Texto de la norma
Dec. No. 374-12 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales
del Estado dominicano a varias personas. G. O. No. 10689 del 2 de agosto de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 374-12
VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República.
VISTA: La Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de
diciembre del 1981.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial
del Estado dominicano a las siguientes personas:
1.
Al señor Ramón Leonardo Blanco Quezada, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta mil pesos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales.
2.
Al señor José Modesto Yovani Cruz Durán, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta mil pesos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales.
3.
A la señora Dolores Bernarda Jorge Pérez de Gómez, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con
00/100 (RD$50,000.00) mensuales.
4.
Al señor Enegildo del Carmen Reyes Santos, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con 00/100
(RD$50,000.00) mensuales.
5.
Al señor José Enrique Delmonte Peguero, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con 00/100
(RD$50,000.00) mensuales.
6.
Al señor Julio César Defilló Desangles, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00)
mensuales.
7.
A la señora Tomasina Alt. Eduviges Moreaux Rodríguez de Nouel, portadora de la
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte y cinco
mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales.
8.
A la señora Elsa Milagros Velázquez Felipe de Pérez, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil pesos con
00/100 (RD$20,000.00) mensuales.
9.
Al señor Napoleón Matos Calderón, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
10. A la señora Ninoska Margarita Velásquez Matos, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta mil pesos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales.
11. A la señora Mercedes Iluminada Morales Guerrero, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con
00/100 (RD$30,000.00) mensuales.
12. A la señora María Luisa Ventura Garrido, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100
(RD$30,000.00) mensuales.
13. A la señora Zenaida Terrero Lee, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00)
mensuales.
14. A la señora Lourdes Ramírez Roques, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00)
mensuales.
15. A la señora Antonia Alcántara Pimentel, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de veinte y cinco mil pesos con 00/100
(RD$25,000.00) mensuales.
16. Al señor Carlos José Hernández Soto, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00)
mensuales.
17. A la señora Japonesa Julia Alt. Capellán Mejía, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100
(RD$30,000.00) mensuales.
18. A la señora Naila Miguelina Curiel Núñez, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100
(RD$30,000.00) mensuales.
19. Al señor Juan José Jiménez Sabater, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00)
mensuales.
20. Al señor Víctor Antonio Estrella Rodríguez, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta mil pesos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales.
21. Al señor Santiago Heradio Estrella Veloz, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de cuarenta mil pesos con 00/100
(RD$40,000.00) mensuales.
22. Al señor Víctor Mariano Hernández Betances, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con 00/100
(RD$50,000.00) mensuales.
23. Al señor Jacinto Domínguez Vásquez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00)
mensuales.
24. Al señor Mario Lockward Artiles, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00)
mensuales.
25. Al señor Willian Alemán, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$35,000.00)
mensuales.
26. Al señor Luis Fermín Olivo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales.
27. A la señora Anneris Genoveva Ortiz Ureña, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil pesos con 00/100
(RD$20,000.00) mensuales.
28. A la señora Amparo Heredia, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.
29. A la señora Sención Fortunato Morel, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
30. Al señor Rafael Damián Arias Ramírez, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
31. Al señor Juan Balbuena, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.
32. Al señor Porfirio Vida Valenzuela Morillo, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
33. Al señor Mauro Arias, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.
34. A la señora Nicolasa Morillo Valenzuela, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
35. Al señor Adriano Adámez Abréu, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
36. Al señor Marco Antonio Abréu Pichardo, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
37. Al señor Félix Zapata, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.
38. Al señor Miguel Almonte Frías, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
39. Al señor Juan Antonio Peralta, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.
40. A la señora Aurelinda Abréu Adámez de Marine, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
41. A la señora Ramona María Abréu Abréu, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
42. A la señora Andrea Fernández, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
43. Al señor Ramón María Araújo Gutiérrez, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
44. Al señor Fidel Norberto Ant. Erazo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
45. Al señor Jesús Castro, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.
46. Al señor Julio Antonio Vásquez Gerónimo, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
47. Al señor Juan Gustavo Ramos Lucas, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
48. Al señor Domingo Alfredo Sosa Herrera, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100
(RD$15,000.00) mensuales.
49. Al señor Hipólito de Jesús Morel, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
50. Al señor Santiago Pérez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales.
51. Al señor Nicolás Antonio Polanco, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
52. Al señor Manuel de Jesús Jiménez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
53. Al señor Domingo Antonio Ventura, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
54. A la señora Ana María López, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
55. Al señor Lino Bienvenido Polanco, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
56. Al señor Rafael Antonio Sosa Herrera, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00)
mensuales.
57. Al señor Rafael Aníbal Lara Cintrón, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula], por un monto de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00)
mensuales.
ARTÍCULO 2. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se
encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado.
Párrafo: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella
pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 3. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y la misma será ejecutada por la
Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de
Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición
del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones
públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique.
ARTÍCULO 4. Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil doce (2012), años
169 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