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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 417-12

que deroga los literales b), c), d), e), f) y g) del Art. 1 del Dec. No. 268- 11 y excluye varias parcelas de la declaratoria de utilidad dispuesta en el referido decreto

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 ago de 2012fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10692Gaceta Oficial del 15 ago de 2012
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 417-12 que deroga los literales b), c), d), e), f) y g) del Art. 1 del Dec. No. 268- 11 y excluye varias parcelas de la declaratoria de utilidad dispuesta en el referido decreto. G. O. No. 10692 del 15 de agosto de 2012. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 417-12 VISTO: El Decreto No.268-11, del 25 de abril de 2011, que declara de utilidad pública e interés social por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en la provincia Peravia, para ser destinadas a la instalación de un Proyecto de Energía Eólica, bajo la dirección de la compañía Inveravante, S.A.. VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, que establece un Procedimiento Especial para las Expropiaciones Intentadas por el Estado. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1. Quedan derogados los literales b), c), d), e), f) y g), del Artículo 1, del Decreto No.268-11, del 25 de abril de 2011, y, por vía de consecuencia, quedan excluidas de la declaratoria de utilidad dispuesta en el referido decreto, las porciones de terrenos indicadas en los literales citados en el presente artículo. ARTÍCULO 2. El presente decreto deroga o modifica toda norma de igual o menor jerarquía en cuanto le sea contraria. ARTÍCULO 3. Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado del Estado, al Instituto Agrario Dominicano (IAD) y al Registrador de Títulos correspondiente, para su conocimiento y fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de agosto del año dos mil doce (2012); años 169 de la Independencia y 149 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona