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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 573-12

que modifica el Art. 2 del Dec. No. 553-12. Designa al señor Julián Santana Araujo, Administrador de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana, y a los señores José Ramón Suriel y Rhina Janet del Carmen Fernández Rojas, Miembros del Consejo de Administración de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana y de la Unidad de Electrificación Rural y Suburbana, respectivamente

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 sept de 2012fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10694Gaceta Oficial del 15 sept de 2012
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 573-12 que modifica el Art. 2 del Dec. No. 553-12. Designa al señor Julián Santana Araujo, Administrador de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana, y a los señores José Ramón Suriel y Rhina Janet del Carmen Fernández Rojas, Miembros del Consejo de Administración de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana y de la Unidad de Electrificación Rural y Suburbana, respectivamente. G. O. No. 10694 del 15 de septiembre de 2012. DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 573-12 En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTÍCULO 1.- Se modifica el Artículo 2 del Decreto núm. 553-12, del 7 de septiembre del 2012, para que se lea y rija de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2.- El señor Julián Santana Araujo queda designado Administrador de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETD).” ARTÍCULO 2.- El señor José Ramón Suriel queda designado Miembro del Consejo de Administración de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), en sustitución del señor José Luis Suriñach. ARTÍCULO 3.- La señora Rhina Janet del Carmen Fernández Rojas queda designada Miembro del Consejo de Administración de la Unidad de Electrificación Rural y Sub- Urbana (UERS), en sustitución del señor José Ramón Suriel. ARTÍCULO 4.- Envíese a las instituciones correspondientes, para los fines de lugar. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de septiembre del año dos mil doce (2012), años 169 de la Independencia y 150 de la Restauración. DANILO MEDINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona