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Decreto

Decreto 452-12

que modifica varios numerales de los Dec. Nos. 372-12 y 430-12, que concedieron pensiones del Estado a varias personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 ago de 2012fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10692Gaceta Oficial del 15 ago de 2012
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 452-12 que modifica varios numerales de los Dec. Nos. 372-12 y 430-12, que concedieron pensiones del Estado a varias personas. G. O. No. 10692 del 15 de agosto de 2012. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 452-12 VISTO: El Artículo 57, de la Constitución de la República. VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O ARTÍCULO 1. Se modifica el Numeral 176, del Artículo 1, del Decreto No.372-12, del 16 de julio de 2012, para que se lea de la siguiente manera: “176. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano, al señor Rafael Antonio Acosta De los Santos, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de cincuenta mil pesos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales”. ARTÍCULO 2. Se modifica el Numeral 5, del Artículo 1, del Decreto No.430-12, del 9 de agosto de 2012, para que se lea de la siguiente manera: “5. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano, al señor Víctor Marcelino Rodríguez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales”. ARTÍCULO 3. Se modifica el Numeral 55, del Artículo 1, del Decreto No.430-12, del 9 de agosto de 2012, para que se lea de la siguiente manera: “55. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano, al señor Irene Jiménez, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula] por un monto de dieciocho mil pesos con 00/100 (RD$18,000.00) mensuales”. ARTÍCULO 4. Se modifica el Numeral 8, del Artículo 2, del Decreto No.430-12, del 9 de agosto de 2012, para que se lea de la siguiente manera: “8. Se eleva la pensión asignada por el Estado dominicano, a la señora Ysmenia de Jesús Espinal Pichardo, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], por un monto de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales”. ARTÍCULO 5. El presente beneficio no será válido para aquéllas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. PÁRRAFO: En los casos positivos, el beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella pensión que más le favorezca. ARTÍCULO 6. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y serán ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas, en la Ley No.41-08, sobre Función Pública, en los casos que se aplique. ARTÍCULO 7. Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. ARTÍCULO 8. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto de dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia y 149 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona