Mostrar el texto (31,657 caracteres)
Dec. No. 373-12 que eleva las pensiones asignadas por el Estado dominicano a varias
personas. G. O. No. 10689 del 2 de agosto de 2012.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 373-12
VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República.
VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de
diciembre de 1981.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las
siguientes personas:
1.
A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de
la señora Nelly Ramona Valenzuela Salcie de Rodríguez, portadora de la Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
2.
A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor
del señor Víctor Manuel Martínez Santana, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
3.
A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Ana Cecilia Blanco Martínez, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
4.
A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Ángela Beatriz Valera M de Lied, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
5.
A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Consuelo Vásquez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
6.
A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Diógenes Cueto Guzmán, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
7.
A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Caridad Javier E de Cuevas, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
8.
A la suma de veintinueve mil quinientos pesos con 00/100 (RD$29,500.00)
mensuales, a favor del señor Rafael Camasta Issac, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
9.
A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor
del señor Pedro María Carreras Aguilera, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
10. A la suma de treinta y tres mil pesos con (RD$33.000.00) mensuales, a favor de la
señora Carmen Tejada García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
11. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Danilo Valdez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
12. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Domingo Germán Moya Prado, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
13. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del
señor José Ygnacio Cabrera Abréu, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
14. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Germán Emilio Corporán, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
15. A la suma de diecisiete mil pesos con 00/100 (RD$17,000.00) mensuales, a favor
de la señora María Estela Milagros Valdez Familia, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
16. A la suma de treinta y nueve mil quinientos pesos con 00/100 (RD$39,500.00)
mensuales, a favor de la señora Wanda del Carmen Pereyra Dickson, portadora de
la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
17. A la suma de trece mil pesos con 00/100 (RD$13,000.00) mensuales, a favor de la
señora María Minerva Tavarez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
18. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Guedis Mercedes Pérez de Vizcaíno, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
19. A la suma de treinta y cuatro mil pesos con 00/100 (RD$34,000.00) mensuales, a
favor de la señora Altagracia Méndez Espinal, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
20. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Ligia Minerva Ramírez Muñoz, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
21. A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del
señor Fredis William Santana, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
22. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Luis Germán Guzmán Morel, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
23. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Rosa Eneria Torres de Peralta, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
24. A la suma de diecisiete mil trescientos pesos con 00/100 (RD$17,300.00)
mensuales, a favor la señora Ediburga Rosario Mateo, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
25. A la suma de veintiséis mil doscientos pesos con 00/100 (RD$26,200.00)
mensuales, a favor del señor Nefri Muñoz Pérez, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
26. A la suma de treinta y seis mil pesos con 00/100 (RD$36,000.00) mensuales, a
favor del señor Carlos Hilario Jiménez Díaz, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
27. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Leonidas Salazar Martínez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
28. A la suma de diecisiete mil pesos con 00/100 (RD$17,000.00) mensuales, a favor
de la señora Yacquelin Carmona Casado, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
29. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del
señor Esteban Jiménez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
30. A la suma de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales, a favor
del señor Mario Leoner Peña García, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
31. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Miguel Antonio Reyna Pacheco, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
32. A la suma de veintitrés mil pesos con 00/100 (RD$23,000.00) mensuales, a favor
del señor Genaro Carmona Beato, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
33. A la suma de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor de la señora Emelina Turbides García, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
34. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Fapriela Antonia Cabral, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
35. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Ana Francisca Puello Báez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
36. A la suma de once mil seiscientos cincuenta y tres pesos con 00/100
(RD$11,653.00) mensuales, a favor de la señora Gladys Mercedes Germosén P.
de Mieses, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
37. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Bélgica Clarisbel Méndez Algarroba, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
38. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Dulce María Lama Lama de Dihmes, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
39. A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor de
la señora Cecilia Violeta Núñez Castillo, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
40. A la suma de diez y nueve mil pesos con 00/100 (RD$19,000.00) mensuales, a
favor de la señora Blasina Efigenia Santana Núñez, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
41. A la suma de quince mil ochocientos pesos con 00/100 (RD$15,800.00)
mensuales, a favor del señor Anazario Santos, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
42. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Ramón Villafaña Campechano, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
43. A la suma de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor del señor Miguel Antonio Vásquez Sosa, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
44. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Altagracia Jiménez Caba, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
45. A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la
señora Segunda Margarita Capellán Santos, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
46. A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del
señor Danilo Emilio González Borrel, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
47. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Juana Antonia Cabral, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
48. A la suma de veinticinco mil quinientos pesos con 00/000 (RD$25,500.00)
mensuales, a favor del señor Frank Félix Marte, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
49. A la suma de doce mil quinientos pesos con 00/100 (RD$12,500.00) mensuales, a
favor de la señora Sofía Cornelio, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
50. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora María Félix P. de Capellán, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
51. A la suma de sesenta mil pesos con 00/100 (RD$60,000.00) mensuales, a favor
del señor Mario Ernesto Vinas Betances, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
52. A la suma de sesenta mil pesos con 00/100 (RD$60,000.00) mensuales, a favor
del señor Francisco Antonio Ortega Canela, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
53. A la suma de sesenta mil pesos con 00/100 (RD$60,000.00) mensuales, a favor de
la señora Francia Josefina Miniño R de Molina, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
54. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor José David Guzmán Cáceres, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
55. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Leonardo De Jesús, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
56. A la suma de doce mil trescientos pesos con 00/100 (RD$12,300.00) mensuales, a
favor de la señora Carmen Rosa González Martínez de Saldaña, portadora de la
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
57. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Dominga Germán, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
58. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Abel Alejandro Cardoza Guzmán, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
59. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del
señor Sócrates Dimas Domínguez Hernández, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
60. A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor del
señor Pablo de Jesús Estévez Franco, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
61. A la suma de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales, a favor
del señor Danilo Caraballo Santana, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
62. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de
la señora Irma Antonia Gómez Aybar, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
63. A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor de la
señora Gloria Adames Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
64. A la suma de dieciocho mil pesos con 00/100 (RD$18,000.00) mensuales, a favor
del señor Evelio de la Cruz Vásquez Martínez, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
65. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del
señor José Antonio Pantaleón Peña, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
66. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Oneyda Anglica Esquea Mena, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
67. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Francisco Antonio Holguín Apolinario, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
68. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Altagracia Antonia Monagas De los Santos, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
69. A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor de
la señora Bárbara Argelia Díaz D de Reyes, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
70. A la suma de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales, a favor
del señor Luis Ernesto Mejías Castillo, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
71. A la suma de trece mil pesos con 00/100 (RD$13,000.00) mensuales, a favor de la
señora Edelmira Chevalier Durán de Abréu, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
72. A la suma de veintinueve mil pesos con 00/100 (RD$29,000.00) mensuales, a
favor del señor César Gabriel Valdez Suárez, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
73. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Olga María Catalina Fuentes Ginebra, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
74. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Angélica Adelaida Fuentes Ginebra, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
75. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Onésimo Ramón Rivas Pérez, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
76. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Petra María Jiménez Heredia, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
77. A la suma de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor del señor Rafael Antonio Matos, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
78. A la suma veintitrés mil doscientos cincuenta y dos pesos con 00/100
(RD$23,252.00) mensuales, a favor de la señora Luisa Rafaela Lembert Muñoz de
Sánchez, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
79. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Jorge Cristian Montero D´Oleo, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
80. A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor
de la señora Claire Paulette Edelstein, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
81. A la suma de cuarenta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$45,000.00) mensuales, a
favor del señor Manuel Alexis Liz Castellanos, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
82. A la suma de cuarenta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$45,000.00) mensuales, a
favor del señor Blas Rafael Almonte Alonzo, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
83. A la suma de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor de la señora Anania Céspedes Kingsley de Rivera, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
84. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Mercedes Mejía Minaya, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
85. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Hilda María Fernández Terrero de Pérez, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
86. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del
señor Julio César Lalondriz Isambert, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
87. A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor de la
señora Tamara del C de Jesús Mazara Zaiter, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
88. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Daysi Mercedes Blanco MC C de Almánzar, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
89. A la suma de trece mil pesos con 00/100 (RD$13,000.00) mensuales, a favor del
señor Emilio Germán Castillo, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
90. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Teodosa Castillo Adames, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
91. A la suma de dieciséis mil pesos con 00/100 (RD$16,000.00) mensuales, a favor
de la señora Mercedes Medina, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
92. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Obdulio Emilio Vicente Encarnación, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
93. A la suma de dieciocho mil pesos con 00/100 (RD$18,000.00) mensuales, a favor
del señor Juan Bautista Pérez Cambero, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
94. A la suma de veintiséis mil pesos con 00/100 (RD$26,000.00) mensuales, a favor
del señor Ney Alcides De la Rosa Cornielle, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
95. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del
señor Alberto Cuevas Terrero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
96. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Elisa Atines Díaz Beras, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
97. A la suma de diecinueve mil pesos con 00/100 (RD$19,000.00) mensuales, a
favor del señor Rafael Gustavo Ferreira Bautista, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
98. A la suma de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor de la señora Margarita María Then Then, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
99. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Agustín Amaro Brito, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
100. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor del
señor Miguel Arcángel Montes de Oca Pérez, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
101. A la suma de catorce mil pesos con 00/100 (RD$14,000.00) mensuales, a favor
del señor Tomás Napoleón Arroyo Reyes, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
102. A la suma de dieciséis mil quinientos pesos con 00/100 (RD$16,500.00)
mensuales, a favor del señor Jacinto Morel Almonte, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
103. A la suma de veinte y ocho mil pesos con 00/100 (RD$28,000.00) mensuales, a
favor de la señora Juana Suero Martínez de García, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
104. A la suma de catorce mil pesos con 00/100 (RD$14,000.00) mensuales, a favor de
la señora María del Carmen Herrera Mercedes, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
105. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Guillermo Alejandro Domenech Abréu, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
106. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Matías Heriberto Encarnación Encarnación, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
107. A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor
de la señora Rosa Milagros de la Alt Díaz Mendoza, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
108. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Apolinar Segura Romero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
109. A la suma de veinte y tres mil pesos con 00/100 (RD$23,000.00) mensuales, a
favor de la señora Yluminada De León De León, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
110. A la suma de veinte y tres mil doscientos pesos con 00/100 (RD$23,200.00)
mensuales, a favor del señor Sergio Adriano Uribe Matos, portador de la Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
111. A la suma de veinte y ocho mil pesos con 00/100 (RD$28,000.00) mensuales, a
favor de la señora Juana Acosta Cid, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
112. A la suma de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor de la señora María Gertrudis Sarita Núñez, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
113. A la suma de dieciocho mil pesos con 00/100 (RD$18,000.00) mensuales, a favor
de la señora Norma Altagracia Díaz Pichardo, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
114. A la suma de diecisiete mil pesos con 00/100 (RD$17,000.00) mensuales, a favor
de la señora Ana Mercedes Cruz Hernández, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
115. A la suma de veinte y tres mil ciento cincuenta y ocho pesos con 00/100
(RD$23,158.00) mensuales, a favor del señor Antonio Segura Matos, portador de
la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
116. A la suma de veinte y cinco mil doscientos pesos con 00/100 (RD$25,200.00)
mensuales, a favor del señor José Bolívar Pereyra Pérez, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
117. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Luis María Ruiz Mercedes, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
118. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Adriano Severino Santana, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
119. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor José Alfredo Checho Azcona, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
120. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Luis Manuel Grullón Grullón, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
121. A la suma de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor del señor Manuel de los Reyes Alcántara, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
122. A la suma de quince mil quinientos pesos con 00/100 (RD$15,500.00) mensuales,
a favor de la señora Sonia Rosario Paredes, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
123. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Nuris Martha Reyes Fernández, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
124. A la suma de treinta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales, a
favor de la señora Lidia Antonia Pichardo de Rodríguez, portadora de la Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
