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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 638-12

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA NATURALIZACION DOMINICANA ORDINARIA A VARIAS PERSONAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 nov de 2012fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 10698Gaceta Oficial del 15 nov de 2012
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 638-12 que concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a varias personas. G. O. No. 10698 del 15 de noviembre de 2012. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 638-12 VISTA: La Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril del 1948, y sus modificaciones. VISTAS: Las instancias Nos. 6919 , del 14 de mayo de 2012; 9857, del 25 de julio de 2012; 10463, 10464, 10465, del 6 de agosto de 2012; 10548, del 7 de agosto de 2012; 11523, 11524, 11527, 11528 del 27 de agosto de 2012; 11592, 11593,del 28 de agosto de 2012; 11657, del 29 de agosto de 2012; 12320, 12322, del 12 de septiembre de 2012; 13501, 13502, del 1 de octubre de 2012; 11392, 11393, 11394, 11400, del 22 de agosto de 2012, respectivamente, que por conducto del Ministerio de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente: DECRETO Artículo 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación: 1. Al señor Francisco Antonio López Gascón, de nacionalidad venezolana. 2. Al señor Víctor Mario Pesquera Pesquera, de nacionalidad estadounidense. 3. Al señor César David Yanapa Cueva, de nacionalidad peruana. 4. Al señor Vicky Kapoor, de nacionalidad hindú. 5. Al señor T|ong-Liang Wu, de nacionalidad china. 6. Al señor Jose Aldeber Duque Escobar, su esposa, señora Flor Marleny Castaño Quintero y sus hijos Lili Johana Duque Castaño y Diego Sebastián Duque Castaño, todos de nacionalidad colombiana. 7. A la señora Marie Sara Nader Norfal, de nacionalidad haitiana. 8. A la señora Xixia Wu Chen, de nacionalidad china. 9. Al señor Yi-Chung Chen, de nacionalidad china. 10. Al señor You-Ting Sun, de nacionalidad china. 11. Al señor Laurent Michel Jacques Tier, de nacionalidad francesa. 12. Al señor Jocelyn Víctor Elie Somnier, de nacionalidad francesa. 13. Al señor Feliciano Juan de la Santa Cruz Gonzalez Pita, de nacionalidad cubana. 14. Al señor Rafael Antonio Panama Sánchez, de nacionalidad mexicana. 15. A la señora María Flor Moreno Malagón, de nacionalidad colombiana. 16. Al señor Antonio Manuel Da Silva Farinha, de nacionalidad portuguesa. 17. Al señor Ching-Jih Wang, de nacionalidad china. Artículo 2. Se modifica el Numeral 8, del Artículo1, del Decreto No. 389-12, del 28 de julio de 2012, en lo que respecta a Jiang Xiadong, para que en lo adelante su apellido se lea de la siguiente manera: Jiang Xiaodong, que es lo correcto. Artículo 3. Se modifica el Numeral 19, del Artículo 1, del Decreto No. 355-12, del 16 de julio de 2012, en lo que respecta a Luzzi Giacomo Ceccarelli, para que en lo adelante su nombre se lea de la siguiente manera: Giocomo Luzzi Ceccarelli, que es lo correcto. Artículo 4. Se modifica el Numeral 16, del Artículo 1, del Decreto No. 355-12, del 16 de julio de 2012, en lo que respecta a Atonio Aloi, para que en lo adelante su nombre se lea de la siguiente manera: Antonio Aloi, que es lo correcto. Artículo 5. Se modifica el Numeral 18, del Artículo 1, del Decreto No. 355-12, del 16 de julio de 2012, en lo que respecta a Li Lite, para que en lo adelante su nombre completo se lea de la siguiente manera: Lite Li, que es lo correcto. Artículo 6. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona