Texto de la norma
Dec. No. 640-12 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 10698 del 15 de noviembre de 2012.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 640-12
VISTA: La Ley No.127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones
cooperativas:
A.- Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples del Municipio Santo
Domingo Norte (COOP-MUNICIPAL-SDN), con su asiento principal en la Avenida
Hermanas Mirabal esquina General Modesto Díaz, Urbanización Máximo Gómez, Santo
Domingo Norte, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha nueve (9) del mes de agosto del año dos mil once (2011).
B.- Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples del Grupo Rizek (COOP-
RIZEK), con su asiento principal en la Prolongación 27 de Febrero No. 1762, Alameda,
Santo Domingo Oeste, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea constitutiva celebrada en fecha veinte (20) del mes de octubre del año dos mil
once (2011).
C.- Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de los Empleados de las
Empresas del Grupo Burgos (COOPEGRUP), con su asiento principal en la Avenida La
Pista No. 10 Hainamosa, Santo Domingo Este, República Dominicana, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha dieciocho (18) del mes de
diciembre del año dos mil diez (2010).
D.- Cooperativa Agropecuaria y de Servicios Múltiples de Pequeños y Medianos
Productores de Cítricos San Rafael (COOPROCISAR), con su asiento principal en la
Carretera Hato Mayor-El Valle, Km. 21, casa No. 10, República Dominicana, y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veinte (20) del mes
de enero del año dos mil ocho (2008).
E.- Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Uniendo Esfuerzo
(COOPUES), con su asiento principal en la calle Salomé Ureña No. 3, (Politécnico
Inmaculada), Región Norte (Cibao Oriental) República Dominicana, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha once (11) del mes de
diciembre del año dos mil nueve (2009).
Artículo 2.- Se modifica el Artículo 1, Párrafo 1, del Decreto No.325-11, de fecha 17 de
mayo del año 2011, para que se lea y rija de la manera siguiente:
“Cooperativa de Ahorros y Créditos y Servicios Múltiples de Desarrollo de las
Pequeñas y Medianas Empresas (COOPMIPYMES).”
Artículo 3.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil doce (2012); años
169 de la Independencia y 150 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.