125. A la suma de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales, a favor
del señor Félix Antonio Rosario, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
126. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Javier Stiven Cruz Martínez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
127. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Xiomara Niurka Martínez Guzmán, portadora de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
128. A la suma de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor de la señora Hilda Marta Casanova Brito de Pérez, portadora de la Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
129. A la suma de treinta y cinco mil pesos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales, a
favor del señor José del Carmen Cuello Abréu, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
130. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor Juan José Castro Padilla, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
131. A la suma de trece mil pesos con 00/100 (RD$13,000.00) mensuales, a favor de la
señora Alejandrina Castillo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
132. A la suma de veinte y cuatro mil pesos con 00/100 (RD$24,000.00) mensuales, a
favor de la señora Ramona Virtudes Moquete D L R de Patricio, portadora de la
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
133. A la suma de diecinueve mil pesos con 00/100 (RD$19,000.00) mensuales, a
favor de la señora Carmen Vianela Moquete De la Rosa, portadora de la Cédula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
134. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Adelina Terrero de Meran, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
135. A la suma de veinte y tres mil pesos con 00/100 (RD$23,000.00) mensuales, a
favor de la señora Sofía Sierra Valdez, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
136. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Agustín Meran Cabral, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
137. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Hipólito Osvaldo Pérez Saladin, portador de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
138. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Cornelio Remigio García, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
139. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Carlos Marino Sánchez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
140. A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor del
señor Luciano Hernández María, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
141. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Marcelina Peralta Peralta, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
142. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Santa Carpio, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
143. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Norma Altagracia Paredes Mena, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
144. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Rafaela Antonia Paredes Mena de Paredes, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
145. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de
la señora Ofelia Alt. Teresa Lluberes Mejía, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
146. A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor del
señora Cira Quisqueya Martínez Peña de Pantaleón, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
147. A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, a favor del
señor Isidro de Regla de Jesús Suárez Andújar, portador de la Cédula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
148. A la suma de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor del
señor José Dolores Guerrero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
149. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de
la señora Aida Antonia Garcia Medrano de Mota, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
150. A la suma de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales, a favor de
la señora Manuela Aracélis de Jesús Quezada Peña, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
151. A la suma de veinte y cinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a
favor de la señora María Dolores Franco Badía de León, portadora de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
152. A la suma de cuarenta mil pesos con 00/100 (RD$40,000.00) mensuales, a favor
de la señora Adela Sánchez Delgado, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
153. A la suma de veinte y un mil pesos con 00/100 (RD$21,000.00) mensuales, a
favor de la señora María Fior Daliza Bencosme O de De la Maza, portadora de la
Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
154. A la suma de doce mil pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor de la
señora Finlandia Heroína Rivera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
155. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor de la
señora Amada Mercedes Rosario Candelier, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
156. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señora Brunilda de Jesús Espinal Payamp, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
157. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señora Olga Celeste Ogando Heureaux, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
158. A la suma de once mil pesos con 00/100 (RD$11,000.00) mensuales, a favor del
señor Francisco Soto, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].
159. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, a favor de
la señora Carmen Martínez Henríquez, portadora de la Cédula de Identidad y
Electoral No. [cédula].
160. A la suma de veinte y dos mil pesos con 00/100 (RD$22,000.00) mensuales, a
favor del señor Francisco César Díaz y De la Cruz, portador de la Cédula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTÍCULO 2. Se modifica el Numeral 319, del Artículo 1, del Decreto No.226-12, del 7
de mayo de 2012, para que rija de la siguiente manera:
“319. Se eleva a la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, la
pensión otorgada por el Estado dominicano a la señora Mercedes A. Peguero Bodden,
portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula].”
ARTÍCULO 3. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se
encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado.
Párrafo: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella que
más le favorezca.
ARTÍCULO 4. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y la misma será ejecutada por la
Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de
Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición
del presente decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones
públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique.
ARTÍCULO 5. Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos.
ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año dos mil doce (2012), años
169 de la Independencia y 149 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.