26 de enero de 2010. VISTA: La Ley Orgánica de Administración Pública, No. 247-12, del 9 de agosto de 2012; VISTO: El Decreto No. 755-02, del 25 de septiembre de 2002, que creó la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se suprime la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas. Artículo 2.- El Ministerio de la Presidencia, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública, procederá a la reubicación, si aplica, del personal que actualmente labora en la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas, tomando en consideración sus perfiles y competencias, para lo cual dispondrán de un plazo no mayor de 60 días calendarios. Artículo 3.- Los planes y/o programas que se encuentren en ejecución en la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas serán asumidos por el Ministerio de la Presidencia. Artículo 4.- Quedan transferidos al Ministerio de la Presidencia los bienes inmuebles, espacios físicos y activos que tengan en usufructo o uso la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas. Artículo 5.- Los pasivos para los cuales esta entidad tenga asignaciones y/o apropiaciones presupuestarias disponibles o en curso de asignación, serán evaluados por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de la Presidencia y, de proceder, serán pagados con los fondos asignados. PÁRRAFO: Los pasivos para los cuales esta entidad no tuviera asignaciones y/o apropiaciones presupuestarias disponibles o en curso, pasarán al Ministerio de Hacienda para ser evaluados. Artículo 6.- Queda derogado el Decreto núm. 755-02, del 25 de septiembre del 2002. Artículo 7.- Envíese al Ministerio de la Presidencia, al Ministerio de Hacienda y a la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de año dos mil doce (2012), años 169 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona